Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 24/01/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 14 de marzo de 2019, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, por la que se resuelve el procedimiento de concurrencia para la distribución de gas canalizado mediante convocatoria pública en el municipio de Villafranca (Córdoba).

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ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 25 de octubre de 2018 se acuerda por la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo en Córdoba, actual Delegación del Gobierno, el inicio del procedimiento de concurrencia para la distribución de gas canalizado mediante convocatoria pública, publicándose al efecto en el Boletín Oficial de La Junta de Andalucía número 212, de 2 de noviembre de 2018.

Segundo. Con fecha 24 de enero de 2019, reunida la Comisión de Valoración prevista en el Decreto 94/2018, de 22 de mayo, por el que se regula el procedimiento de concurrencia de solicitudes de autorización administrativa para la construcción de instalaciones de gases combustibles por canalización y se establecen normas de relación con las autorizaciones de modificaciones de instalaciones, de extensiones de redes y de acometidas gasistas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se procede a la apertura de solicitudes en presencia de las empresas solicitantes, constatándose que no se han presentado solicitudes de participación en el procedimiento iniciado.

Tercero. Con fecha 21 de febrero de 2019, la Comisión de Valoración emite el informe correspondiente de conformidad con lo establecido en el artículo 14.5 del Decreto 94/2018.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único: Esta Delegación es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en relación con el Real Decreto 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 6/2019, Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como lo dispuesto en el Decreto 94/2018, de 22 de mayo, por el que se regula el procedimiento de concurrencia de solicitudes de autorización administrativa para la construcción de instalaciones de gases combustibles por canalización y se establecen normas de relación con las autorizaciones de modificaciones de instalaciones, de extensiones de redes y de acometidas gasistas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, así como el informe de la Comisión de Valoración, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación, propone:

Declarar desierto el procedimiento de concurrencia al no haberse presentado ninguna solicitud de participación en el mismo. Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.3 del Decreto 94/2018,

Propuesto: El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas. Fdo.: Manuel Ángel López Rodríguez.

Vista la anterior propuesta de resolución, esta Delegación resuelve elevarla a definitiva:

Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Industria y Energía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Resuelve: El Delegado del Gobierno. Fdo.: Antonio Repullo Milla.

Córdoba, 14 de marzo de 2019.- El Delegado del Gobierno, Antonio Repullo Milla.

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