Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 24/01/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 20 de enero de 2020, de la Secretaría General para el Deporte, por la que se convocan los Premios Andalucía de los Deportes 2019.

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La Orden de 7 de abril de 2010, de la entonces Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, aprobó las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía de los Deportes, los cuales se convocarán con carácter anual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.2 de la citada orden, y tienen como finalidad el otorgar público testimonio de reconocimiento a las trayectorias más destacadas en los diferentes ámbitos del deporte en Andalucía, principalmente a aquellas actitudes que son referentes de comportamiento y que contribuyen al engrandecimiento del mismo.

El artículo 2 de la Orden de 7 de abril de 2010 establece modalidades para los premios, especificando en su párrafo final que, en todo caso, serán las resoluciones anuales de convocatoria de los Premios las que determinen las modalidades que se convocan, y en este sentido, el artículo 7.2 de la citada orden dispone que, en lo referente a las modalidades que se convoquen en cada año, se estará a lo dispuesto en la correspondiente resolución de convocatoria.

La citada orden que aprueba las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía de los Deportes, en su artículo 7.1, dispone que la convocatoria se efectuará mediante resolución de la persona titular de la Secretaría General para el Deporte y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En la presente convocatoria se convocan nueve modalidades de los Premios: al mejor deportista, a la mejor deportista, al mejor deportista con discapacidad, a la mejor deportista con discapacidad, a la mejor promesa del deporte masculina, a la mejor promesa del deporte femenina, al mejor equipo masculino, al mejor equipo femenino, a la mejor iniciativa de prevención y lucha contra la violencia, racismo, xenofobia, intolerancia y actitudes o comportamientos sexistas en el deporte, al mejor gestor deportivo y al mejor deportista con el mejor expediente académico.

Por todo ello, y considerando oportuno proceder a la convocatoria de los Premios Andalucía de los Deportes correspondientes al año 2019, y en virtud de las facultades que tengo conferidas,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Orden de 7 de abril de 2010, por la que se regulan los Premios Andalucía de los Deportes, se convoca la concesión de los Premios Andalucía de los Deportes 2019, en las modalidades siguientes:

a) Al Mejor Deportista: Destinado al reconocimiento de aquella persona de sexo masculino que se haya distinguido, durante el citado año, por sus resultados o actuaciones en competiciones deportivas oficiales de ámbito nacional o internacional en cualquier modalidad, especialidad o prueba deportiva reconocida por el Consejo Superior de Deportes o por las Federaciones Deportivas Internacionales.

b) A la Mejor Deportista: Destinado al reconocimiento de aquella persona de sexo femenino que se haya distinguido, durante el citado año, por sus resultados o actuaciones en competiciones deportivas oficiales de ámbito nacional o internacional en cualquier modalidad, especialidad o prueba deportiva reconocida por el Consejo Superior de Deportes o por las Federaciones Deportivas Internacionales.

c) Al Mejor Deportista con Discapacidad: Destinado al reconocimiento de aquella persona de sexo masculino que se haya distinguido, durante el citado año, por sus resultados o actuaciones en competiciones deportivas oficiales de ámbito nacional o internacional en cualquier modalidad, especialidad o prueba deportiva que practiquen personas con discapacidad, reconocida por el Consejo Superior de Deportes o por las Federaciones Deportivas Internacionales. En caso de que esta persona deportista requiera el apoyo de una persona guía o piloto, esta última también recibirá el premio.

d) A la Mejor Deportista con Discapacidad: Destinado al reconocimiento de aquella persona de sexo femenino que se haya distinguido, durante el citado año, por sus resultados o actuaciones en competiciones deportivas oficiales de ámbito nacional o internacional en cualquier modalidad, especialidad o prueba deportiva que practiquen personas con discapacidad, reconocida por el Consejo Superior de Deportes o por las Federaciones Deportivas Internacionales. En caso de que esta persona deportista requiera el apoyo de una persona guía o piloto, esta última también recibirá el premio.

e) A la Mejor Promesa del Deporte Masculina: Destinado al reconocimiento de aquella persona de sexo masculino con categoría de edad inferior a la absoluta, que se haya distinguido, durante el citado año, por sus resultados o actuaciones en competiciones deportivas oficiales de ámbito nacional o internacional en cualquier categoría, incluida la absoluta, en alguna de las modalidades, especialidades o pruebas deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes o por las Federaciones Deportivas Internacionales, y que se considere que está en permanente progresión.

f) A la Mejor Promesa del Deporte Femenina: Destinado al reconocimiento de aquella persona de sexo femenino con categoría de edad inferior a la absoluta, que se haya distinguido, durante el citado año, por sus resultados o actuaciones en competiciones deportivas oficiales de ámbito nacional o internacional en cualquier categoría, incluida la absoluta, en alguna de las modalidades, especialidades o pruebas deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes o por las Federaciones Deportivas Internacionales, y que se considere que está en permanente progresión.

g) Al Mejor Equipo Masculino: Destinado al reconocimiento de aquel conjunto deportivo, de cualquier categoría de edad que, perteneciendo a un Club deportivo, Sociedad Anónima Deportiva, Entidad que desarrolle actividades deportivas con carácter accesorio o Sección deportiva, se haya distinguido durante el citado año, por sus resultados o actuaciones en competiciones deportivas oficiales de ámbito nacional o internacional en cualquier modalidad, especialidad o prueba deportiva reconocida por el Consejo Superior de Deportes o por las Federaciones Deportivas Internacionales.

h) Al Mejor Equipo Femenino: Destinado al reconocimiento de aquel conjunto deportivo, de cualquier categoría de edad que, perteneciendo a un Club deportivo, Sociedad Anónima Deportiva, Entidad que desarrolle actividades deportivas con carácter accesorio o Sección deportiva, se haya distinguido durante el citado año, por sus resultados o actuaciones en competiciones deportivas oficiales de ámbito nacional o internacional en cualquier modalidad, especialidad o prueba deportiva reconocida por el Consejo Superior de Deportes o por las Federaciones Deportivas Internacionales.

i) Mejor iniciativa de prevención y lucha contra la violencia, racismo, xenofobia, intolerancia y actitudes o comportamientos sexistas en el deporte.

j) Mejor gestor/a deportivo: Destinado a premiar al gestor/a deportivo andaluz que más haya destacado durante el año por sus iniciativas en tareas de planificar, organizar, dirigir, ejecutar, evaluar y potenciar el sistema deportivo andaluz.

k) Mejor deportista con el mejor expediente académico: Destinado al reconocimiento de aquella persona de sexo masculino o femenino que se haya distinguido, durante el citado año, por su expediente académico y por sus actuaciones en competiciones deportivas oficiales de ámbito nacional o internacional en cualquier modalidad, especialidad o prueba deportiva reconocida por el Consejo Superior de Deportes.

Además, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.8 de la Orden de 7 de abril de 2010, el Jurado podrá otorgar, cuando concurran circunstancias excepcionales, apreciadas por unanimidad, menciones especiales no previstas en las modalidades recogidas en la citada orden o en la presente resolución.

Segundo. Plazo y presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de candidaturas será de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El modelo de solicitud se publica como Anexo I y el modelo de memoria individualizada de cada persona o entidad candidata, explicativa de los méritos realizados, se publica como Anexo II.

Las solicitudes deberán cumplimentarse exclusivamente a través del acceso establecido al efecto en la página web de la Consejería de Educación y Deporte, www.juntadeandalucia.es/turismoydeporte/opencms/areas/servicios/convocatorias/, debiéndose presentar preferentemente en el registro electrónico de la administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/turismoydeporte/opencms/oficina-virtual/, y en los términos previstos en el artículo 5.2 de la Orden del 7 de abril de 2010.

Tercero. Fallo del Jurado.

Conforme al artículo 7.4 de la Orden de 7 de abril de 2010, el fallo del Jurado se dará a conocer mediante resolución dictada por la persona titular de la Secretaría General para el Deporte, que será publicada tanto en la página web de la Consejería de Turismo y Deporte como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Normativa reguladora.

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 7 de abril de 2010, por la que se regulan los Premios Andalucía de los Deportes.

Quinto. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de enero de 2020.- El Secretario General, José María Arrabal Sedano.

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