Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de noviembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Torremolinos, dimanante del procedimiento núm. 1031/2016. (PP. 2996/2019).

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NIG: 2990142C20160005639.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1031/2016. Negociado: 05.

Sobre: Obligaciones.

De: Allianz, S.A.

Procurador: Sr. Pedro Ballenilla Ros.

Letrado: Sr. Rafael Guzmán García.

Contra: Seguros San Miguel de Torremolinos, S.L.

E D I C T O

Don Antonio Ortega Jaén, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia numero Uno de Torremolinos.

Hace saber: Que, en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1031/16, contra Seguros San Miguel de Torremolinos, S.L., sobre procedimiento ordinario se ha dictado Sentencia de fecha 25.4.18, encontrándose la resolución mencionada a disposición del notificado en la Secretaría de este Juzgado, haciéndole saber que, contra dicha resolución, cabe recurso de apelación en el término de los veinte días hábiles siguientes al de su notificación.

Y para que sirva de notificación a la parte demandada Seguros San Miguel de Torremolinos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Torremolinos, a dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve.- El Letrado de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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