Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 184 de 22/09/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Resolución de 17 de septiembre de 2020, de la Viceconsejería, por la que se modifica la Resolución de 30 de octubre de 2019, de la Viceconsejería, por la que se convocan para el año 2019, las ayudas previstas en la Orden de 12 de julio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actividades de investigación, estudio y divulgación dentro de las actuaciones en materia de memoria democrática en Andalucía.

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Mediante Orden de 12 de julio de 2018, de la Consejería de Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática (BOJA núm. 138, de 18 de julio), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actividades de investigación, estudio y divulgación, dentro de las actuaciones en materia de memoria democrática en Andalucía.

Con fecha 6 de noviembre de 2019 (BOJA núm. 214) fue publicada Resolución de 30 de octubre de 2019, de la Viceconsejería de Cultura y Patrimonio Histórico, por la que se convocaban, para el año 2019 las tres líneas que contempla la mencionada Orden de 12 de julio de 2018.

El apartado sexto de dicha resolución recoge que las subvenciones que se concedan al amparo de la citada convocatoria, se financiarán con cargo a los créditos presupuestarios destinados a este fin en el programa presupuestario 31I, Capítulo IV, de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, por una cuantía máxima de 260.000,00 euros con cargo a las partidas presupuestarias siguientes:

- 1800.01.0000G/31I/480.00/00, un importe de 70.000 euros, para la línea 1, «Subvenciones destinadas a entidades memorialistas que desarrollen principalmente su actuación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía».

- 1800.01.0000G/31I/460.00/00, un importe de 120.000,00 euros, para la línea 2, «Subvenciones destinadas a municipios del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía».

- 1800.01.0000G/31I/441.00/00, un importe de 70.000,00 euros para la línea 3, «Subvenciones destinadas a universidades públicas andaluzas».

Mediante Acuerdo de 18 de mayo de 2020, del Consejo de Gobierno, se insta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19), al Consejero de Hacienda, Industria y Energía a iniciar las actuaciones necesarias para la dotación de un Fondo de Emergencia Social y Económica (FESE) contra el COVID-19 con un importe inicial de 700.000.000 euros planificando para ello las oportunas modificaciones presupuestarias, con sujeción a lo dispuesto en el capítulo II del título II del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y demás normativa de aplicación.

Dicho acuerdo indica que la financiación del mencionado fondo se realizará, entre otras operaciones, mediante la reasignación de prioridades en las Consejerías y entidades adscritas de la Junta de Andalucía por importe de 89.800.000 euros, instrumentada mediante una transferencia de créditos con destino al fondo.

La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, a través de todas sus unidades, organismos, entidades y agencias, ha llevado a cabo las oportunas modificaciones presupuestarias para aportar créditos con destino a dicho fondo, viéndose afectados los créditos destinados al desarrollo de las actuaciones contempladas en el programa 31I (memoria democrática), no existiendo actualmente crédito suficiente en las partidas presupuestarias de dicho programa destinadas a la financiación de las líneas contempladas en la convocatoria para afrontar la resolución de la misma en los términos previstos en la ya mencionada Resolución de 30 de octubre de 2019.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 119.2.j) del Decreto Legislativo 1/2012, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Por todo lo expuesto y en virtud de las competencias delegadas en el artículo 15 de la Orden de la Consejería de Cultura, de 4 de noviembre de 2016, por la que se delegan competencias en diversas materias en órganos de la Consejería,

RESUELVO

Único.

Modificar el apartado sexto de la Resolución de 30 de octubre de 2019, de la Viceconsejería, por la que se convocan para el año 2019 las ayudas previstas en la Orden de 12 de julio de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para actividades de investigación, estudio y divulgación dentro de las actuaciones en materia de memoria democrática en Andalucía, para adecuar la cuantía a conceder para cada línea de subvención a las disponibilidades presupuestarias existentes, quedando distribuida dichas disponibilidades de la siguiente forma:

- 1800.01.0000G/31I/480.00/00, un importe de 20.000 euros, para la línea 1, «Subvenciones destinadas a entidades memorialistas que desarrollen principalmente su actuación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía».

- 1800.01.0000G/31I/460.00/00, un importe de 35.000,00 euros, para la línea 2, «Subvenciones destinadas a municipios del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía».

- 1800.01.0000G/31I/441.00/00, un importe de 20.000,00 euros para la línea 3, «Subvenciones destinadas a universidades públicas andaluzas».

Sevilla, 17 de septiembre de 2020.- El Viceconsejero, Alejandro Romero Romero.

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