Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 30/09/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 7 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la liquidación y baja de la Fundación María del Patrocinio y Pedro Torres Calvi.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción del procedimiento de liquidación y baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación María del Patrocinio y Pedro Torres Calvi, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 8 de junio de 2020 se dicta Resolución, por esta Dirección General, en virtud de la cual se ratifica por el Protectorado el balance de liquidación de la Fundación María del Patrocinio y Pedro Torres Calvi, adoptado por su Patronato en sesión celebrada el día 10 de febrero de 2020 y se aprueba la adjudicación del remanente resultante de la liquidación consistente en un haber líquido de 12.172,05 euros, a la Congregación de Hermanas de la Compañía de la Cruz. Asimismo se resuelve que una vez concluida la liquidación, se deberá solicitar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con el artículo 40.2 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero.

Segundo. Con fecha 1 de septiembre de 2020 tiene entrada en la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local escrito de la Fundación por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la liquidación de la Fundación, adjuntando documento acreditativo de entrega de remanente de bienes a favor de la Congregación de Hermanas de la Compañía de la Cruz, consistente en transferencia bancaria efectuada por la entidad Bankinter, S.A., el día 22 de julio de 2020, desde la cuenta de la Fundación, por orden de esta, a la cuenta de la que es titular dicha Congregación en el Banco Santander, S.A., por importe de 12.149,55 euros. A dicha solicitud se acompaña asimismo copia del justificante de los gastos de administración de la cuenta corriente de la Fundación por importe de 22,50 euros, de fecha 14 de mayo de 2020 (es decir, posterior al balance de liquidación presentado, y del que resultaba un haber de 12.172,05 euros) así como copia del certificado de la Congregación en el que consta la recepción del remanente resultante de la liquidación de la Fundación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía aprobado mediante Decreto 32/2008, de 5 de febrero; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005 y el 40 del Reglamento aprobado por Decreto 32/2008, así como el artículo 36 del Reglamento aprobado por Decreto 279/2003.

Tercero. Consta en el expediente que la liquidación acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con el artículo 12 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVE

Primero. Ordenar la inscripción de la liquidación de la Fundación María del Patrocinio y Pedro Torres Calvi en el Registro de Fundaciones de Andalucía, destinando el remanente de bienes resultante de la liquidación a favor de la Congregación de Hermanas de la Compañía de la Cruz; remanente consistente en un haber líquido de 12.149,55 euros, resultante de restarle a los 12.172,05 euros (importe que aparecía como remanente en el balance de liquidación presentado) la cantidad de 22,50 euros, como gastos de administración de la cuenta corriente de la Fundación.

Segundo. Cancelar los asientos de la Fundación extinguida en el Registro de Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación María del Patrocinio y Pedro Torres Calvi.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

Sevilla, 7 de septiembre de 2020.- El Director General, Francisco Ontiveros Rodríguez.

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