Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 235 de 04/12/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 25 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el transporte por carretera de viajeros o de mercancías y se determina la composición de los Tribunales Calificadores, así como fechas, horarios y lugares de celebración de las pruebas para 2021.

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La competencia profesional constituye uno de los requisitos necesarios para ejercer la profesión de transportista por carretera según dispone el Reglamento (CE) núm. 1071/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera. La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, determina igualmente en sus artículos 43 y 119 que para el ejercicio de las actividades del transporte por carretera, será necesario acreditar el cumplimiento del citado requisito.

Estos preceptos han sido desarrollados por el Capítulo Primero del Título II del Reglamento de la citada ley, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, y por la Orden del Ministerio de Fomento de 28 de mayo de 1999.

Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable, corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por delegación de la Administración del Estado, la convocatoria de las pruebas correspondientes.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, pruebas de constatación de la competencia profesional para el ejercicio de las actividades siguientes:

1.º Transporte de viajeros por carretera.

2.º Transporte de mercancías por carretera.

Quienes pretendan obtener la competencia profesional necesaria para el ejercicio de las actividades del transporte por carretera de mercancías o de viajeros, deberán examinarse del grupo de materias relativas a la actividad correspondiente.

Las pruebas se celebrarán al amparo de lo establecido en el artículo 8 del Reglamento (CE) núm. 1071/2009, artículo 13 de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, y conforme a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, y disposiciones complementarias de aplicación, el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, y la Orden del Ministerio de Fomento, de 28 de mayo de 1999, así como por lo establecido en la presente resolución.

Segundo. Normas generales para la realización de las pruebas.

La realización de las pruebas se ajustará a las siguientes bases:

Base primera. Contenido de las pruebas.

1. Los aspirantes a la obtención del Certificado de Competencia Profesional deberán superar un ejercicio que versará sobre el contenido de las materias que quedan detalladas en el Anexo B (Grupo I y II, según se trate, respectivamente, de la modalidad correspondiente al transporte de mercancías o al de viajeros) de la Orden de 28 de mayo de 1999 (Boletín Oficial del Estado del día 11 de junio de 1999).

2. El ejercicio constará de dos partes:

La primera parte consistirá en contestar 100 preguntas tipo «test», cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas. La contestación deberá realizarse siguiendo las instrucciones señaladas en la hoja de respuestas para facilitar la corrección automatizada.

La segunda parte consistirá en resolver seis supuestos prácticos que requieran la aplicación de las materias del programa a casos concretos.

3. Duración: El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización de cada una de las pruebas de las que consta el examen será de dos horas, sin que pueda abandonarse el aula hasta la finalización de ambos ejercicios.

Base segunda. Calificación del ejercicio.

1. Los ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, de acuerdo con la siguiente valoración:

- En la primera parte, las preguntas tipo «test» correctamente contestadas se valorarán con 0,04 puntos cada una, mientras que las erróneas restarán 0,02 puntos. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán ni positiva ni negativamente.

- En la segunda parte, la contestación a cada supuesto práctico se valorará entre 0 y 1 punto.

2. Para aprobar el ejercicio será necesario obtener una puntuación no inferior a 2 en la primera parte ni a 3 en la segunda, y que la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes sea igual o superior a 6.

Base tercera. Solicitudes, plazos de presentación y pago de la tasa.

1. El trámite de solicitud de participación en las pruebas es un procedimiento único (pago de tasa y presentación), que se realizará a través de la web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio: Áreas de Actividad, Servicios de Transporte, Servicios al Profesional Transportista, Competencia Profesional, en aplicación del artículo 56 de la Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres. En el procedimiento se obtendrá una bonificación automática de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar, de acuerdo con el artículo 78 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Se entenderá presentada correctamente la solicitud, cuando la persona solicitante, obtenga como resultado y en un único documento, el documento de pago 046 con el código de verificación, la solicitud firmada y con número de registro de entrada (información visualizada en el pie de la solicitud –pág. 2–).

2. El importe de la tasa para 2021 será la cuantía exigible para el año 2020, más el posible coeficiente de revisión, de acuerdo con lo que establezca la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, cuando el plazo de presentación de solicitudes correspondiente transcurra en el mismo. La reducción automática por bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a abonar, está establecido el artículo 78 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza, y posterior modificación mediante la Ley 3/2019 de 22.7, de Presupuestos para la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2019, para los pagos por medios electrónicos, y siempre condicionado a posibles variaciones de sucesivas Leyes de Presupuestos anuales.

3. Las personas aspirantes podrán presentar una solicitud para una provincia de examen y para una de las modalidades convocadas (mercancías o viajeros)

Para realizar el trámite telemático de pago de la tasa y presentación de la solicitud, los aspirantes deberán disponer de certificado digital en la forma establecida en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre (BOJA 250, de 31.12.2019).

4. A lo largo del año 2021 se realizarán dos convocatorias por provincia. El plazo del que dispondrán los aspirantes para la presentación de las solicitudes será el siguiente:

1.ª Convocatoria: Del 9 de diciembre al 8 de enero de 2021.

2.ª Convocatoria: Del 7 de abril al 6 de mayo de 2021.

5. A los aspirantes que hayan indicado en su solicitud una dirección de correo electrónico o un número de teléfono móvil susceptible de recibir mensajes cortos SMS, se les informará por estos medios de la publicación, según corresponda, de los listados de personas admitidas/excluidas y aprobadas.

Base cuarta. Requisitos de las personas aspirantes.

Para poder participar en las pruebas de competencia será necesario, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, reunir los dos requisitos siguientes:

1. Tener la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se presumirá que la residencia habitual de la persona aspirante se encuentra en el lugar en que figure empadronada (artículo 9 de la Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999).

2. Estar en posesión, de uno de los títulos exigibles en el Anexo II del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de Transportes Terrestres, que en su artículo 4.1 dice: «En aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.1 del Reglamento (CE) 1071/2009, únicamente podrán concurrir al examen las personas que acrediten hallarse previamente en posesión de uno de los siguientes títulos de formación: Título de Bachiller o equivalente; Título de Técnico, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de Grado Medio, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido; Título de Técnico Superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de Grado Superior, sea cual fuere la profesión a que se encuentre referido; Cualquier título acreditativo de haber superado una enseñanza Universitaria de Grado o Postgrado».

Con la presentación de la solicitud para la admisión a las pruebas, la persona interesada declara cumplir las dos condiciones indicadas en esta base cuarta.

En el caso de la titulación exigible para la presentación a las pruebas; se aportará original y fotocopia para su verificado, una vez aprobadas las pruebas, y ante el Tribunal de examen de la provincia donde la persona interesada las haya realizado (se indicará en la web el procedimiento a seguir).

Base quinta. Admisión de las personas aspirantes.

Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, cada Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico dictará Resolución declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de la causa que motiva la exclusión. Dicha resolución se hará pública en la dirección web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Áreas de Actividad, Servicios de Transporte, Servicios al Profesional Transportista, Competencia Profesional.

Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de personas admitidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de tal Resolución, para subsanar según el caso.

Base sexta. Tribunales Calificadores.

Existirán ocho Tribunales (uno por cada provincia) en la Comunidad Autónoma, siendo la composición de los mismos la siguiente:

PROVINCIA DE ALMERÍA

Tribunal Titular

Presidenta: D.ª M.ª Mar Sánchez Frías.

Secretario: D. Antonio González Jiménez.

Vocales: D.ª Ana M.ª Pelegrín Sánchez.

D.ª M.ª del Rosario Albertus Torres.

D. José Miguel Mesa Olea.

Tribunal Suplente

Presidente: D. Antonio González Jiménez.

Secretario: D. José Miguel Mesa Olea.

Vocales: D.ª Dolores Romero Rojo.

D.ª Josefa Aguado Ferrón.

D.ª Natividad Ruiz Cotes.

PROVINCIA DE CÁDIZ

Tribunal Titular

Presidente: D. Antonio Aragón García.

Secretario: D. Francisco Javier Gallego Naranjo.

Vocales: D.ª María Teresa Castro Rodríguez.

D.ª Yolanda M. Morán Pérez.

D. Luis Martínez Espinosa.

Tribunal Suplente

Presidenta: D.ª María de las Nieves Carrera Suárez.

Secretaria: D.ª María Teresa Castro Rodríguez.

Vocales: D.ª María Ángeles Sánchez García.

D. Francisco de Asís Martínez Cárdenas.

D.ª María del Pilar Flores Flores.

PROVINCIA DE CÓRDOBA

Tribunal Titular

Presidenta: D.ª María Dolores Duro Almazán.

Secretaria: D.ª Esther Gómez Campillos.

Vocales: D.ª Ana Belén Quintana Jiménez.

D. Manuel Cobos Ruiz.

D.ª María José Lucena Ortiz.

Tribunal Suplente

Presidenta: D.ª Ana Belén Quintana Jiménez.

Secretaria: D.ª María José Lucena Ortiz.

Vocales: D. Manuel Mora Dieguez.

D. Francisco Ortega Polo.

D.ª Inmaculada Pérez Redondo.

PROVINCIA DE GRANADA

Tribunal Titular

Presidente: D. Norberto Navarro Cuesta.

Secretario: D. Guillermo Esteban García.

Vocales: D. Francisco Barrales León.

D. Juan Manuel Rodríguez Lupiáñez.

D. Carlos Díez Baro.

Tribunal Suplente

Presidente: D. Francisco Barrales León.

Secretario/a: D. Jesús Bullejos Santisteban.

Vocales: D.ª Inmaculada Jiménez Palma.

D. Luis Martínez Martínez.

D.ª María José Ortega Ocaña.

PROVINCIA DE HUELVA

Tribunal Titular

Presidenta: D.ª María del Rosario Calero Delgado.

Secretario: D. Luis Silvera Nevado.

Vocales: D.ª Rafaela Lepe Marquez.

D. Miguel Ángel Salas Rodríguez.

D.ª Ángela López López.

Tribunal Suplente

Presidenta: D.ª María del Carmen Serrano Macías.

Secretario: D. José Ángel Fernández Majuelos.

Vocales: D.ª Esperanza Díaz Díaz.

D. Manuel Rodríguez Chico.

D.ª María Sandra Gómez Vázquez.

PROVINCIA DE JAÉN

Tribunal Titular

Presidente: D. Luis Miguel Millán Cantero.

Secretaria: D.ª Ana María Armenteros Sánchez.

Vocales: D. Antonio Romero Mesa.

D.ª Isabel González Martínez.

D.ª María del Carmen Piqueras Montesinos.

Tribunal Suplente

Presidenta: D.ª María Isabel Martínez Viedma.

Secretario: D. Manuel Ceballos Fuentes

Vocales: D.ª Marina Isabel Paterna Pérez.

D. Pedro González Amezcua.

D. Rafael Pulido Carrascosa.

PROVINCIA DE MÁLAGA

Tribunal Titular

Presidenta: D.ª Raquel del Paso Reguera.

Secretaria: D.ª María Josefa Porras Lobato.

Vocales: D.ª Encarnación Silva Cortés.

D.ª María Victoria García Sabido.

D. Juan José Pastrana Paneque.

Tribunal Suplente

Presidenta: D.ª M.ª José Navas Aranda.

Secretaria: D.ª M.ª Victoria García Sabio.

Vocales: D.ª Julia Gallurt Ranea.

D.ª María Isabel Frías Velasco.

D.ª Trinidad Ruiz Vázquez.

PROVINCIA DE SEVILLA

Tribunal Titular

Presidenta: D.ª María de Arcas Hernández.

Secretario: D. Juan Carlos Parrilla Cobo.

Vocales: D.ª María Dolores Arriaza Barrera.

D.ª María Teresa Chávez Serrano.

D. Francisco Javier Jiménez Horgue.

Tribunal Suplente

Presidente: D. Juan Carlos Parrilla Cobo.

Secretaria: D.ª María de Arcas Hernández.

Vocales: D.ª Ana Isabel Muñoz Murillo.

D.ª Rosa María Molina Castellano.

D.ª Francisca Triguero Ogayar.

La sede de cada Tribunal estará en la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico –Servicio de Transportes– de cada una de las provincias de Andalucía.

Base séptima. Fechas y horarios de los ejercicios.

1.ª Convocatoria: Transporte de Viajeros y Mercancías por Carretera.

Fecha: Sábado, 13 de febrero de 2021.

Horario: De 9:00 horas a 13:00 horas.

2.ª Convocatoria: Transporte de Viajeros y Mercancías por Carretera.

Fecha: Sábado, 12 de junio de 2021.

Horario: De 9:00 horas a 13:00 horas.

Motivado por la situación sanitaria actual, deberán confirmar en la web de esta Consejería, los posibles cambios que puedan afectar a las convocatorias.

Base octava. Lugares de celebración de los ejercicios.

- Almería: Palacio de Exposiciones y Congresos de Aguadulce.

C/ Joaquín Rodrigo, s/n.

04720 – Aguadulce (Almería).

- Cádiz: Colegio San Felipe Neri.

Avda. Andalucía, 82.

11008 Cádiz.

- Córdoba: Universidad Andaluza Loyola.

C/ Escritor Castilla Aguayo, núm. 4.

14004 Córdoba.

- Granada: Facultad de Ciencias.

C/ Doctor Severo Ochoa, s/n.

Campus Universitario de Fuente Nueva.

18001 Granada.

- Huelva:Campus del Carmen de la Universidad de Huelva. Edificio Galileo.

Avda. de las Fuerzas Armadas, s/n.

21007 Huelva.

- Jaén: Universidad de Jaén.

Paraje Las Lagunillas, s/n.

23009 Jaén.

- Málaga Instituto de Educación Secundaria, núm. 1, Universidad Laboral.

C/ Julio Verne, 6.

29190 Málaga.

- Sevilla: Instituto de Educación Secundaria –Heliópolis–.

C/ Guadalbullón, 1.

41013 Sevilla.

Base novena. Presentación a examen y desarrollo de las pruebas.

Las personas aspirantes admitidas deberán concurrir a las pruebas provistas de documento oficial en vigor acreditativo de su identidad con fotografía (DNI/NIE, permiso de conducir o pasaporte). Su falta dará lugar a la no admisión de la persona aspirante para la realización de las pruebas.

Para la correcta realización de los correspondientes ejercicios las personas aspirantes deberán ir provistas de varios bolígrafos de color azul o negro para evitar compartir material. Podrán llevar asimismo máquinas calculadoras al objeto de efectuar las operaciones matemáticas que resulten necesarias, que tampoco se podrán compartir.

Usarán la mascarilla adecuada a la situación sanitaria y llevarán una de repuesto; mantendrán en todo momento una distancia de seguridad de 1,5 metros.

Igualmente seguirán las medidas de movilidad, prevención y protección publicadas en la Web de esta Consejería y en el lugar examen. Se recuerda igualmente que si presenta síntomas compatibles con el COVID-19, o bien fiebre, no podrá asistir a las pruebas, comunicándolo al Tribunal, por medios electrónicos.

Base décima. Listas de personas aspirantes declaradas aptas y plazo de reclamaciones.

Finalizadas las pruebas y una vez corregidos todos los ejercicios, los Tribunales Calificadores dictarán resolución por la que se declararán aptas provisionales a las personas aspirantes que hubieran superado las pruebas, y que para ser aptas definitivas deberán aportar, en el plazo de diez días hábiles desde la publicación del listado provisional de personas aptas, el original y una copia de la titulación exigida en la base cuarta, para su verificación.

Las resoluciones de personas aptas provisionales y de aptas definitivas se publicarán en la página Web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Áreas de Actividad, Servicios de Transporte, Servicios al Profesional Transportista, Competencia Profesional.

Las personas aspirantes no incluidas en dicha relación dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de tal resolución en la página web indicada, para solicitar la revisión de su examen. El lugar de presentación de dicha solicitud, será en la sede del Tribunal de la provincia de examen de la persona solicitante, que estará en la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de cada una de las provincias de Andalucía. De igual forma a las personas declaradas aptas tras el plazo de alegaciones, se aplicará lo indicado en esta base y en la base cuarta.

Una vez resueltas las reclamaciones, los Tribunales publicarán la lista definitiva de personas aspirantes aptas en la web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Contra la resolución que haga pública la aprobación del listado definitivo de personas aspirantes aptas se podrá interponer recurso de alzada en la forma y tiempo establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tras la publicación de la lista definitiva de personas aspirantes declaradas aptas en las pruebas, la Dirección General de Movilidad, en un plazo máximo de tres meses, contados desde el día de la celebración de los ejercicios, procederá a la inscripción de las personas aspirantes aptas en el Registro de empresas y actividades del transporte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y a la expedición de los correspondientes Certificados de Competencia Profesional. Para la recogida de dichos certificados, las personas interesadas, se dirigirán a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, de la provincia de realización de las pruebas (según la información que se publique en la web de esta Consejería). En todos los casos se deberá abonar previamente la tasa de expedición del título, cuyo importe para el año 2020 es de 21,19 €, y que para el 2021, se podrá ver incrementada por el coeficiente de revisión, de acuerdo con lo que establezca la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021, en ambos casos el abono será mediante el modelo 046. Si el mismo se efectúa por procedimientos electrónicos, el importe se verá reducido en 3 €, seleccionando «bonificación ....» en el modelo de pago 046, de acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza, y posterior modificación mediante la Ley 3/2019 de 22.7, de Presupuestos para la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2019, y las posibles modificaciones para el año 2021.

Tercero. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a las personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Contra las resoluciones del Tribunal únicamente cabrán los recursos administrativos regulados en los referidos textos legales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 25 de noviembre de 2020.- El Director General, Mario Muñoz-Atanet Sánchez.

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