Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 235 de 04/12/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 27 de noviembre de 2020, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se acuerda el trámite de audiencia e información pública del Proyecto de Decreto, por el que se establecen los requisitos que habilitan para el ejercicio del buceo profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en sus apartado 2 que «Sin perjuicio de la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa, cuando la norma afectea los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto». Por otro lado, el apartado 3 de dicho artículo refiere que «la consulta, audiencia e información públicas reguladas en este artículo deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberán ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros, concisos y reunir toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia».

El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que «cuando una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, se le dará audiencia, durante un plazo razonable y no inferior a quince días hábiles».

El presente proyecto normativo regula determinadas materias que afectan de forma directa a la ciudadanía, y tiene la finalidad de adaptar la normativa reguladora de la actividad del buceo profesional en Andalucía a la realidad de nuestros días, realiza modificaciones en las titulaciones administrativas así como en los cursos y requisitos de acceso necesarios para su obtención, así como en la forma de tramitarse la comunicación anual que las empresas de buceo han presentar a la Comunidad Autónoma para la realización de trabajos habituales, todo ello en aplicación de los principios de buena regulación, como son los de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés. En virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVO

Primero. Someter a trámite de audiencia el Proyecto de Decreto por el que se establecen los requisitos que habilitan para el ejercicio del buceo profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se realizará dando traslado a las siguientes entidades y organizaciones del sector del buceo profesional en Andalucía:

- UCS (Underwatewr Contractors Spain, S.L., de San Roque, Cádiz.

- TSE Marine (Tranajos Submarinos del Estrecho), de Algeciras, Cádiz.

- Nodeco Sub, S.L., de La Herradura, Granada.

- Escuela de Buceo Profesional T, Noain, del Puero de Benalmádena, Málaga.

- Naturadive, de Málaga.

- Escuela Técnica Escofemar, S.L. de La Cañada, Almería.

- Divership, de Puerto Real, Cádiz.

- Conteymar, de Palmones, Cádiz.

- Caetaria Actividades Subacuáticas, de Algeciras, Cádiz.

- Centro de Buceo de Benalmádena, Málaga.

Segundo. Someter a información pública el Proyecto de Decreto por el que se establecen los requisitos que habilitan para el ejercicio del buceo profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que la ciudadanía, los organismos, las entidades y los colectivos interesados formulen las alegaciones que estimen pertinentes.

Tercero. El texto del proyecto de decreto quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/ 206931.html

Y en la página web del Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, en la dirección electrónica:

http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa/

b) En formato papel, en la sede del Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, sito en la avenida de Grecia, s/n, 41071, Sevilla, de 9:00 a 14:00 horas.

Cuarto. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de decreto deberán dirigirse a la Secretaría General del Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera, adjuntándose a las mismas, en el supuesto de organismos, entidades y colectivos interesados, la acreditación de la constitución y representación de los mismos y se presentarán:

a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico:

secretariageneral.ifapa@juntadeandalucia.es.

b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de noviembre de 2020.- El Presidente, José Cara González.

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