Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 18/12/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Orden de 9 de diciembre de 2020, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de una colección de obras de arte de las que es autora y propietaria doña Soledad Sevilla Portillo.

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Doña Soledad Sevilla Portillo (Valencia, 1944) mediante el formulario de oferta de bienes muebles del patrimonio histórico a la comunidad autónoma de Andalucía, expresó el 5 de octubre de 2020, su voluntad de donar los bienes culturales que se relacionan en el anexo de los que es autora y propietaria, libres de cargas y ubicados en Andalucía, revelan un interés artístico y cultural para nuestra Comunidad, conforme al artículo 2 y 42.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Soledad Sevilla es una de las artistas españolas más importantes, no en vano en 1993 recibió el Premio Nacional de Artes Plásticas y en 2007 la Medalla de Oro al Mérito en las Bellas Artes. Comenzó su andadura en los años sesenta, dentro de lo que podría calificarse como pintura geométrica minimalista. Con el tiempo encontró, como los grandes creadores, un estilo propio, el cual se caracteriza por una gran sensibilidad plástica, que puede calificarse como lírica. Sin abandonar la pintura, Sevilla se ha adentrado en los territorios de la ocupación espacial a través de sus delicadas instalaciones, donde no sólo es protagonista la forma, sino también el tiempo. Los bienes objeto de esta donación demuestran aún más su versatilidad, pues incluye maquetas arquitectónicas, planos y libretas de apuntes. Muy vinculada a nuestra Comunidad, su producción ha sido siempre de interés para el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.

La Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo informó el 7 de octubre de 2020 sobre el interés de los bienes ofrecidos en donación, proponiendo su aceptación. La Comisión Técnica del Centro, así mismo, informó favorablemente el ingreso de estas obras en su reunión del 9 de julio de 2020.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. El artículo 68.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende la promoción y la difusión del patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de Andalucía, y la proyección internacional de la cultura andaluza. Asimismo, el apartado 3.1.º y 2.º del citado artículo atribuye la competencia exclusiva a la Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones de naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.

Segundo. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 1.2.a) del Decreto 108/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, corresponden a la misma la promoción, fomento, protección y difusión de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones tales como el patrimonio histórico, artístico, monumental, científico, industrial, arqueológico, etnológico y el patrimonio bibliográfico y documental, atribuyéndose a la Dirección General de Innovación Cultural y Museos la tutela, promoción y difusión, con fines de investigación, educación, disfrute y promoción científica y cultural, de los museos, espacios culturales, colecciones museográficas y enclaves competencia de la Comunidad Autónoma, y la tutela y gestión, de acuerdo con la normativa aplicable, de los museos de titularidad estatal, con arreglo al artículo 9.3 del citado Decreto. Y a tenor del artículo 6.3 dicha Dirección General depende directamente de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos, y a través de la misma queda adscrito a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo.

Tercero. El artículo 87.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz, quedando exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico la competencia para aceptar donaciones de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz.

Cuarto. El artículo 101, apartados 1 y 2, del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero, establece que las personas propietarias que pretendan donar bienes integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz a la Junta de Andalucía, se dirigirán por escrito a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, describiendo los bienes objeto de la donación y aportando cuantos datos estimen pertinentes. La Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, una vez estimado el valor cultural de los bienes, podrá aceptar la donación siempre que se trate de bienes muebles y se cumpla lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo.

Por su parte, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone en su artículo 2 que el Patrimonio Histórico Andaluz se compone de todos los bienes de la cultura, materiales e inmateriales, en cuanto se encuentren en Andalucía y revelen un interés artístico, histórico o documental para la Comunidad Autónoma, y en el artículo 42.1 que forman parte del Patrimonio Histórico Andaluz los bienes muebles de relevancia cultural para Andalucía que se encuentren establemente en territorio andaluz.

Quinto. El artículo 15.e) de los Estatutos del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, aprobados por Decreto 68/2018, de 20 de marzo, determina que corresponde a la Comisión Técnica informar y valorar las propuestas de incremento de los fondos artísticos del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, en cuyo caso no será necesario solicitar la valoración de la Comisión Andaluza de Bienes Muebles prevista en el artículo 19.c) del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, informe que fue emitido en sentido favorable el 9 de julio de 2020.

Por lo expuesto, visto el informe y la propuesta de la Dirección del Centro Andaluz de Arte Contemporáneo citados,

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación de los bienes muebles que se relaciona en el Anexo a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Adscribir los citados bienes al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo, que pasarán a formar parte de la Colección Museística de Andalucía y de los fondos artísticos que comprenden su colección estable. Su dirección levantará acta de recepción definitiva por donación, en la que se mencionará la presente orden.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1.regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de diciembre de 2020

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico

ANEXO

Título Datación Técnica Centímetros
Apóstoles blancos 2007 Óleo sobre lienzo. Tríptico 240 x 200 x 6 c/u
Llenos de invierno (serie Las cosas como fueron) 2008 Óleo sobre tela e impresión digital. Díptico 130 x 170 x 4 c/u
A los lugares del deseo, volver mil veces, (serie Las cosas como fueron) 2008 Impresión digital y óleo sobre lienzo. Díptico 130 x 170 x 4 c/u
El lenguaje marchito (serie Las cosas como fueron) 2008 Impresión digital. 130 x 170 x 4
El reflejo de una ilusión (serie Las cosas como fueron) 2008 Óleo sobre tela e impresión digital. Díptico 130 x 170 x 4 c/u
Se oye el mar (serie Las cosas como fueron) 2007 Óleo sobre tela e impresión digital. Díptico 130 x 170 x 4 c/u
El alba (serie Belmont) 1982 Cera sobre papel 151,3 x 123 x 2,5 (marco)
Apamea 1999 Óleo sobre tela 250 x 720 x 3 (4 piezas de 250 x 180 x 3)
Schnabel en el Rompido 2005 Técnica mixta sobre lienzo (Tela sin bastidor)
Serie Belmont 6 1981 Cera sobre papel 123,5 x 123 x 2,5 (marco)
Vega gris 2009 Técnica mixta 113 x 144 x 3
Canción gris I 2009 Óleo sobre tela 200 x 220 x 4
Canción gris II 2009 Óleo sobre tela 200 x 220 x 4
Canción gris III 2009 Óleo sobre tela 200 x 220 x 4
El retablo A 2009 Óleo sobre tela Variables (políptico 22 piezas)
El retablo B 2009 Óleo sobre tela Variables (políptico 17 piezas)
Más tarde. Serie Belmont 1982 Cera sobre papel 151,5 x 151,5 x 2,5 (marco)
S/t S/a Acrílico sobre papel 110 x 112
S/t. Serie Boston 1981 Cera sobre papel 122,5 x 123
Temprano. Serie Boston 1982 Cera sobre papel 150 x 150
S/t S/a Acrílico sobre papel 109,5 x 132
S/t S/a Acrílico sobre papel 109,5 x 109
S/t 1984 Acrílico sobre papel 110 x 109,5
S/t 1984 Acrílico sobre papel 112 x 110
Granada 1984 Acrílico sobre papel 110 x 81,5
S/t S/a Acrílico sobre papel 152 x 110
S/t S/a Cartón, pluma, hilos, linterna 24 x 74 x 33
Con una vara de mimbre 2000 Prismas triangulares de metacrilato sujetos a una vara de mimbre y que cuelgan como hojas de luz Variables
El tiempo vuela 1998 1500 mariposas serigrafiadas sobre papel poliéster girando sobre un mecanismo de relojería Variables
Arquitectura agrícola 2013 Papel Kraft recortado, papel recortado, neopreno recortado Variables. 8 casas de neopreno, 1 de papel y 19 de papel Kraft
Nos fuimos a Cayambe 1991 Cuatro capotes de torero con letras impresas Variables
Te llamaré hoja 2005 Paneles de poliestireno con hojas de papel fijadas con alfileres Variables (17 paneles)
Casas concéntricas. Albufera 1998-2000 Siete grupo de casitas que se suspenden del techo donde hay un espejo y bajo el cual se extiende arroz prensado Variables
S/t S/a Cartón pluma recortado y pegado, alambre e hilos 28,5 x 69 x 47
S/t S/a Cartón pluma recortado y pegado y papeles pintados colgados con alfileres 22,5 x 69 x 47
Temporada de lágrimas S/a Madera cortada y ensamblada con letras troqueladas y metacrilato 25,5 x 86 x 26
S/t S/a Madera recortada y ensamblada, con acetatos azules con signos impresos clavados con alfileres 28 x 57 x 32
S/t S/a Madera recortada y ensamblada, con acetatos azules con signos impresos clavados con alfileres Dos partes: 27,5 x 68,5 x 32 y 2ª 28 x 56 x 32
S/t (plano ciudad) S/a Metal fundido 66 x 87 x 10
S/t (plano ciudad) S/a Metal fundido 43,5 x 79 x 10,5
S/t (plano ciudad) S/a Metal fundido 44 x 79,5 x 10,5
S/t (tela de araña) S/a Varillas de metal soldadas 69 x 85,5 x 0,7
No todo es azar 2013 Caja de luz retroiluminada con leds y difusor de metacrilato impreso digitalmente 275 x 200 x 19
Ven el agua como un palacio (versión 1) S/a Cartón cortado y pegado y papel plateado impreso 27,5 x 80 x 40
Maharajá-Maharaní (versión 2) S/a Plancha de poliestireno con acetado impreso y plegado 13,5 x 59,5 x 20
Maharajá-Maharaní (versión 1) S/a Plancha de madera con acetados impresos y plegados Base: 2 x 237,5 x 38,3 Acetados: medidas variables
S/t S/a Cartón pluma recortado y pegado con cinta de papel 26,5 x 60 x 50
Ven el agua como un palacio (versión 2) S/a Caja de vidrio y espejo con vinilo troquelado 11 x 40 x 13,7
S/t S/a Cartón pluma e hilos cortados y pegados 26 x 39,3 x 27,7
S/t (casas de metal) S/a Chapa perforada recortada y soldada 24 x 28 x 22,5 c/u (dos casas)
S/t S/a Plancha de madera, plancha de poliestireno, papel ondulado y grapado y cartelitos impresos sujetos con alambres 22,5 x 124 x 30,5
S/t S/a Acetatos impresos plegados y pegados sobre planchas de poliestireno 31 x 42 x 29,5
S/t S/a Poliestireno pintado con láminas de madera pintadas y clavadas con alfileres 50 x 133 x 31
S/t (plano ciudad) S/a Dos planchas de vidrio con una lámina intermedia de acetato impreso 11 x 40 x 13,7
S/t (plano ciudad) S/a Lámina de neopreno recortada 55,5 x 83 x 0,5
S/t S/a Libreta de anillas con anotaciones 12 x 10 x 1,5 c/u (tres libretas)
S/t S/a Metacrilato impreso en azul con signos 40 x 40 x 0,2 c/u (dos planchas)
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