Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 20/02/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por Resolución de 23 de octubre de 2017 de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, se aprueba técnicamente el «Proyecto de obras para la sustitución de canal por tubería en el tramo p.k. 4.500 al p.k. 6.000, en el Canal de Benínar-Aguadulce (Almería)», clave A6.304.1327/2111. Posteriormente, con fecha 9 de abril de 2018, la citada Dirección General acuerda someter a información pública, a efectos de expropiaciones, el citado proyecto, así como la relación de bienes y derechos afectados.

Segundo. El citado proyecto es sometido al preceptivo trámite de información pública mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 51, de 15 de marzo de 2019, en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 66, de 5 de abril de 2019, en el diario «La Voz de Almería» de 18 de marzo de 2019, así como en el Portal de Transparencia, quedando expuesto además en el tablón de anuncios el Ayuntamiento de Berja desde el día 14 de marzo al 10 de mayo de 2019, sin que durante el periodo de exposición fueran presentadas alegaciones, de acuerdo con el certificado de fecha 17 de junio de 2019 expedido por la Delegación Territorial de esta Consejería en Almería.

Tercero. Con fecha 13 de diciembre de 2019 tiene entrada en el Servicio de Patrimonio escrito de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, de fecha 5 de diciembre de 2019, por el que solicita a esta Secretaría General Técnica la convocatoria de levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto citado.

Cuarto. El Servicio de Patrimonio, mediante Comunicación Interior de fecha 16 de enero de 2020, solicita a la Dirección General de Infraestructuras del Agua la aportación de diversa documentación, que es atendida mediante escrito de fecha 21 de enero de 2020.

Quinto. Por Resolución de la Dirección General de Infraestructuras del Agua de fecha 17 de enero de 2020, se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el «Proyecto de obras para la sustitución de canal por tubería en el tramo p.k. 4.500 al p.k. 6.000 en el canal de Benínar-Aguadulce (Almería)», clave A6.304.1327/2111, con un Presupuesto Base de Licitación (IVA incluido) de seis millones setecientos ochenta mil setecientos cincuenta euros con noventa y un céntimos de euro (6.780.750,91 €) y un plazo de ejecución total de 18 meses.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Con la aprobación definitiva del proyecto, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, se entiende implícita la declaración de utilidad pública del fin a que hayan de afectarse los bienes y derechos de que se trate, y la necesidad de ocupación y adquisición de los mismos al objeto de la expropiación, ocupación temporal o imposición de servidumbres. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, la aprobación de un proyecto de infraestructura hidráulica declarado de interés de la Comunidad Autónoma, supone implícitamente la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres, y se extenderán a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo definitivo de las obras y en las modificaciones de proyectos y obras complementarias o accesorias no segregables de la principal.

Segundo. Esta actuación es de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía al incluirse en el supuesto recogido en el apartado 1.a) del artículo 29 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, por tratarse de obras necesarias para la regulación y conducción de recursos hídricos, al objeto de garantizar la disponibilidad y aprovechamiento del agua. Se considera por tanto de aplicación el procedimiento expropiatorio de urgente ocupación que regulan los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF), y los artículos 56 y siguientes del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (en adelante REF). Corresponde a la Junta de Andalucía, en su condición de beneficiaria, asumir los costes derivados de la expropiación.

Tercero. Una vez dictada la presente resolución de convocatoria de levantamiento de actas previas a la urgente ocupación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 16 de Orden de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería, corresponde a la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería, tramitar el procedimiento expropiatorio en todas sus fases y en concreto, el levantamiento de actas previas, la fijación y pago de los depósitos previos e indemnizaciones por daños de rápida ocupación, suscripción actas de determinación del justiprecio por mutuo acuerdo y suscripción de actas de ocupación y pago, sin perjuicio de que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la citada orden, corresponde a esta Secretaría la determinación del justiprecio previa tramitación de su pieza separada, a propuesta de la Delegación Territorial de Almería.

Cuarto. La presente resolución será expuesta en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Berja, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería.

Quinto. La Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería, dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante citación individual, de acuerdo con lo previsto en el apartado segundo del artículo 52 de la LEF. Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren afectados, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas previas a la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la Delegación Territorial de Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Almería, domiciliada en la calle Canónigo Molina, núm. 8, de Almería, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados en las dependencias citadas.

Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien representados por persona provista de poder notarial para actuar en su nombre, exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como la documentación acreditativa de su titularidad (aportando Nota Simple Informativa o Certificado del Registro de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles del último año o fotocopias compulsadas de estos documentos y cualquier otro que consideren pertinente). Podrán los comparecientes, si lo estiman oportuno, hacerse acompañar a su costa de peritos y Notario. En caso de incomparecencia se entenderán las diligencias con el Ministerio Fiscal, según establece el artículo 5 de la LEF.

Séptimo. En el acto del levantamiento de actas previas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la LEF, se propondrá la adquisición por mutuo acuerdo de los bienes y derechos afectados, suscribiéndose, en tal caso, la correspondiente Acta de adquisición por mutuo acuerdo, que comprenderá, junto a la valoración de los bienes y derechos afectados, toda indemnización de perjuicios derivados de la rápida ocupación, el premio de afección, daño emergente, lucro cesante y cuantos derechos e intereses pudieran corresponderle al titular del bien o derecho objeto de expropiación. En caso de que no se suscriba la mencionada Acta de adquisición por mutuo acuerdo, se hará entrega a los comparecientes de la correspondiente Hoja de Valoración de los depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación. El abono o consignación de los mismos en la Caja de Depósitos de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería, se realizará por el beneficiario de la expropiación a cuenta del justiprecio final y una vez efectuado el mismo se procederá a la inmediata ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 6 del artículo 52 de la LEF.

A la vista de los antecedentes expuestos y la documentación que figura en el expediente, esta Secretaría General Técnica, a instancias de la Dirección General de Infraestructuras del Agua y en ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado 3 del artículo 15 de la Orden de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería,

RESUELVE

Primero. Incoar la tramitación del expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de urgencia, para la obtención de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras correspondientes al proyecto «Proyecto de obras para la sustitución de canal por tubería en el tramo pk 4.500 al p.k. 6.000 en el Canal de Benínar-Aguadulce (Almería)», clave A6.304.1327/2111, que se desarrollarán en el término municipal de Berja (Almería), según el anejo de esta resolución, en el que se incluyen la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la expropiación, siendo beneficiario de la expropiación la Junta de Andalucía.

Segundo. Convocar a los propietarios y titulares de derechos afectados, que figuran en la relación incluida en el anejo de esta resolución, para que comparezcan en las dependencias del Ayuntamiento de Berja, el día y a la hora que figuran en la misma, al objeto de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por las obras mencionadas, todo ello sin perjuicio de que los intervinientes se puedan trasladar posteriormente, si fuese necesario, a la finca que se trata de ocupar, según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 52 de la LEF.

Sevilla, 13 de febrero de 2020.- El Secretario General Técnico, P.D. (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6), Alberto Sánchez Martínez.

ANEJO A LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE, REFERENTE AL PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DENOMINADO «PROYECTO DE OBRAS PARA LA SUSTITUCIÓN DE CANAL POR TUBERÍA EN EL TRAMO P.K. 4.500 AL P.K. 6.000 EN EL CANAL DE BENÍNAR-AGUADULCE (ALMERÍA)». Clave A6.304.1327/2111

TÉRMINO MUNICIPAL DE BERJA
Núm. de Finca Polígono Parcela Titular Tipo de afección Comparecencia
Expropiación Definitiva (m²)
Servidumbre
de acueducto (m²)
Ocupación Temporal (m²) Dia Hora
1 29 68 JOSÉ MANUEL CUÉLLAR RODRÍGUEZ 0,00 161,00 0,00 21/04/2020 09.30
2 29 73 ANTONIO PÉREZ MALDONADO 0,00 243,00 0,00 21/04/2020 10.00
3 29 70 DAVID OROZCO OLIVENCIA 0,00 202,50 0,00 21/04/2020 10.30
4 29 24 FRANCISCO JESÚS FERNÁNDEZ LIDUEÑA 0,00 198,50 0,00 21/04/2020 11.00
5 29 18 JOSÉ MIGUEL CABEO LUQUE 0,00 47,00 0,00 21/04/2020 11.30
6 29 17 VÍCTOR LÓPEZ DÍAZ 0,00 301,50 0,00 21/04/2020 12.00
7 29 14 FRANCISCO JOSÉ RODRÍGUEZ SALMERÓN 0,00 67,50 0,00 21/04/2020 12.30
8 28 40 MIGUEL RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ 0,00 174,00 0,00 21/04/2020 13.00
9 28 39 RAMÓN RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ 0,00 45,00 436,85 21/04/2020 13.30
10 44 1 RAMÓN RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ 0,00 35,00 0,00
11 28 9005 AYUNTAMIENTO DE BERJA 0,00 70,57 0,00 21/04/2020 14.00
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