Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 21/02/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de enero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinticinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 301/2018. (PP. 436/2020).

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NIG: 4109142120180011578.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 301/2018. Negociado: 4H.

Sobre: Ordinario.

De: British Education System, S.L.

Procuradora: Sra. Sofía Aguera Segura.

Contra: Mostafa Kamel Attia y Imane El Akbani.

E D I C T O

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA Núm. 6/2020

En Sevilla, a trece de enero de dos mil veinte.

Vistos por mí, Marina del Río Fernández Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinticinco de Sevilla, los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado con el número 301/18, instados por el Procurador Sra. Aguera Segura en nombre y representación de British Education System, S.L., bajo la dirección letrada del Sr/a. Obrero González contra Mostafa Kamel Attia y Imane El Akbani, declarados en rebeldía.

FALLO

Que con estimación plena de la demanda promovida por British Education System, S.L., contra Mostafa Kamel Attia y Imane El Akbani, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a pagar al demandante la cantidad de 8.172,00 euros, con los intereses legales establecidos en el fundamento de derecho penúltimo, condenándole igualmente al pago de las costas procesales.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente de la notificación.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso del tipo concreto del recurso seguido del código 02, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Mostafa Kamel Attia e Imane El Akbani, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, a 14 de enero de 2020.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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