Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 27/02/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 22 de febrero de 2020, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se somete a Información Pública el proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa la convocatoria para el año 2015.

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El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho, entre otros, por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

En 20 de febrero de 2020, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible inicia la tramitación del expediente administrativo relativo al proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa la convocatoria para el año 2015.

El proyecto normativo regula determinadas materias que afectan de forma directa a la ciudadanía. En efecto, se hace oportuno y necesario modificar la Orden de 26 de mayo de 2015, con objeto de incorporar las bases reguladoras de la Operación 10.1.13 Mantenimiento de sistemas tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes, lo que permitirá alcanzar los siguientes objetivos agroambientales:

1. El aumento de la extensificación permitirá alcanzar un adecuado equilibrio del ciclo vital (animal-suelo-planta) y una mejora del uso del suelo, permitirá incrementar la materia orgánica del suelo y mejorará su fertilidad y evitará que se nitrifiquen las superficies y facilitará el mantenimiento de las cubiertas vegetales de los suelos al evitar su sobreexplotación y, en definitiva, evitará el deterioro de los ecosistemas.

2. Se fomentará el aprovechamiento de rastrojeras y de pastos temporales, al contribuir a una menor presión de pastoreo y mejor aprovechamiento de los recursos naturales, mejorando el nivel de autosuficiencia de la alimentación del animal y permitiendo, al mismo tiempo, que el pastoreo que realiza el ganado en este sistema de extensificación actúe como corredor biológico, facilitando el trasporte y la diseminación de semillas en el territorio, beneficiando con ello la biodiversidad.

Además, este sistema de gestión sostenible de la ganadería es clave para evitar la despoblación de las zonas rurales, mantener la actividad agraria en dichas zonas y para la conservación del medio ambiente y al mismo tiempo mejorar las condiciones de las condiciones del bienestar de los animales de producción.

Por todo lo anterior, esta operación fomenta un modelo de lucha contra el cambio climático, previenen incendios a través del ramoneo y la proliferación arbustiva y fomenta la conservación del paisaje.

En consecuencia, resulta conveniente que el texto del mismo se someta a la mayor difusión posible, al objeto de que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.

El proyecto de orden en elaboración requiere su tramitación oficial por la vía de urgencia, dado que el plazo de presentación de la solicitud de ayuda o de participación en el régimen de ayudas, es el previsto en el artículo 6 de la Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la solicitud única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucía objeto de inclusión en la solicitud única, es decir, comienza el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año, todo ello sin perjuicio de las modificaciones que pudieran establecerse en la normativa básica en función de las circunstancias de cada campaña.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se modifica la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa la convocatoria para el año 2015, durante el plazo de 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/191649.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y se podrán realizar:

a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: dgadm.cagpds@juntadeandalucia.es;

b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de febrero de 2020.- La Directora General, María Consolación Vera Sánchez.

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