Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 27/02/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 21 de enero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de La Palma del Condado, dimanante de autos núm. 290/2019. (PP. 391/2020).

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NIG: 2105442120190000851.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 290/2019. Negociado: JF.

Sobre: Desahucio por precario.

De: Buildingcenter, S.A.U.

Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.

Letrado: Sr. Rafael Miguel Sánchez.

Contra: Ignorados ocupantes Avda. Ramón y Cajal, 1 (Rociana del Condado), Cornelia Zenovia Lacatus y Dumitru Gheorghina.

EDICTO

Pedro Pablo Herrero Sanchez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instruccion número Tres de la Palma del Condado (Huelva).

Hago saber: En el Juicio referencia, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En La Palma del Condado, a nueve de enero de dos mil veinte.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la Procuradora doña Elena Medina Cuadros, en nombre y representación de Buildingcenter, S.A.U., contra los ignorados ocupantes de la finca, sita en Avenida Ramón y Cajal, número 1, de Rociana del Condado, identificados doña Cornelia Zenovia Lacatus, don Dumitru Gheorghina junto a dos menores, y en consecuencia:

- Declaro haber lugar al desahucio de la vivienda sita en Avenida Ramón y Cajal, número 1, de Rociana del Condado, con condena a los demandados a dejar la vivienda que ocupan libre y expedita, fijándose día para el lanzamiento.

- Con expresa condena a la demandada de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, conforme al artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo, don Carlos Serrano García, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de La Palma del Condado. Doy Fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la codemandada doña Cornelia Zenovia Lacatus por diligencia de ordenación de esta fecha el Letrado de la Administración de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.

En La Palma del Condado, a veintiuno de enero de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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