Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 11/03/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 5 de marzo de 2020, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios Andalucía Joven 2020.

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La Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, creó en su disposición adicional primera el Instituto Andaluz de la Juventud, agencia administrativa actualmente adscrita a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, según Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

En virtud de la Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, anteriormente mencionada, se atribuyen al Instituto Andaluz de la Juventud, entre otras funciones, y sin perjuicio de las que le puedan ser encomendadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, «la planificación, programación, organización, seguimiento y evaluación de las actuaciones en materia de juventud impulsadas por la Administración de la Junta de Andalucía», «el fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud» y «el fomento, programación y desarrollo de la Animación Sociocultural en Andalucía».

En este marco funcional, el Instituto Andaluz de la Juventud desea reconocer y distinguir públicamente la labor desarrollada por personas, entidades o instituciones, tanto públicas como privadas, en diferentes ámbitos de la vida política, cultural, económica, educativa o social, las cuales desarrollan trabajos o actividades que repercuten de forma positiva en la Juventud de nuestra Comunidad Autónoma.

Precisamente, en este año 2020 se conmemora el 40 aniversario de la Autonomía de Andalucía, cuando más de dos millones de andaluces votaron una autonomía para Andalucía. Por ello, se estima conveniente que los Premios Andalucía Joven de este año efectúen una referencia especial a la celebración de tal aniversario.

Por todo ello, y de conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, anteriormente citada, en relación con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud y demás normas de general aplicación,

HE RESUELTO

Primero. Objeto.

Convocar los Premios Andalucía Joven 2020, con la finalidad de distinguir y otorgar reconocimiento público a la labor desarrollada por personas jóvenes, colectivos, entidades o instituciones compuestas en su mayoría por personas jóvenes que destacan en sus respectivos campos de actividades o que desarrollan un trabajo o una actividad que repercuta de forma positiva en el colectivo juvenil de Andalucía.

Segundo. Modalidades.

Los Premios Andalucía Joven se otorgarán en cada una de las siguientes modalidades:

- Emprendimiento.

- Arte y Cultura.

- Deporte.

- Ciencia, Innovación y Universidad.

- Promoción de Andalucía en el Exterior.

- Compromiso Social.

- Orgullos@s Jóvenes LGTBI.

- Promoción de la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Juventud.

- Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.

- Promoción de la Inclusión Social a la Juventud con Discapacidad.

- Premio Conmemorativo a una Trayectoria de Trabajo en Defensa de la Juventud, en la Conmemoración del 40 Aniversario de la Autonomía de Andalucía.

Tercero. Candidaturas.

Podrán optar a los Premios Andalucía Joven en sus distintas modalidades todas aquellas personas menores de 35 años, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, salvo para el Premio Conmemorativo a una vida por la lucha en favor de la juventud, que no tendrá tal límite de edad; así como colectivos, entidades o instituciones, tanto públicas como privadas que, con su trayectoria o labor, hayan contribuido y destacado en la consecución del objetivo previsto en el acuerdo primero de la presente Resolución.

Cuarto. Forma, documentación, lugar y plazo de presentación de las candidaturas.

1. Las personas o entidades candidatas podrán ser propuestas por cualquier persona o entidad, pública o privada, no pudiendo postularse a sí mismas. El Jurado también podrá proponer las candidaturas que, sin haber concurrido al certamen, considere merecedoras de los premios, en cuyo caso el acuerdo será adoptado de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

2. Las candidaturas se formalizarán con la presentación de la siguiente documentación:

a) Instancia de la persona, colectivo, entidad o institución que haga la propuesta de candidatura, con expresión de sus datos significativos, en la que constarán los datos de identificación y contacto de las personas, colectivos o instituciones propuestas como candidatas, y modalidad en la que se propone.

b) Memoria justificativa de los méritos y razones que han motivado la presentación de la candidatura, así como currículo vitae y/o memoria del proyecto o actividad desarrollada por la persona, colectivo, entidad o institución candidata.

3. La instancia y documentación a que se refiere el apartado anterior irán dirigidas al Director General del Instituto Andaluz de la Juventud, y se presentarán preferentemente en el Registro General de dicho organismo, sito en Sevilla, en Avenida de Hytasa, núm. 14, planta baja, código postal 41006, o en los lugares y por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. El plazo de presentación de candidaturas se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el día 24 de abril de 2020, salvo para las personas miembros del Jurado, que podrán proponerlas en la sesión que celebren para el fallo de los premios.

Quinto. Aceptación de las bases y asistencia al acto de entrega de los premios.

La participación en la presente Convocatoria supone la aceptación de las bases reguladoras de la misma así como del fallo del Jurado y la intervención en el acto de concesión de los premios, en caso de ser una de las candidaturas seleccionadas.

Sexto. Jurado.

1. La selección de las personas jóvenes, colectivos, entidades o instituciones premiadas estará a cargo de un Jurado presidido por la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud y constituido por el conjunto de las asesorías de programa de este Instituto. La Secretaría la ostentará la vocalía asesora del Instituto Andaluz de la Juventud.

2. El Jurado, una vez constituido, ajustará su actuación a lo establecido en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, anteriormente citada, siendo su fallo inapelable.

Séptimo. Premios.

1. Los premios, en sus once modalidades, se harán públicos mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, pudiendo ser compartidos cuando los méritos reconocidos a las candidaturas así lo aconsejen, y ser declarados desiertos cuando las candidaturas no presenten los méritos suficientes.

2. En cada una de las modalidades, los premios consistirán en una escultura en cuya base aparecerá la inscripción «Premios Andalucía Joven 2020», y serán entregados en acto público.

3. Cuando concurran circunstancias excepcionales, el Jurado podrá otorgar, por unanimidad, premios especiales no previstos en las modalidades recogidas en el punto segundo de la presente resolución.

Octavo. Incidencias.

Las incidencias surgidas en la aplicación de las bases de la presente convocatoria serán resueltas por el Jurado.

Sevilla, 5 de marzo de 2020.- El Director General, David Morales Zamora.

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