Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 6 de 14/03/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Acuerdo de 13 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se crea la Comisión de Coordinación Presupuestaria en materia de servicios sociales sobre la incidencia del COVID-19 en Andalucía.

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La Organización Mundial de la Salud ha declarado con fecha 11 de marzo de 2020 el brote del nuevo coronavirus 2019 (COVID-19) como una pandemia, ya que su propagación y el número de países y personas afectados supone un riesgo para la salud pública y exige una respuesta contundente y coordinada.

Ante la evolución de la alerta sanitaria, el Gobierno andaluz en su principal objetivo de proteger la salud de la población andaluza va a llevar a cabo medidas en materia de servicios sociales que consecuentemente tendrán impacto económico y repercusión presupuestaria.

El Decreto del Presidente 2/2019, de la Vicepresidencia y reestructuración de Consejerías, contempla en los artículos 6 y 11 las competencias que son asignadas a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía y a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, respectivamente.

Por su parte, el Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, establece en su artículo 1 que corresponden a esta Consejería las competencias en la materia de Hacienda Pública, y en consecuencia le corresponde la elaboración, seguimiento y control del Presupuesto.

El Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, dispone que le corresponden a esta Consejería la propuesta y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno sobre promoción de las políticas sociales.

La necesidad de coordinar las medidas en materia de servicios sociales que de forma excepcional y transitoria pueda llevar a cabo el Gobierno andaluz para afrontar la situación de alerta sanitaria en la que se encuentra España y la Comunidad Autónoma de Andalucía, hace necesario crear una Comisión en cuyo seno puedan abordarse los aspectos relativos a su financiación y seguimiento presupuestario.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda, Industria y Energía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 13 de marzo de 2020,

ACUERDA

Primero. Creación.

Se crea la Comisión de Coordinación Presupuestaria en materia de Servicios Sociales sobre la incidencia del COVID-19 en Andalucía (en adelante la Comisión) como instrumento específico de participación, coordinación y comunicación entre la Consejería de Hacienda, Industria y Energía y la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en esta situación excepcional de incidencia del COVID-19.

Segundo. Funciones.

Las funciones de la Comisión serán las siguientes:

a) Trasladar de forma coordinada las necesidades de medios humanos, materiales y de inversión relativas a la incidencia del COVID-19 en la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades vinculadas o dependientes.

b) Realizar estimación de costes, presupuestación y proponer las operaciones presupuestarias necesarias para la financiación del conjunto de necesidades de los Servicios Sociales de Andalucía.

c) Hacer seguimiento de la ejecución presupuestaria de las decisiones adoptadas.

d) Coordinar la integración de cualquier tipo de fondos adicionales provenientes de otras administraciones públicas para dicho objetivo y realizar el seguimiento de su proceso de aplicación posterior.

Tercero. Composición.

La Comisión estará formada por:

a) La persona titular de la Viceconsejería de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, que ostentará la Presidencia.

b) La persona titular de la Viceconsejería de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, que ejercerá la Vicepresidencia.

c) Vocalías:

- La persona titular de la Secretaría General de Hacienda.

- La persona titular de la Dirección General de Presupuestos.

- La persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

- La persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

d) Secretaría: una persona funcionaria perteneciente a la Dirección General de Presupuestos, que actuará con voz y sin voto.

Cuarto. Efectos.

El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 13 de marzo de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JUAN BRAVO BAENA
Consejero de Hacienda, Industria y Energía
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