Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 22/04/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Acuerdo de 15 de abril de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento de la petición realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible para la modificación de la Orden HAC/329/2020, de 6 de abril, por la que se reducen para 2019 los indices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales, y que se atiendan las propuestas realizadas desde Andalucía.

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El artículo 37.4 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el artículo 38.3 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, establecen la reducción excepcional de los índices de rendimiento neto en régimen de estimación objetiva que podrá autorizar el Ministerio de Hacienda, para aquellas actividades económicas a las que resulte de aplicación este método cuando se viesen afectadas por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales y que afectasen a un sector o zona determinada.

Los índices para las diversas actividades a lo largo del año 2019 se fijaron mediante Orden HAC/1264/2018, de 27 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2019 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta orden contempla una reducción para el 2019 de un 5% del rendimiento neto calculado, lo que equivale a efectos prácticos a una minoración de un 5% de cada uno de los módulos de las distintas actividades agrarias.

En consonancia con lo anterior, y como en cada ejercicio, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación debe elaborar un informe para su posterior remisión al Ministerio de Hacienda, en el que se propondrán las reducciones de los índices de rendimiento neto (módulos) en el régimen de estimación objetiva del IRPF, aplicables a aquellas actividades agrarias que durante el ejercicio 2019 sufrieron fuertes descensos en los rendimientos por causas extraordinarias.

Por su parte, el Gobierno Andaluz, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en defensa de los intereses del campo andaluz, y tras el oportuno proceso de interlocución con los agentes del sector, elabora anualmente un informe cuyo objeto es la recogida de las propuestas de reducción de dichos índices o módulos a los efectos de su traslado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el que se incluyen esas circunstancias excepcionales que han afectado a las producciones agrarias en diversas zonas de Andalucía, en este caso durante 2019.

Así, en dicho informe se recogen todos los daños causados en las diferentes producciones agrarias (cultivos y ganado) como consecuencia de las adversidades climáticas de carácter extraordinario acaecidas, así como los producidos por otra serie de circunstancias, igualmente excepcionales, como la sequía prolongada, los efectos de determinadas plagas, la crisis de precios que afecta a algunos sectores, o la propia imposición de aranceles a los productos andaluces por parte de Estados Unidos de América.

Junto a estos daños y circunstancias se recogen de manera detallada e individualizada las propuestas de reducción de los índices de rendimiento neto en régimen de estimación objetiva del IRPF aplicable a cada una de las producciones afectadas.

La importancia de estas propuestas para el sector agrario andaluz motivó que mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 10 de febrero pasado, se tomara conocimiento de la remisión al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación del informe propuesta de Andalucía para la reducción de estos índices.

Sin embargo, con fecha 9 de abril es objeto de publicación en el BOE núm. 99 la Orden HAC/329/2020, de 6 de abril, del Ministerio de Hacienda, por la que se reducen para el período impositivo 2019 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales sin que se hayan tenido en cuenta algunas de las propuestas realizadas desde Andalucía.

Desde el Gobierno Andaluz se considera preocupante la situación actual del sector agrario andaluz, un sector de por sí con una elevada exposición al riesgo por sus características concretas, de ciclos de producción que condicionan la capacidad de reacción al mercado y muy influenciado por los agentes externos (clima, fitosanidad, sanidad animal, mercados, etc.), y que, tal y como se señaló el pasado 24 de febrero en la Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación del Congreso de los Diputados, es un sector cuyos principales problemas son la erosión de los márgenes de agricultores y ganaderos, la atomización de la oferta que debilita su poder de negociación, la delicada situación de determinados sectores (en especial el oleícola y el hortofrutícola), los problemas en el comercio internacional (mayor competencia internacional, veto ruso, brexit o los aranceles de Estados Unidos) y los fenómenos atmosféricos asociados al cambio climático.

A esta situación de partida se suma ahora la situación de crisis generada por la pandemia del COVID-19 que supondrá inevitablemente un impacto negativo en la economía en general y en particular a un frágil sector agrario, por las circunstancias descritas.

Estos últimos acontecimientos deben ser tenidos en cuenta a la hora de valorar las reducciones propuestas en su día en el informe remitido al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación el pasado 6 de febrero para el periodo impositivo 2019, relativo a los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva, con la finalidad de contribuir a minimizar el impacto sobre la economía del tejido productivo agrario y favorecer que la actividad se recupere lo antes posible, evitando así el riesgo de que el impacto sea mayor o que afecte de manera estructural.

A la vista de lo expuesto, por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible se considera necesario proponer la modificación de la citada Orden HAC/329/2020, de 6 de abril, para que se tengan en cuenta las peticiones que no ha sido atendidas y en concreto las siguientes:

- Reducción del índice aplicable a las producciones hortícolas, pasando de 0,26 a 0,13 para toda Andalucía con carácter general.

- Reducción del índice aplicable a las producciones de flor cortada y plantas ornamentales, pasando de 0,32 a 0,22, para toda Andalucía con carácter general.

- Reducción del índice aplicable a las producciones de almendro, pasando de 0,26 a 0,20 en Andalucía con carácter general.

- Reducción del índice aplicable a las producciones de viñedo D.O. y uva de mesa, pasando de 0,32 a 0,16 en la provincia de Cádiz y en los municipios de Lebrija y El Cuervo, de la provincia de Sevilla.

Por otro lado se considera igualmente necesario aumentar la reducción del índice aplicado a los siguientes sectores:

- Aumento de la reducción aprobada para productos del olivo, pasando a 0,0 para toda Andalucía, con carácter general. El índice de rendimiento neto ha sido reducido por la citada orden al 0,13 a nivel nacional, no obstante se considera insuficiente esta reducción.

- Aumento de la reducción aprobada para las producciones de cítricos, pasando a 0,07 para toda Andalucía, con carácter general. El índice de rendimiento neto ha sido reducido por la citada Orden al 0,18 a nivel nacional, no obstante se considera insuficiente esta reducción.

- Aumento de la reducción aprobada para los sectores ganaderos andaluces, para los que se propuso la aplicación de un índice corrector a nivel general de un 40 % de reducción, como consecuencia del aumento de los costes de producción. Sin embargo las reducciones aplicadas resultan insuficientes en algunos casos, como por ejemplo en el bovino de leche.

- Especial mención dentro de los sectores ganaderos hay que realizar para las producciones apícolas, pasando a 0,00 para toda Andalucía, con carácter general. El índice de rendimiento neto ha sido reducido por la citada orden al 0,13 a nivel nacional, no obstante se considera insuficiente esta reducción.

Desde la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible se ha procedido a dar traslado formal al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de la necesidad de acometer la modificación de la citada Orden HAC/329/2020, de 6 de abril. La importancia de las medidas correctoras propuestas para atender las demandas del sector agrícola y ganadero andaluz, y su trascendencia en una situación de crisis como la actual, hacen conveniente y oportuno su conocimiento por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de abril de 2020, se adopta el siguiente

ACUERDO

Tomar conocimiento de la petición realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible para que se modifique la Orden HAC/329/2020, de 6 de abril, por la que se reducen para 2019 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF a las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales, y que se atiendan las propuestas realizadas desde Andalucía.

Sevilla, 15 de abril de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN CRESPO DÍAZ

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
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