Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00182337.
NIG: 2906942C20180000149.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 153/2018. Negociado: 04.
Sobre: Reclamacion de cantidad.
De: Axa Seguros Generales, S.A.
Procuradora: Sra. Claudia González Escobar.
Letrado: Sr. José Luis García González.
Contra: Doña Katharina Simone Beere.
E D I C T O
En el presente procedimiento Juicio Verbal 153/2018 (04), seguido a instancia de Axa Seguros Generales, S.A., frente a Katharina Simone Beere se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
«SENTENCIA Núm. 165/2019
En Marbella, a quince de octubre de dos mil diecinueve.
El Sr. don Roberto Rivera Miranda, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal (250.2) 153/2018, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Axa Seguros Generales, S.A., con Procuradora doña Claudia González Escobar y Letrado don José Luis García González; y de otra como demandada doña Katharina Simone Beere con Procurador/a D./Dña. y Letrado/a D./Dña., sobre reclamacion de cantidad, y,
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Claudia González Escobar en nombre y representación de Axa Seguros Generales, S.A., frente a Katharina Simone Beere, debo condenar y condeno a la demandada a entregar a la actora 4.917,33 euros, más los intereses legales devengados desde la fecha de la presentación de la demanda; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm., indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Y encontrándose dicho demandado, Katharina Simone Beere, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Marbella, a siete de septiembre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Descargar PDF