Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 16/06/2021

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 3 de mayo de 2021, de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Huelva, dimanante de autos núm. 104/2021. (PP. 1868/2021).

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NIG 2104142M20130000580.

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Mercantil 104/2021.

Negociado: RB.

Autos de: Procedimiento Ordinario 496/2013.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia-Mercantil núm. Cuatro de Huelva (antiguo   Mixto núm. Diez).

Apelante: Teresa López de Silva Sánchez.

Procurador: Carlos Rey Cazenave.

Apelado: Zenit Hispania, S.L.U.

Procurador: María Martínez López.

EDICTO

En el recurso referenciado, se ha dictado Sentencia de fecha 28.4.2021 cuyo extracto es el siguiente:

Audiencia Provincial de Huelva

Sección 2.ª, Civil

Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil núm. 104/2021.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Huelva (Mercantil).

Autos de: Procedimiento Ordinario núm. 496/2013.

Apelante: Teresa López de Silva Sánchez.

Apelado: Zenit Hispania, S.L.U.

SENTENCIA NÚM. 283

Ilmos. Sres.

Presidente: Don Francisco Bellido Soria.

Magistrados:

Don Enrique A. Clavero Barranquero

Don Andrés Bodega de Val (Ponente)

En Huelva, a veintiocho de abril de dos mil veintiuno.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, constituida por los Magistrados indicados, bajo la ponencia del Ilmo. Sr. don Andrés Bodega de Val, ha visto en grado de apelación el juicio ordinario núm. 496/2013 del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Huelva, en virtud de recurso interpuesto por la demandada doña Teresa López de Silva Sánchez siendo parte apelada la demandada Zenit Hispania, S.L.U.

F A L L O

En virtud de lo expuesto, el Tribunal ha decidido:

Desestimar el recurso interpuesto por la demandada Teresa López de Silva Sánchez contra la sentencia dictada en el asunto a que se refiere el rollo de Sala por la Ilma. Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Huelva, que se confirma, con imposición a la recurrente de las costas del recurso y con pérdida del depósito prestado para recurrir.

Notifíquese a las partes con indicación de la necesidad de constitución de depósito en caso de recurrir la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 15.ª de la LOPJ. De acuerdo con lo dispuesto en la disposición final decimosexta de la LEC, contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo que debe interponerse en el plazo de veinte días ante esta Audiencia si concurre la causa prevista en el apartado tercero del número 2 del artículo 477 y también podrá interponerse conjuntamente con el recurso de casación recurso extraordinario por infracción procesal previsto en los artículos 468 y siguientes ante el mismo Tribunal.

Remítanse las actuaciones originales al Juzgado de su procedencia, con certificación de la presente y despacho para su cumplimiento y efectos oportunos.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y encontrándose los demandados, Promociones Constmart, S.L.; Promotora Rural y Gestión de Nuevas Tecnologías; don Manuel Jesús Bermejo Rodríguez y doña Teresa Romero González, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Huelva, a tres de mayo de dos mil veintiuno.- El Letrado de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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