Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 15/07/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Deporte

Extracto de la Resolución de 9 de julio de 2021, de la Dirección General de Planificación, Instalaciones y Eventos Deportivos, por la que se convocan, para el ejercicio 2021, las ayudas previstas en la Orden de 11 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID).

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Número de Identificación de la base de datos nacional de subvenciones (BDNS): 574492.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las bases reguladoras y convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.

Primero. Convocatoria.

Se convoca, para el ejercicio 2021, la concesión de subvenciones previstas en la Orden de 11 de febrero de 2020 de la Consejería de Educación y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID) (BOJA núm. 39, de 26 de febrero de 2020).

Segundo. Beneficiarios.

Municipios u Organismos Autónomos o Agencias Públicas Administrativas Locales, en los que la entidad local tenga delegada sus competencias, conforme a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, y Entidades Locales Autónomas, de acuerdo estas últimas con lo dispuesto en el instrumento de creación o en sus posteriores modificaciones, a través de sus respectivos órganos de gobierno y administración.

Tercero. Objeto.

La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las Entidades Locales de Andalucía detalladas en el apartado 4.a).1.º del Cuadro-Resumen de las bases reguladoras, con la finalidad de fomentar la reforma o reparación de instalaciones deportivas existentes que garanticen el acceso de la ciudadanía a la práctica deportiva, así como el mantenimiento y viabilidad de las referidas instalaciones.

Concretamente, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional única y en el apartado 2.a) del cuadro resumen de la Orden de 11 de febrero de 2020, serán subvencionables a través de la presente resolución, la reforma o reparación de las siguientes tipologías de instalaciones deportivas, recogidas en el PDIEDA:

1. Tipologías de Espacios convencionales reglados, en el que se diferencian ámbitos:

- Básicas (Red local).

- Complementarias (Red supralocal).

2. Tipologías de Espacios convencionales para deporte de ocio. Serían las mismas que las anteriores, pero no es necesario que se cumplan las dimensiones regladas de los espacios deportivos, ni lo especificado en las normas NIDE.

Y dentro de las anteriores Tipologías, serán subvencionables la reforma o reparación de las siguientes tipologías de instalaciones deportivas:

- Campos de fútbol y/o campos de fútbol 7.

- Pabellones cubiertos.

- Pistas polideportivas descubiertas.

- Piscinas.

- Instalaciones destinadas a deportes que requieren espacios deportivos de características técnicas o dimensionales que los hacen incompatibles con otros deportes o que no se encuentran normalizados o que el PDIEDA no considera incluidos en la Red Básica. Campos grandes:

• Rugby.

• Béisbol.

• Hockey hierba.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá según lo establecido en la Orden de 11 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID) (BOJA núm. 39, de 26 de febrero de 2020).

Quinto. Importe.

1. La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo al crédito consignado en la siguiente partida presupuestaria:

Línea Cuantía máxima Partida Presupuestaria
Infraestructuras deportivas para las Entidades Locales de Andalucía (ID) 6.000.000,00 € 12000100091 G/46A/76102/00 2016000607

2. La dotación de esta línea de subvenciones se contempla en el cuadro anterior. El porcentaje máximo de la subvención será el 50% del presupuesto de la inversión subvencionable para entidades beneficiarias con una población mayor a 20.000 habitantes, 60% del presupuesto de la inversión subvencionable para entidades beneficiarias con una población mayor a 5.000 y menor o igual a 20.000 habitantes y 70% del presupuesto de la inversión subvencionable para entidades beneficiarias con una población menor o igual a 5.000 habitantes; con una cuantía máxima a conceder de 200.000,00 euros.

La distribución de la financiación por anualidades quedará establecida de la siguiente forma:

Partida Presupuestaria 2021 2022 2023 TOTAL
1200010091 G/46A/76102/00 2016000607 1.800.0000 € 1.200.000 € 3.000.000,00 € 6.000.000,00 €

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

Diez días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria en la siguiente dirección electrónica

https://juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/detalle/19114/datos-basicos.html

Sevilla, 9 de julio de 2021.- La Directora General, Isabel Sánchez Fernández.

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