Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 19/07/2021

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 4 de julio de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan pruebas para la obtención y renovación de los certificados de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, y se determina la composición del Tribunal calificador, así como la fecha, horarios y lugar de celebración de las pruebas para 2021.

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El Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero (BOE de 27 de febrero), en relación con la Directiva 2008/68/CE, en lo que afecta al transporte por carretera, determina que las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dicho transporte deberán designar, al menos, un Consejero de Seguridad.

Asimismo se establece en el art. 26 del indicado real decreto que para poder ejercer sus funciones, la persona consejera deberá superar previamente un examen sobre las obligaciones que le corresponden, y sobre las materias recogidas en el anexo de dicho real decreto.

De otra parte, la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero (BOE de 9 de marzo), sobre capacitación profesional de las Personas Consejeras de Seguridad establecen las modalidades y la estructura de estos exámenes, así como el modelo de certificado de formación que deberá expedirse una vez superados los mismos. Queda asimismo regulada la renovación de los certificados a través de la superación por su titular de una prueba de control en el último año anterior a la expiración de la validez del certificado.

En dicha norma se prevé, a su vez, que las convocatorias se formalizarán por las Comunidades Autónomas con periodicidad mínima anual, indicándose necesariamente el plazo de presentación de instancias y cuantos requisitos sean necesarios para la realización de las pruebas.

En su virtud, esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Convocar pruebas para la obtención y renovación de los certificados de Personas Consejeras de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

Las personas candidatas deberán superar un examen y podrán optar entre examinarse globalmente de todas las especialidades, o de forma separada para una de las especialidades siguientes:

- Clase 1 (materias y objetos explosivos).

- Clase 2 (gases).

- Clase 7 (materias radiactivas).

- Clases, 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9. Materias sólidas y líquidas contenidas en la enumeración de cada una de las clases del Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas (ADR).

- Materias líquidas inflamables con los números de identificación de la Organización de Naciones Unidas 1202 (gasóleo), 1203 (gasolina) y 1223 (queroseno).

Segundo. Normas generales para la realización de los exámenes.

La realización de los exámenes se ajustará a las siguientes bases:

Base primera. Requisitos de los aspirantes.

Para poder concurrir a los exámenes convocados será preciso tener residencia habitual en España, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Se presumirá que la residencia habitual de la persona aspirante se encuentra en el lugar en que figure empadronada. Si en cualquier momento del procedimiento el Tribunal Calificador tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguna de las personas aspirantes incumple los requisitos exigidos en la presente convocatoria, podrá requerir los documentos acreditativos de su cumplimiento.

En caso de que no resulten acreditados, la persona aspirante quedará excluida de las pruebas.

Base segunda. Contenido de los exámenes de obtención del certificado:

Los exámenes constarán de dos pruebas:

Una primera, en la que no se permitirá la consulta de textos, que consistirá, en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias que les sean aplicables a las Personas Consejeras de Seguridad de la normativa sobre mercancías peligrosas.

Una segunda prueba, que consistirá, en la realización de un caso práctico, que versará sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por la persona consejera, en la que se permitirá la consulta de textos, siempre que no incluyan la resolución a los supuestos.

Dichas pruebas se realizarán conforme al Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), en vigor.

El tiempo máximo de que dispondrán las personas aspirantes para la realización de cada una de las pruebas de las que consta el examen será de una hora, sin que pueda abandonarse el aula hasta la finalización de ambos ejercicios.

Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando el examinado obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

No se superará el caso práctico cuando se identifique incorrectamente el número ONU de la materia correspondiente.

Base tercera. Contenido de las pruebas para la renovación del certificado.

La prueba de control para la renovación de los certificados consistirá en un examen, en el que no se permitirá la consulta de textos, consistente en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias que les sean aplicables a las personas consejeras de seguridad de la normativa sobre mercancías peligrosas.

El tiempo máximo de que dispondrán las personas aspirantes para la realización de la prueba será de una hora.

Quienes soliciten la renovación del certificado podrán, igualmente, presentarse a las pruebas para la obtención de certificado por primera vez en otra especialidad. Ambas pruebas, obtención y renovación del certificado, se realizarán separadas horariamente (base sexta).

Únicamente podrá solicitarse la renovación en relación a un solo certificado y especialidad documentada en el mismo.

Para participar en las pruebas de renovación del certificado será preciso, que el certificado a renovar esté en vigor y que la fecha de validez esté comprendida entre el 13 noviembre de 2021 y 13 de noviembre de 2022.

Base cuarta. Solicitudes. Pago de la tasa y plazo de presentación.

1. El pago de la tasa y la presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoria y únicamente de forma telemática y en el mismo acto, en aplicación del artículo 56 de la Ley 16/1987, de Ordenación de los Transportes Terrestres, a través de la dirección web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio-Servicio de transporte-Servicios al profesional Transportista-Consejeros de Seguridad.

Para realizar los trámites telemáticos de pago de la tasa y de presentación de la solicitud, en el mismo acto, los aspirantes deberán disponer de certificado digital en la forma establecida en el Decreto 183/2003, de 24 de junio (BOJA núm. 134 de 15 de julio).

2. El importe de la tasa para 2021 es de 21,19 euros, que se deberá abonar para cada una de las modalidades solicitadas. Al ser un procedimiento telemático integrado (pago de tasa y presentación), se obtendrá una bonificación automática de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar, de acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Se entenderá presentada correctamente la solicitud, cuando la persona solicitante, haya abonado la tasa y presentado la solicitud de forma telemática, obteniendo como resultado y en un único documento, el documento de pago 046 con el código de verificación, además de la solicitud firmada y con número de registro de entrada (información visualizada en el pie de la solicitud -pág. 1-).

3. El plazo de que dispondrán las personas aspirantes para la presentación de las solicitudes será del 9 de septiembre al 8 de octubre de 2021.

4. A las personas aspirantes que hayan indicado en su solicitud una dirección de correo electrónico o un número de teléfono móvil susceptible de recibir mensajes cortos SMS, se les informará por estos medios de la publicación, según corresponda, de los listados de personas admitidas, excluidas y aprobadas.

La organización de las pruebas se llevará a cabo por las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Granada y de Sevilla.

5. La no presentación de forma telemática de la solicitud dará lugar a la exclusión de la persona aspirante.

Base quinta. Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Granada y de Sevilla dictarán resolución declarando aprobada para cada una de las especialidades convocadas la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de la causa que motiva su exclusión; dicha resolución se hará pública en la página web de la Consejería Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de personas admitidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de tal resolución en la página web de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, para subsanar el defecto observado, ante el Tribunal de la provincia de examen (base sexta).

Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, las Delegaciones Territoriales de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Granada y de Sevilla, dictarán Resolución declarando aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de la causa que motiva la exclusión y se hará pública en la página web de la Consejería Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio.

Base sexta. Tribunal calificador.

PROVINCIA DE GRANADA

TRIBUNAL TITULAR

Presidente: D. Norberto Navarro Cuesta.

Secretario: D. Guillermo Esteban García.

Vocales: D. Francisco Barrales León.

D. Juan Manuel Rodríguez Lupiáñez.

D. Carlos Díez Baro.

TRIBUNAL SUPLENTE

Presidente: D. Francisco Barrales León.

Secretario: D. Jesús Bullejos Santisteban

Vocales: D.ª Inmaculada Jiménez Palma.

D. Luis Martínez Martínez.

D.ª María José Ortega Ocaña.

Sede Tribunal Granada: Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio (Servicio de Transportes, calle Joaquina de Eguaras, núm. 2-3.ª planta - 18013 – Granada).

PROVINCIA DE SEVILLA

TRIBUNAL TITULAR

Presidenta: D.ª Patricia Cabaleiro Mora.

Secretario: D. Juan Carlos Parrilla Cobo.

Vocales: D.ª Ana Isabel Muñoz Murillo.

D.ª María Teresa Chávez Serrano.

D. Francisco Javier Jiménez Horgue.

TRIBUNAL SUPLENTE

Presidente: D. Juan Carlos Parrilla Cobo.

Secretaria: D.ª Patricia Cabaleiro Mora.

Vocales: D.ª María Dolores Arriaza Barrera.

D.ª Rosa Molina Castellano.

D.ª Ana María Conde Díaz.

Sede Tribunal Sevilla: Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio (Servicio de Transportes, Plaza de San Andrés, núm. 2 y 4 - 41003 – Sevilla).

Base séptima. Fecha y horarios de los ejercicios.

Fecha: Sábado, 13 de noviembre de 2021.

Horas de celebración:

De 9:00h a 10:00h Renovación de certificado.

De 10:30h a 12:30h Obtención de certificado.

Base octava. Lugar de celebración de los ejercicios:

Granada: Facultad de Ciencias de la Universidad de Granada.

Campus Universitario de Fuente Nueva.

Calle Severo Ochoa, s/n, 18013 - Granada.

Sevilla: Instituto de Enseñanza Secundaria Heliópolis.

Calle Guadalbullón, 1, 41013 - Sevilla.

Base novena. Presentación a examen y desarrollo de las pruebas.

Las personas aspirantes admitidas deberán concurrir a las pruebas provistas de:

- Documento oficial con fotografía en vigor acreditativo de su identidad (DNI/NIE, permiso de conducir o pasaporte). Su falta dará lugar a la no admisión de la persona aspirante a la realización de aquéllas.

- Varios bolígrafos de color azul o negro, para evitar compartir material.

- Mascarilla quirúrgica o de protección (y otra de repuesto), así como mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros en todo momento.

Igualmente, se deberá seguir las medidas de movilidad, prevención y protección publicadas en la Web de esta Consejería y en el lugar examen. Se recuerda igualmente que si presentara síntomas compatibles con el Covid-19, o fiebre, no podrá asistir a las pruebas, comunicándolo al Tribunal, por medios electrónicos.

Base décima. Listas de personas aspirantes declaradas aptas y plazo de reclamaciones.

Finalizadas las pruebas y una vez corregidos todos los ejercicios, los Tribunales Calificadores dictarán resolución por la que se declararán aptas a las personas aspirantes que las hubieren superado, cuya relación se hará pública en la página web de la Consejería Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Las personas aspirantes no incluidas en dicha relación, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de tal resolución en la página web indicada, para solicitar la revisión de su examen. El lugar de presentación de dicha solicitud, será en la sede del Tribunal de la provincia de examen de la persona solicitante, indicada en la base quinta.

Una vez resueltas las reclamaciones, los Tribunales publicarán la lista definitiva de personas aspirantes aptas, en la web de la Consejería Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

Contra la resolución que haga pública la aprobación del listado definitivo de personas aspirantes aptas, se podrá interponer recurso de alzada en la forma y tiempo establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base undécima. Expedición de los Certificados de Consejeros de Seguridad.

Tras la publicación de la lista definitiva de personas aspirantes declaradas aptas en las pruebas, la Dirección General de Movilidad, en un plazo máximo de tres meses, contados desde el día de la celebración de los ejercicios, procederá inclusión de las personas aspirantes aptas en el Registro de empresas y actividades del transporte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y a la expedición de los correspondientes certificados de Consejeros y Consejeras de Seguridad. Para la recogida de dichos certificados, las personas interesadas, se dirigirán a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la provincia correspondiente al domicilio indicado en la solicitud de participación en las pruebas (en la web se indicará el procedimiento de trámite de los certificados). Para los interesados que residan fuera de Andalucía, se remitirá directamente por la Dirección General de Movilidad, al domicilio indicado en la solicitud. En todos los casos se deberá abonar previamente la tasa de expedición del Certificado, mediante modelo 046, con importe para el año 2021, de 21,19 euros, si bien de acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza y la Ley 3/2019, de 22.7, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, si el abono de la autoliquidación se realiza por medios electrónicos (telepago), se obtendrá una bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar, siempre que seleccione la mencionada «bonificación» en el documento de pago 046.

Tercero. Impugnación de la convocatoria de las pruebas.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a las personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de julio de 2021.- El Director General, Felipe Antonio Arias Palma.

«La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán por lo establecido en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.»

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