Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 22/07/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Extracto de la Resolución de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convocan ayudas para la realización de actividades de transferencia de conocimiento, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00196096.

BDNS (Identif.): 574873.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2021, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, ayudas destinadas a los agentes públicos del Sistema Andaluz del Conocimiento, para la realización de actividades de transferencia del conocimiento entre los citados agentes y el sector productivo, con el objeto de impulsar la colaboración de los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento con el tejido socio-productivo, con cargo al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, con un porcentaje de cofinanciación del 80%, dentro del Objetivo Específico 1.2.2 «Transferencia de conocimiento y cooperación entre empresas y centros de investigación» y de la programación financiera de la medida A1122062E0 «Transferencia de tecnología y cooperación entre universidades y empresas», por una cuantía máxima de dos millones setecientos cincuenta mil euros (2.750.000,00 €), con el siguiente detalle:

Partida presupuestaria Denominación
1400170000 G/54A/70300/00 A1122062E0 2018000153 ACTIVIDADES DE TRANSFERENCIA OTROS ENTES PÚBLICOS DE INVESTIGACIÓN
1400170000 G/54A/74102/00 A1122062E0 2017000355 ACTIVIDADES DE TRANSFERENCIA UNIVERSIDADES
1400170000 G/54A/74200/00 A1122062E0 2017000355 ACTIVIDADES DE TRANSFERENCIA OTRAS ENTIDADES PUBLICAS
1400170000 G/54A/74700/00 A1122062E0 2017000355 RESTO ENTIDADES INCLUIDAS EN EL INVENTARIO ENT. DEPENDIENTES C.A. ANDAL.

La cuantía máxima se corresponde con la siguiente previsión por anualidades:

Medida A1122062E0 2021 2022 2023 Total
Importe (euros) 1.250.000,00 750.000,00 750.000,00 2.750.000,00

Segundo. Beneficiarios.

Podrán tener la consideración de entidades beneficiarias, de entre los sujetos previstos en el punto 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras del programa de ayudas a acciones complementarias de I+D+i, los siguientes agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento:

1. Las universidades públicas andaluzas de acuerdo al Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero.

2. Los organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como en el artículo 32  de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

3. Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica, y que en sus estatutos, en su objeto social o en la normativa que lo regule, tengan la I+D+i como actividad principal.

Las entidades indicadas en los puntos 1, 2 y 3 han de estar debidamente calificadas como Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento e inscritas en el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, regulado mediante Decreto 254/2009, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se determina la clasificación y se regula el procedimiento para la acreditación y el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento (BOJA núm. 109, de 9 de junio de 2009).

En el caso de las Fundaciones, deberán estar inscritas y al día de las obligaciones con el correspondiente Registro de Fundaciones de la Junta de Andalucía.

Tercero. Finalidad y características de las ayudas.

Esta convocatoria tiene como finalidad incrementar la tasa de transferencia de conocimiento entre los agentes públicos del Sistema Andaluz del Conocimiento y el sector productivo fomentando la realización de los siguientes tipos de actuaciones:

1. Proyectos de creación y consolidación de empresas basadas en el conocimiento y de empresas de base tecnológica.

2. Mantenimiento y gestión de apoyo a las funciones de protección de la propiedad intelectual y de transferencia tecnológica. Estudios de patentabilidad, licencias nacionales e internacionales de patentes, actividades de extensión internacional de patentes y a la entrada en fases nacionales.

3. Programas de apoyo a la creación y desarrollo de prototipos y pruebas de conceptos, de promoción y comercialización de tecnologías, incluyendo análisis y estudios de mercado para identificación de potenciales socios del tejido empresarial.

4. Creación y fortalecimiento de unidades destinadas a fomentar la transferencia del conocimiento y las relaciones investigación-empresa.

5. Fomento de las relaciones entre los grupos de investigación y las empresas, actuaciones de movilidad e intercambio de personal investigador entre centros de investigación y las empresas del sector productivo.

Cuarto. Requisitos y duración de las actuaciones.

1. El investigador o investigadora principal deberá tener vinculación funcionarial, estatutaria o laboral con la entidad solicitante a fecha de presentación de la solicitud y se habrá de mantener durante todo el período de ejecución de las actuaciones. El investigador o investigadora principal podrá incluir en su equipo de investigación a una persona investigadora con la consideración de coinvestigador o coinvestigadora principal, que deberá tener vinculación laboral estable con la misma entidad solicitante o con cualquier otra entidad que tenga la condición de agente del Sistema Andaluz del Conocimiento.

2. Periodo de ejecución: El plazo de ejecución de las actuaciones objeto de la ayuda será desde la fecha establecida en la resolución de concesión hasta, como máximo, el 28 de febrero de 2023.

En casos debidamente justificados, el órgano concedente podrá autorizar ampliaciones del citado plazo, previo expediente instruido al efecto, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 21.a).1.b) del punto 21 del cuadro resumen de las bases reguladoras del programa de ayudas a acciones complementarias de I+D+i de la Orden de 7 de abril de 2017. En cualquier caso, dicha duración estará sujeta a las limitaciones temporales impuestas por el Marco Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020.

3. Todas las entidades beneficiarias deberán cumplir al menos, en cuanto al procedimiento de contratación, las normas previstas para entidades con poder adjudicador, de acuerdo con lo recogido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El párrafo anterior resulta de aplicación sin perjuicio de la concurrencia o no de los requisitos previstos en la citada norma para la consideración de poder adjudicador. En el caso de que la citada disposición le sea de aplicación en un régimen más restrictivo, se estará a lo dispuesto en la citada norma.

Quinto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras del programa de ayudas a la I+D+i, en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020), aprobadas por Orden de 7 de abril de 2017 (BOJA núm. 71, de 17 de abril).

Sexto. Cuantías.

La dotación máxima de la línea de subvención es de 2.750.000,00 de euros para esta convocatoria.

Séptimo. Calendario de pagos y justificación.

Se tiene previsto para las presentes ayudas el siguiente calendario de pagos y justificación:

- Un primer pago del 45,46% del total de la ayuda, como anticipo con justificación diferida, una vez notificada y aceptada la resolución de concesión. El plazo máximo establecido para la presentación de la documentación relativa a la justificación del 25% del total de la ayuda será de seis (6) meses tras la materialización del primer pago.

- Un segundo pago del 27,27% del total de la ayuda en 2022, como anticipo con justificación diferida, una vez justificado el primer 25% del total de la ayuda. El plazo máximo para la presentación de la documentación relativa a la justificación de este segundo pago coincidirá con el plazo límite establecido para la justificación final de la ayuda.

- Un tercer y último pago del 27,27% del total de la ayuda en 2023, con el carácter de pago en firme una vez justificada la totalidad de la ayuda concedida. El plazo máximo para la presentación de la documentación relativa a la justificación final es de tres (3) meses tras la finalización del plazo de ejecución.

- Este calendario de pagos y justificaciones se considera adecuado y compatible con la finalidad del incentivo que es incrementar la tasa de transferencia de conocimiento entre los agentes públicos del Sistema Andaluz del Conocimiento y el sector productivo, fomentando la realización de las actividades que se reseñan en el punto Segundo de la presente resolución.

Octavo. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será desde las 00:01 h del día siguiente de publicación en BOJA de la presente convocatoria hasta las 15:00 h del decimoquinto día hábil posterior. La presentación de las solicitudes fuera del plazo establecido dará lugar a su inadmisión.

Noveno. Formularios.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en este Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) junto con la convocatoria.

La Secretaria General de Universidades, Investigación y Tecnología.

Descargar PDF