Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 27/07/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Extracto de la Resolución de 21 de julio de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía para el ejercicio 2021 en las líneas 1 y 2.

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BDNS (Identif.): Línea 1: 576086, línea 2: 576089.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

http:// www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index

y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convocan, en el ámbito de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las siguientes líneas de subvenciones: la línea 1, de subvenciones para la conservación-restauración de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía. Así como la línea 2, de subvenciones para la realización de inventarios que faciliten el conocimiento de los bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las entidades religiosas inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, conforme al Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se aprueba el Registro de Entidades Religiosas que tengan la propiedad, la posesión o sean titulares de otros derechos sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

En el caso de las circunscripciones territoriales de la Iglesia Católica, podrán solicitar las subvenciones aquellas acreditadas por el Registro de Entidades Religiosas que hayan notificado su personalidad jurídica, conforme a la Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, sobre inscripción de entidades católicas en el Registro de Entidades Religiosas, que tengan la propiedad, la posesión o sean titulares de otros derechos sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Tercero. Objeto.

Las subvenciones tienen por objeto la realización de actuaciones en materia de conservación-restauración e inventario sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

La convocatoria se regirá por la Orden de 13 de diciembre de 2019 (BOJA núm. 242, de 18 de diciembre), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, así como por las modificaciones introducidas en el articulado de la misma por la disposición final segunda del citado Decreto-ley 5/2021, de 30 de marzo (BOJA núm. 27, de 31 de marzo)

Quinto. Cuantía.

1. La concesión de las subvenciones se financiará, con cargo a la partida presupuestaria de gasto 1800 01 0000 G/45B/78301/00 01 2019000315, siendo la cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria de 1.835.166 €, según el siguiente desglose por cada línea de subvención, estando limitadas, en todo caso, por las disponibilidades presupuestarias existentes:

1800010000 G/45B/78301/00 2019000315 2021 2022 Total
Línea 1 790.083 € 790.083 € 1.580.166 €
Línea 2 127.500 € 127.500 € 255.000 €
Total líneas 1 y 2. 917.583 € 917.583 € 1.835.166 €

2. La dotación de cada una de las líneas se expone en el cuadro anterior. El importe máximo de la subvención para la línea 1 será de 30.000 euros siempre que dicho importe no supere el ochenta por ciento del presupuesto aceptado del proyecto. El importe máximo de la subvención para la línea 2 será de 15.000 euros siempre que dicho importe no supere el ochenta por ciento del presupuesto aceptado del proyecto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será desde las 12:00 horas del día siguiente hábil al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta las 12:00 horas del 10 de septiembre de 2021.

Séptimo. Órganos competentes y entidad colaboradora.

1. El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones será la persona titular de la Dirección General competente en materia de patrimonio histórico, por delegación de la persona titular de la Consejería, conforme a la disposición adicional primera de la Orden de 13 de diciembre de 2019.

2. El órgano competente para la instrucción, emisión de la propuesta provisional y definitiva de resolución, así como cualquier otro trámite necesario con carácter previo a la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones, será el Servicio competente en materia de conservación-restauración para la línea 1 y el Servicio competente en materia de inventario para la línea 2.

3. El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico actuará como entidad colaboradora, en aplicación del artículo 8 bis de las Orden de 13 de diciembre de 2019.

Octavo. Tramitación de urgencia.

Se aplica a este procedimiento la tramitación de urgencia por la presencia de razones de interés público, ya que la financiación de la actividad subvencionada se ejecuta con cargo a créditos del autofinanciado correspondientes al ejercicio presupuestario de 2021, siendo por tanto necesario que el procedimiento de resolución de concesión de la subvención se desarrolle dentro de los plazos que se establezcan para la ejecución de las distintas fases presupuestarias.

Noveno. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Así mismo, se pueden obtener en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24518/datos-basicos.html

La Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico, P.D. (Orden de 13.12.2019, BOJA número 242, de 18.12.2019), el Director General de Patrimonio Histórico y Documental, Miguel Ángel Araúz Rivero.

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