Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 168 de 01/09/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 3 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la I Edición de los Premios Andalucía ES, regulados por la Orden de 12 de junio de 2021, por la que se crean los Premios para la Economía Social «Premios Andalucía», y se establecen sus bases reguladoras. (BOJA núm. 115, de 17.6.2021).

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Por Orden de 12 de junio de 2021 (BOJA núm. 115, de 17 de junio de 2021), se crean los Premios Andalucía ES y se aprueban sus bases reguladoras; premios dirigidos a galardonar proyectos y estudios de investigación que abogan por el desarrollo de la economía organizada de manera asociada y cooperativa en la producción, distribución, circulación y consumo de bienes y servicios.

El artículo 5 de la referida Orden de 12 de junio de 2021 dispone que los premios se convocarán periódicamente mediante resolución de la persona titular del órgano directivo competente en materia de economía social, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de economía social, resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO

Primero. Objeto.

Se convoca la I Edición de los Premios Andalucía ES, en todas sus modalidades, regulados en la Orden de 12 de junio de 2021.

a) Premio al mejor proyecto innovador y/o de esfuerzo empresarial.

b) Premio al mejor proyecto de nueva creación.

c) Premio al mejor proyecto de economía circular.

d) Premio al mejor proyecto de difusión.

e) Premio al mejor proyecto realizado por y para mujeres.

Segundo. Candidaturas.

1. Podrán participar en las modalidades a), b) y c) de los premios convocados, las sociedades cooperativas andaluzas.

2. Podrán participar en la modalidad d) de los premios convocados, las personas físicas o entidades, públicas o privadas andaluzas, relacionadas con el ámbito de la economía social, en los términos del artículo 5.1 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social.

3. Podrán participar en la modalidad e) de los premios convocados, las entidades, públicas o privadas, relacionadas con el ámbito de la economía social, en los términos del artículo 5.1 de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, cuyo órgano de administración o de toma de decisiones esté constituido en su mayoría por mujeres.

4. En todo caso, las candidaturas tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 12 de junio de 2021.

Tercero. Presentación de las candidaturas.

1. Las personas y entidades interesadas en participar en estos premios deberán presentar su candidatura según modelo del Anexo I que acompaña a la presente convocatoria, así como la documentación preceptiva, a través de la Oficina Virtual de la Consejería competente en materia de economía social, en la siguiente dirección electrónica

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/procedimientos/detalle/ 24413/datos-basicos.html

A estos efectos, deberán disponer de un sistema de firma electrónica o certificado electrónico válido de conformidad con lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. El plazo de presentación de candidaturas será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. La candidatura se acompañará de la documentación establecida para cada modalidad de premio de conformidad con el artículo 12 de la Orden de 12 de junio de 2021.

Cuarto. Cuantía de los premios y financiación.

1. La cuantía económica global para los premios asciende para esta convocatoria a un total de 24.000 euros, cantidad que se imputará a la partida presupuestaria 1000018069 G/72C/47103, asignando a cada modalidad de premio una cantidad de 4.800 euros a tanto alzado.

2. En el caso que alguna modalidad de premio se declare desierta, el importe destinado a esa modalidad incrementará la cuantía del resto de las modalidades en igual proporción.

Quinto. Valoración de las candidaturas y selección de los proyectos.

1. Un jurado evaluará las candidaturas y seleccionará los proyectos de acuerdo con los criterios de valoración establecidos para cada modalidad de los premios en el artículo 8 de la Orden de 12 de junio de 2021.


Modalidad a) Premio al mejor proyecto innovador y/o de esfuerzo empresarial. Reconocimiento por actuaciones encaminadas a diseñar, planificar e implementar medidas de transformación digital, económica y social, que cuenten con una gestión empresarial eficaz.
Modalidad b) Premio al mejor proyecto de nueva creación. Reconocimiento por proyectos empresariales que destaquen por su creatividad, originalidad y singularidad.
Modalidad c) Premio al mejor proyecto de economía circular. Reconocimiento a la adopción en la empresa de los principios de reducción, reutilización y reciclaje, en sus procesos de producción, circulación y/o consumo.
Entidades destinatarias: Sociedades cooperativas andaluzas.
Criterio Descripción Baremo
a) Innovación, excelencia u originalidad del proyecto. Se valorarán proyectos que aporten un valor añadido a la entidad mediante el uso de nuevas tecnologías, favoreciendo la economía digital y la economía de escala en los procesos de producción, el incremento de la competitividad y el nacimiento de nuevos productos o servicios. Hasta 40 puntos.
b) Esfuerzo inversor.
Se valorará el esfuerzo inversor, ya sea de capital, recursos materiales o humanos, favoreciendo a aquellas entidades cuya capacidad de inversión ordinaria sea limitada, ya sea por menor volumen de negocio o por menor capacidad técnica y de recursos humanos. En concreto, se tendrán en cuenta:
- La compra de activos tecnológicos.
- La implantación de recursos de eficiencia energética.
- La arquitectura de inclusión para colectivos vulnerables en procesos e infraestructuras.
- La creación o mantenimiento de puestos de trabajo.
La inversión en recursos humanos deberá referirse al mantenimiento y/o creación de nuevos puestos de trabajo en los últimos 12 meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Hasta 25 puntos.
c) Impacto económico-social en el área de influencia, según los siguientes subapartados.
Se valorará la dinamización del proyecto en su área de influencia, su desarrollo en municipios con alta densidad de personas desempleadas, así como su contribución a luchar contra la despoblación y el reto demográfico, favoreciendo aquellas medidas o actuaciones que inciden directamente en la economía de proximidad, así como en el relevo generacional, aprovechando sinergias con otros sectores productivos.
 En el caso que el proyecto se desarrolle en más de un municipio, se considerará la mejor opción en su conjunto en cada uno de los subapartados a valorar.
Hasta 30 puntos, con el siguiente desglose de puntos:
Subapartado c)1 c)1.1.Proyecto que dinamiza la economía a nivel comarcal. Hasta 5 puntos.
c)1.2.Proyecto que dinamiza a nivel provincial o interprovincial. Hasta 10 puntos.
Subapartado c)2 c)2.1.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones en municipios con riesgo de despoblación (densidad de población menor de 12,5 hab/km²). Hasta 5 puntos
c)2.2.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones en municipios con riesgo severo de despoblación (densidad de población menor de 8 hab/km²). Hasta 10 puntos
Subapartado c)3 c)3.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones que permiten retener la población joven (menores de 35 años) en el territorio, garantizando una renovación generacional sostenible y el autoempleo. Hasta 10 puntos

d) Empleabilidad de personas pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables y/o de difícil inserción laboral según los siguientes porcentajes:
Se valorará la empleabilidad de personas mayores de 55, personas con discapacidad y/o familias monoparentales de mujeres, en función del número de personas empleadas y tipología de contrato, en los siguientes porcentajes: Hasta 10 puntos, con el siguiente desglose de puntos:
d)1. Porcentaje de personas empleadas > 25% y hasta el 50% en contratos indefinidos a tiempo parcial. 5 puntos
d)2. Porcentaje de personas empleadas > 25% y hasta el 50% en contratos indefinidos a tiempo completo. 7. 5 puntos
d)3. Porcentaje de personas empleadas > 50% en contratos indefinidos. 10 puntos
e) Implantación de Planes de Igualdad de carácter voluntario. Se valora la implantación del Plan de Igualdad de carácter voluntario. 10 puntos.
f) Implantación o adaptación de medidas de formación permanente de sus personas socias y /o trabajadoras relacionadas con las siguientes temáticas.
f)1. Formación en liderazgo y habilidades directivas.
f)2. Formación en inglés profesional.
f)3. Formación en protección de datos en la entidad.
f)4. Formación en nuevas tecnologías (redes sociales como herramienta empresarial).
f)5. Formación para el fomento del emprendimiento.
Hasta 10 puntos, 2 puntos por cada temática formativa.

g) Contribución del proyecto a la reducción del impacto medioambiental.

Se valorarán los siguientes aspectos medioambientales:
g)1. Innovación en trasportes sostenibl
es.
g)2. Uso de energías renovables.
g)3. Innovación en producción o consumo responsable con impacto social.
g)4. Uso responsable de los recursos naturales.
Hasta 20 puntos, 5 puntos por cada aspecto.
h) Proyectos que contribuyen a la igualdad de género, distintos de los Planes de Igualdad. Se valorará cualquier otra herramienta empresarial, distinta de los Planes de igualdad, que de manera efectiva incida en reducir la brecha de género, en cualquiera de sus manifestaciones: económica, social, profesional. Hasta 5 puntos.
Puntuación máxima: 150 puntos
Puntuación mínima: 90 puntos

Criterios de desempate:
- Primer criterio de desempate: mayor puntuación en los criterios generales según el orden de prelación establecido.
- Segundo criterio de desempate: voto de calidad de la persona que ostenta la presidencia del jurado.
Modalidad d). Premio al mejor proyecto de difusión. Reconocimiento de estudios de difusión y conocimiento de los valores de la economía social, en particular, la transformación digital y de economía
s de escala, el incremento de la competitividad, el compromiso con el desarrollo local, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la cohesión social, la inserción de personas en riesgo de exclusión social, la generación de empleo estable y de calidad, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la sostenibilidad ambiental.
Personas y entidades destinatarias: personas físicas o entidades públicas o privadas andaluzas.
Criterio Descripción Baremo
a) Interés del contenido en cuanto a la visibilización del papel de las entidades de economía social en el sector económico y empresarial andaluz. Se valorará que el contenido aporte visibilización a la economía social en el sector económico y empresarial andaluz. Hasta 20 puntos
b) Implementación del contenido del estudio en proyectos desarrolladores. Se valorará el valor añadido que puede aportar a las entidades de economía social la implementación del contenido del estudio. Hasta 20 puntos.
c) Grado de difusión del trabajo presentado. Se valorará el ámbito geográfico cubierto y audiencia alcanzada. Hasta 15 puntos.
d) Calidad técnica y rigor en el trabajo presentado. Se valorará la narrativa, fotografía, presentación en lenguajes multimedia así como el rigor del estudio. Hasta 10 puntos.
e) Carácter participativo y multilateral del proyecto. Se valorará la colaboración en virtud de patrocinio, esponsorización o mecenazgo. Hasta 10 puntos.
Puntuación máxima: 75 puntos
Puntuación mínima: 45 puntos

Criterios de desempate:
- Primer criterio de desempate: mayor puntuación en los criterios generales según el orden de prelación establecido.
- Segundo criterio de desempate: voto de calidad de la persona que ostenta la presidencia del jurado.

Modalidad e) Premio al mejor proyecto realizado por y para mujeres. Reconocimiento a proyectos empresariales que ponen en valor la labor de la mujer, fomentando su empoderamiento, principalmente en los sectores en los que tienen menor visibilización.
Entidades destinatarias: Entidades de economía social andaluzas.
Criterios Descripción Baremo

a) Ejecución de proyectos en sectores con menor representación femenina.
Se valorará los proyectos que contribuyan al uso de nuevas tecnologías, favoreciendo la economía digital y la economía de escala en los procesos de producción, el incremento de la competitividad y el nacimiento de nuevos productos o servicios, aportando valor añadido. Hasta 30 puntos.

Se valorará que la entidad desarrolle su actividad principal en alguno de los siguientes sectores:
- Construcción.
- Industria manufacturera.
- Información y comunicaciones.
- Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
15 puntos adicionales.
b) Órgano de administración o de gobierno de la entidad esté conformado al 100% por mujeres. 20 puntos.

c) Empleabilidad de mujeres de especial vulnerabilidad.
c)1. Entidades de economía social distintas a centros especiales de empleo o centros de inserción: se valorará la empleabilidad de mujeres dependientes, víctimas de violencia de género, económicamente dependientes, familias monoparentales de mujeres, y cualquier otra situación de vulnerabilidad de la mujer, en función del número de personas empleadas y tipología de contrato, en los siguientes porcentajes: Hasta 10 puntos, con el siguiente desglose de puntos:
c)1.1 Porcentaje de personas empleadas > 25% y hasta el 50% en contratos indefinidos a tiempo parcial. 5 puntos
c)1.2. Porcentaje de personas empleadas > 25% y hasta el 50% en contratos indefinidos a tiempo completo. 7.5 puntos
c) 1.3. Porcentaje de personas empleadas > 50% en contratos indefinidos. 10 puntos
c)2 Centros especiales de empleo o centros de inserción: se valorará la salida al mercado laboral de las mujeres que han seguido un itinerario de inserción y que efectivamente han ingresado en el mercado laboral, en los siguientes porcentajes: Hasta 10 puntos, con el siguiente desglose de puntos:
c) 2.1.Porcentaje de personas (más de un 25% y hasta el 50%) que han seguido un itinerario de inserción y que efectivamente han ingresado en el mercado laboral ordinario en contratos indefinidos a tiempo parcial. 5 puntos
c)2.2. Porcentaje de personas (en más de un 50%) que han seguido un itinerario de inserción y que efectivamente han ingresado en el mercado laboral ordinario en contratos indefinidos a tiempo completo. 10 puntos
d) Impacto económico-social en el área de influencia, según los siguientes subapartados.

Se valorará la dinamización del proyecto en su área de influencia, su desarrollo en municipios con alta densidad de personas desempleadas, así como su contribución a luchar contra la despoblación y el reto demográfico, favoreciendo aquellas medidas o actuaciones que inciden directamente en la economía de proximidad, así como en el relevo generacional, aprovechando sinergias con otros sectores productivos.
 En el caso que el proyecto se desarrolle en más de un municipio, se considerará la mejor opción en su conjunto en cada uno de los subapartados a valorar.

Hasta 30 puntos, con el siguiente desglose de puntos:
Subapartado d)1 d)1.1.Proyecto que dinamiza la economía a nivel comarcal. Hasta 5 puntos.
d)1.2.Proyecto que dinamiza a nivel provincial o interprovincial. Hasta 10 puntos.
Subapartado d) 2 d)2.1.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones en municipios con riesgo de despoblación (densidad de población menor de 12,5 hab/km²). Hasta 5 puntos
d)2.2.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones en municipios con riesgo severo de despoblación (densidad de población menor de 8 hab/km²). Hasta 10 puntos
Subapartado d)3 d)3.Proyecto que favorece o implementa medidas o actuaciones que permiten retener la población joven (menores de 35 años) en el territorio, garantizando una renovación generacional sostenible y el autoempleo. Hasta 10 puntos

e) Contribución del proyecto a la reducción del impacto medioambiental.

Se valorarán los siguientes aspectos medioambientales:
e)1. Innovación en trasportes sostenibles.
e)2. Uso de energías renovables.
e)3. Innovación en producción o consumo responsable con impacto social.
e)4. Uso responsable de los recursos naturales.
Hasta 20 puntos, 5 puntos por cada aspecto.
Puntuación máxima: 125 puntos
Puntuación mínima: 80 puntos

Criterios de desempate: Primer criterio de desempate: mayor puntuación en los criterios generales según el orden de prelación establecido.
- Segundo criterio de desempate: voto de calidad de la persona que ostenta la presidencia del jurado.

Sexto. Aprobación de los formularios.

Se aprueban para la presente convocatoria los formularios que acompañan como anexos y que a continuación se relacionan, a los que deberán ajustarse las candidaturas presentadas, así como la aportación de documentación y la manifestación de aceptación o renuncia al premio.

a) Formulario de solicitud- candidatura (Anexo I).

b) Formulario de subsanación de deficiencias (Anexo II).

c) Formulario de aceptación o renuncia (Anexo III).

Séptimo. Notificación y publicación.

1. El órgano directivo competente en materia de materia de economía social, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de economía social, dictará la resolución de concesión, que será publicada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y en la sede electrónica de la Consejería competente en materia de economía social, esto último con fines informativos.

2. Aquellos actos que cursarse de forma individual, se practicarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica habilitada para la práctica de notificaciones electrónicas

http://www.andaluciajunta.es/notificaciones

según lo indicado en el formulario de la solicitud-candidatura (Anexo I).

Octavo. Entrega de premios y divulgación.

1. La entrega de premios se llevará a cabo en la fecha, lugar y forma que se indiquen en la resolución de concesión de la presente convocatoria. La Consejería competente en materia de economía social realizará la correspondiente difusión del evento.

2. La Consejería competente en materia de economía social podrá difundir el contenido de los proyectos premiados, sin derecho a contraprestación económica alguna, durante un período máximo de 24 meses desde la resolución de concesión del premio.

3. Las entidades de economía social andaluzas premiadas podrán divulgar sus proyectos, en cuyo caso deberán incorporar de modo visible el logotipo oficial de la Junta de Andalucía, así como el logotipo de los premios, haciendo referencia de forma destacada a la modalidad de premio en la que fueron galardonados, edición y órgano convocante del mismo, en los términos que se establezcan por la Consejería competente en materia de economía social.

Noveno. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Sevilla, 3 de agosto de 2021.- La Consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 12.6.2021, BOJA núm. 115, de 17.6.2021), la Directora General de Trabajo Autónomo y Economía Social, Susana Romero Román.

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