Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00197654.
COMUNIDAD DE REGANTES BARRANCO DEL HUNDIDERO DE ÍZBOR-EL PINAR (GRANADA)
Por medio del presente se convoca para Asamblea General Extraordinaria a todos los usuarios de la Comunidad, que tendrá lugar el sábado siguiente a los quince días hábiles transcurridos después de la publicación en BOJA de esta convocatoria, a las 19:00 horas en primera convocatoria y a las 19:30 horas en segunda, en la Biblioteca de Ízbor-El Pinar (Granada), con sujeción al siguiente Orden del Día:
1. Lectura de las dos actas anteriores y aprobación, si procede.
2. Aprobación de los proyectos o actuaciones, su ejecución, la disponibilidad de las infraestructuras, el compromiso de financiación y la solicitud de subvención pública según la Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a comunidades de regantes, juntas centrales y comunidades generales, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a mejora de regadíos en actuaciones de ámbito general, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2.014-2.020 (submedida 4.3, operación 4.3.1, línea 4.3.1.1).
3. Aprobación de la designación del representante legal autorizado para la aceptación de la subvención y para realizar los trámites administrativos relacionados con la misma, en la siguiente persona: Don Antonio Pablo Romero Gandullo, con DNI núm. 29.438.390-T.
4. Aprobación del acuerdo por el que se adquiere el compromiso de mantener las inversiones realizadas en el patrimonio del beneficiario y en correcto funcionamiento al menos durante cinco años a contar desde la fecha del pago final.
5. Ruegos y preguntas.
Ízbor-El Pinar, 10 de agosto de 2021.- El Presidente, José Murillo López.
Descargar PDF