Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 180 de 17/09/2021

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Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Anuncio de 10 de septiembre de 2021, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 8 de septiembre de 2021 por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo que se cita al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 196/2021.

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En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado número 196/2021, interpuesto por don Rubén Leal García en nombre y representación de don Francisco Javier Nieto Jiménez contra la Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, de fecha 13 de abril de 2021, dictada en el expediente SE/CEC/0031/2020, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, de fecha 16 de febrero de 2021, por la que se resuelve la denegación de incentivos públicos dirigidos a financiar los costes salariales derivados de la creación de empleo indefinido en la Comunidad Autónoma Andaluza de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, regulados mediante Orden de 7 de febrero de 2017 y convocados mediante Resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, de 28 de abril de 2020, al Centro Especial de Empleo Francisco Javier Nieto Jiménez, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que, admitida la demanda, el Secretario Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.

Segundo. Con arreglo al art. 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente administrativo se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.

RESUELVO

1.º Acordar la remisión del expediente administrativo correspondiente a la entidad Centro Especial de Empleo Francisco Javier Nieto Jiménez, expediente administrativo SE/CEC/0031/2020, a que se contrae el mencionado recurso, al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Cinco de Sevilla.

2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento abreviado núm. 196/2021 para que puedan personarse como demandados en las actuaciones, en el plazo de nueve días ante la Sala en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de septiembre de 2021.- La Directora, María del Mar Rull Fernández.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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