Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 05/10/2021

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Cuarta. Admisión de aspirantes.

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Mediante Resolución de Alcaldía núm. 1544, de fecha 10 de septiembre de 2021, se acuerda la aprobación de la convocatoria y bases para la selección de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2021, 2 Técnicos de Administración General (A1) y 2 Técnicos de la Escala de Administración Especial (A2), del tenor literal siguiente:

«Visto que la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2021 se aprobó por Decreto de Alcaldía núm. 1183/2021, de 14 de julio, y se ha publicado el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz de 3.8.2021 y núm. 147, y el correspondiente anuncio en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 26.8.2021 y núm. 164.

Visto que el sistema selectivo previsto en cada una de las bases para cada una de las cuatro plazas que se proyectan es el de oposición libre como sistema ordinario de selección de conformidad con los artículos 61 del R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y art. 2 del R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y el acceso a cada una de las cuatro plazas es por el turno libre.

Resultando que mediante la presente resolución de conformidad con el principio de economía procesal se aprueban conjuntamente cada una de las bases de las plazas que se detallan en su parte dispositiva que a continuación se expone, con las correspondientes convocatorias que serán igualmente independientes.

En virtud de cuanto se ha expuesto, visto el Informe de la Secretaría General de 31.8.2021 y de la Intervención de Fondos de 8.9.2021, de conformidad con lo dispuesto en el art. 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, vengo en resolver:

Primero. Aprobar la convocatoria y bases con los correspondientes anexos para la selección de las plazas que se detallan a continuación constando cada una de las mismas con sus correspondientes bases y por tanto de convocatorias independientes:

- Convocatoria y bases para la selección de dos (2) plazas de Técnico de Administración General (TAG-A1). Escala de Administración General, Subescala Técnica de Administración General.

- Convocatoria y bases para la selección de un (1) Técnico de Administración Especial (TAE-A2). Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Técnico Medio, Clase Arquitecto Técnico.

- Convocatoria y Bases para la selección de un (1) Técnico de Administración Especial (TAE-A2). Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Técnico Medio, Clase Arquitecto Técnico/Ingeniero Técnico.

Segundo. Ordenar la publicación de las tres bases y sus anexos en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y las correspondientes convocatorias en el Boletín Oficial del Estado, otorgando a los aspirantes un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de cada una de las convocatorias para la presentación de las solicitudes de participación.

Tercero. Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre de la presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.»

Lo que se hace público para general conocimiento en Los Barrios a fecha de la firma electrónica.

Los Barrios, 17 de septiembre de 2021.- El Alcalde, Miguel Fermín Alconchel Jiménez.

BASES QUE HAN DE REGIR LA SELECCIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE ACCESO LIBRE Y SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE DE UNA PLAZA (1) DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, CLASE ARQUITECTO TÉCNICO. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA EL AÑO 2021

Primera. Objeto de la convocatoria.

1. El objeto de esta convocatoria es la provisión mediante nombramiento como funcionario de carrera de la plaza de Arquitecto Técnico de este Ayuntamiento, por el procedimiento de selección de oposición libre, cuyo temario se recoge en el Anexo I.

2. Dicha plaza pertenece a las Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Técnico Medio, Clase Arquitecto Técnico y se encuentra dotada presupuestariamente. Grupo de Clasificación: A. Subgrupo: A2.

3. No se podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

1. Para poder participar en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, de acuerdo con la legislación vigente, en especial, el art. 57 del R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y normativa concordante.

b) Tener cumplidos 16 años y no exceder de 65 años.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación universitaria de Arquitecto Técnico.

2. Los requisitos, establecidos en la presente base, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias.

1. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán, haciendo constar que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas bases, al Ilmo. Sr. Alcalde, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento ubicado en Plaza de la Iglesia, s/n, Los Barrios (11370) o conforme a lo dispuesto en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se incluye la posibilidad de presentar telemáticamente la solicitud de participación en el Registro electrónico del Ayuntamiento de Los Barrios, sede electrónica

https://www.losbarrios.es/oficina-virtual-sede-electronica/.

El modelo de solicitud de participación se encuentra en el Anexo II de las presentes Bases. El plazo de presentación será de veinte días (20) hábiles a partir del día siguiente a aquél en que aparezca extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de un mes, salvo plazo superior debidamente justificado, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el tablón de anuncios electrónico

(https://sede.losbarrios.es/opencms/opencms/sede)

y en tablón de anuncios en soporte papel del Ayuntamiento, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, se indicará el nombre, apellidos y DNI de los aspirantes admitidos y excluidos e indicando las causas de exclusión y concediendo un plazo de diez días hábiles para subsanación de defectos, en su caso.

2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado primero, el Alcalde dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha de comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador. Dicha resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el tablón de anuncios electrónico y tablón de anuncios en soporte papel.

3. La publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz será determinante para el cómputo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

4. Una vez comenzados los procesos selectivos no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, publicándose en el tablón de anuncios electrónico y tablón de anuncios en soporte papel.

5. El orden de actuación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas y en las que se requiera una actuación individualizada, será por el orden alfabético a partir del aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «R», en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por dicha letra, el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra S y así, sucesivamente, de conformidad con la Resolución de 10.2.2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior (BOJA de 15.2.2021).

Quinta. Los Tribunales.

1. Los Tribunales Calificadores para la selección del personal funcionario, cuya composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad y tenderán a la paridad entre mujer y hombre, estarán integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Funcionario de carrera de titulación superior o media o funcionario en quien delegue, designado directamente por el Alcalde-Presidente de la Corporación.

Secretario: El Secretario de la Corporación y como suplente la Secretaria-Interventora de la Corporación.

Vocales: En número de cuatro vocales y suplentes, funcionarios de carrera de titulación superior o media designados directamente por el Alcalde-Presidente de la Corporación.

2. Los miembros del Tribunal, que deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas, contarán con voz y voto, excepto el Secretario que únicamente tendrá voz.

3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo y de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o si se hubieren realizados tareas de preparación a los interesados, comunicándolo a la autoridad convocante. Asimismo, los aspirantes podrán recusarlos. Para la válida constitución del órgano para celebrar sesiones, deberán estar presentes Presidente, Secretario o, en su caso quienes les sustituyan, y dos Vocales, o quienes les sustituyan.

4. Las decisiones se adoptarán por mayoría votos de sus miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad de su Presidente.

5. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan en interpretación de las bases.

6. El Tribunal podrá acordar la incorporación de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Estos asesores se limitarán a valorar los ejercicios correspondientes a su especialidad técnica y colaborarán con el Tribunal exclusivamente en base a dicha especialidad.

Sexta. Sistemas de selección y calificación de los ejercicio.

El sistema de selección para la selección de la plaza convocada es el de oposición libre. La oposición constará de las siguientes pruebas:

Primera prueba: De carácter eliminatorio y obligatoria para todos los aspirantes. Consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 85 preguntas, confeccionadas por los miembros del Tribunal, con 4 respuestas alternativas siendo sólo una de ellas la correcta, basadas en el temario contenido en el Anexo I, las 80 primeras ordinarias y evaluables y las 5 últimas de reserva, que sólo serán valoradas en el supuesto de anulación de alguna(s) de las anteriores. El tiempo concedido para la realización del ejercicio será de 85 minutos.

Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes, excluyéndose a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as. Quedarán automáticamente anulados y sin efecto aquellos impresos de examen en los que consten signos o marcas de identificación.

Tras la realización del ejercicio el Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios electrónico la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la plantilla provisional en el tablón de anuncios electrónico y tablón de anuncios en soporte papel del Ayuntamiento para formular alegaciones a la misma, que se presentarán de la misma forma prevista en la base tercera para la presentación de las solicitudes de participación en el proceso selectivo. Resueltas en su caso las alegaciones presentadas, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios electrónico y en el tablón de anuncios en soporte papel la plantilla definitiva que se empleará para la corrección del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación. En el supuesto de que hubiere que anularse una o varias preguntas, en el acuerdo de publicación de la plantilla definitiva se establecerá la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por el orden en que se contienen en el ejercicio. Después de publicada la plantilla definitiva y corregido el ejercicio, el Tribunal hará pública en los correspondientes tablones la lista de personas aprobadas en el mismo. Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son recurribles de forma independiente a la publicación de la lista de las personas aprobadas.

El ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario la obtención de 5 puntos para considerar superada la prueba. A estos efectos, los 5 puntos se obtienen contestando correctamente a 40 preguntas, no se penalizan ni las respuestas en blanco ni las respuestas erróneas. La puntuación se otorgará proporcionalmente al número de respuestas acertadas correctamente una vez superado el umbral de 5 puntos.

Segunda prueba: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos durante el plazo máximo de dos horas, que proponga el Tribunal referido al contenido del temario incluido en el Anexo I y que será igual para todos los aspirantes. En este ejercicio se valorará, globalmente, la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos contemplados en el programa y su aplicación, las referencias expresas a la normativa que resulta de aplicación, la sistemática y claridad de ideas para la elaboración de una propuesta razonada y el rigor analítico y técnico.

Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes, excluyéndose a aquellos/as candidatos/as en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as mismos/as. Quedarán automáticamente anulados y sin efecto aquellos impresos de examen en los que consten signos o marcas de identificación.

Este ejercicio será leído por el aspirante ante el Tribunal que podrá suspender la lectura cuando la persona aspirante no hubiese contestado alguno de los supuestos propuestos o cuando considere, una vez iniciada la lectura, que el nivel del ejercicio objeto de lectura no alcanza el mínimo exigible de conocimientos para ser susceptible de valoración por el Tribunal. Una vez leído, el Tribunal le podrá formular las cuestiones y/o aclaraciones que estime convenientes relativas a la prueba desarrollada, siendo contestadas oralmente. La calificación de la prueba será como máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

La calificación final para la superación de la oposición vendrá dada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los dos ejercicios previstos, resultando que habrá superado la oposición con propuesta de nombramiento de funcionario de carrera aquel aspirante que haya obtenido el mayor número de puntos en la calificación final. En caso de empate para establecer el orden de mayor a menor puntuación, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y si esto no fuera suficiente, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio, por este orden, y de continuar el empate se recurrirá al orden alfabético de su primer apellido comenzando por la letra «R» y, en su caso, se seguirá las previsiones previstas en la base 4.ª/5 de la presente convocatoria.

Queda prohibido el uso de aparatos o dispositivos electrónicos (móviles, relojes electrónicos, etc), su incumplimiento supondrá la exclusión automática del aspirante del proceso selectivo.

Séptima. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.

1. La fecha y lugar de celebración del primer ejercicio se publicará conforme a lo dispuesto en la base cuarta. El llamamiento a los siguientes ejercicios se efectuará igualmente por el Tribunal mediante publicación el tablón de anuncios electrónico y tablón de anuncios en soporte papel del Ayuntamiento, sin que entre la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente exista un plazo inferior a cinco días hábiles y superior a cuarenta y cinco días hábiles.

2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de las pruebas selectivas aquellos aspirantes que no comparezcan, salvo casos debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal y, en todo caso, la exclusión tendrá lugar cuando el ejercicio sea simultáneo e igual para todos los aspirantes.

3. Iniciadas las pruebas selectivas el Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

4. Si en el transcurso de las pruebas llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará a los órganos competentes de la inexactitud o falsedad en que hubiera podido incurrir el aspirante, a los efectos procedentes.

Octava. Relación de aprobados y bolsa de trabajo.

Al finalizar cada ejercicio, el Tribunal hará públicas, en el tablón de anuncios electrónico y tablón de anuncios en soporte papel del Ayuntamiento la puntuación obtenida de mayor a menor. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuaciones, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevará dicha relación al Alcalde Presidente de la Corporación para que formule el correspondiente nombramiento. Al mismo tiempo remitirá a dicha autoridad el Acta de la última sesión.

No obstante, con la finalidad de garantizar la cobertura de la plaza objeto de convocatoria, en el supuesto de que se produzcan renuncias, o cuando la persona seleccionada carezca de los requisitos previstos en las presentes bases, se podrá requerir al Tribunal Calificador relación complementaria de las personas aspirantes que siguen en el orden decreciente para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera en la Escala, Subescala y Clase convocada, de conformidad con la previsión contenida en el art. 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Así mismo, se creará una bolsa de trabajo con los aspirantes que no hayan sido seleccionados, formándose una lista por orden decreciente atendiendo a la puntuación total obtenida teniendo por tanto preferencia aquellos aspirantes que hayan superado los dos ejercicios y tengan mayor puntuación y, en su defecto, a los puntos obtenidos en el primer ejercicio fijado también por orden decreciente. En caso de empate ser resolverá por sorteo. La inclusión en la bolsa de trabajo no otorga, en ningún caso, derecho a nombramiento, tratándose de una mera expectativa y pudiendo quedar sin efecto en cualquier momento.

Novena. Presentación de documentos.

1. El aspirante propuesto aportará ante el Ayuntamiento, Departamento de Personal ubicado en Edificio Casa de la Cultura, Calle Calvario, s/n, Ayuntamiento, Los Barrios (11.370), o bien a través de la sede electrónica del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días hábiles desde que se hagan pública la relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de los requisitos y condiciones que para tomar parte en las pruebas selectivas se exigen en la base segunda. Los documentos a presentar son los siguientes:

- DNI (documento original escaneado si se presenta a través de sede electrónica o fotocopia compulsada si se presenta presencialmente).

- Título académico (en las mismas condiciones previstas en el apartado anterior).

- Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de la función a desempeñar. No obstante, la Corporación se reserva el derecho de someter a reconocimiento facultativo al candidato, si observase omisiones, insuficiencias o inexactitudes en el documento expedido.

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas y que no se encuentra en situación de incompatibilidad para el ejercicio de la actividad pública de conformidad con la Ley 54/1986, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas.

2. Quienes tuvieren la condición de funcionario público, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración de la que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen del alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieren podido incurrir. En este caso, será propuesto en su lugar el siguiente en orden de puntuación que, habiendo superado las pruebas, no hubiese sido propuesto.

Décima. Nombramiento y toma de posesión.

1. Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos a que se refiere la base anterior, el Alcalde de acuerdo con la propuesta del Tribunal Calificador procederá a efectuar el nombramiento como funcionario de carrera, debiendo tomar posesión en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

2. Si en el plazo previsto no toma posesión salvo causa debidamente justificada, se entenderá que renuncia a la plaza con perdida de todos los derechos derivados de la convocatoria y del nombramiento conferido.

Décimo primera. Normas de aplicación.

La convocatoria se regirá por lo previsto en las presentes Bases y Anexo, y en su defecto se estará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, de Reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado; Decreto 2/2002, de 9 de enero, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía; y demás disposiciones aplicables en esta materia.

ANEXO I

PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA

PARTE GENERAL

Tema 1. La Constitución Española de 1978 (I): Significado, estructura y contenido. Principios generales.

Tema 2. La Constitución Española de 1978 (II): La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas. Delimitación de competencias del Estado y las Comunidades Autónomas. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 3. La Administración Pública: concepto y el principio de legalidad. El Derecho Administrativo: concepto y contenidos. Ley 40/2015, de 1 de octubre: Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del Sector Público. Órganos administrativos.

Tema 4. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 5. El Municipio. Organización y competencias. Servicios mínimos obligatorios.

Tema 6. Régimen de sesiones y acuerdos de los Órganos colegiados locales.

Tema 7. Fuentes del derecho. La Ley: concepto y tipos. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. Límites de los Reglamentos. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales y procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre: Los derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas y los derechos del interesado en el procedimiento administrativo. Capacidad de obrar y concepto de interesado. La representación.

Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre: El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos. Las notificaciones administrativas: régimen jurídico.

Tema 10. Ley 39/2015, de 1 de octubre: El Registro Electrónico General. La obligación de resolver y la suspensión de plazos. El silencio administrativo. Términos y plazos.

Tema 11. Ley 39/2015, de 1 de octubre: Las fases del procedimiento administrativo general. Los recursos administrativos.

Tema 12. El Presupuesto General de las Entidades Locales. Elaboración y aprobación. Los Ingresos de las Haciendas Locales.

PARTE ESPECÍFICA

Tema 13. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales: objeto y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones de los trabajadores contenidos en la ley. Servicios de Prevención y Comité de Seguridad y Salud en los centros de trabajo.

Tema 14. La seguridad y salud en el trabajo en las obras de edificación. Normativa de aplicación. Disposiciones mínimas generales relativas a los puestos de trabajo. Protecciones personales y colectivas. Medidas preventivas y de emergencia, primeros auxilios y servicios sanitarios. El estudio, el estudio básico y el plan de seguridad y salud: Ámbito de aplicación, alcance, contenido documental y tramitación. El libro de incidencias. Obligaciones de contratistas, subcontratistas y trabajadores. Personal con funciones de coordinación y control en las fases de proyecto y obra.

Tema 15. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral. Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y terciaria. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación con la salud. Factores de riesgo. Concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Técnicas preventivas.

Tema 16. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico. El contrato de obras. El anteproyecto y proyecto de obras. Documentación necesaria y tramitación.

Tema 17. Anteproyectos y proyectos de las obras de contratación pública. El proyecto como base técnica del contrato y norma de ejecución de la obra. Presentación del proyecto por el empresario. Clasificación de las obras a los efectos de la elaboración de proyectos. Alcance y contenido documental. Normativa técnica de aplicación. Normas de redacción de proyectos. Supervisión, replanteo y aprobación. Procedimiento de tramitación. La subsanación de errores y responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos.

Tema 18. Los pliegos de la contratación pública de obras. Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales. Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Pliegos de Prescripciones Técnicas Generales. Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Alcance, contenido, requisitos y procedimiento de tramitación.

Tema 19. Los presupuestos en las obras de contratación pública. Sistemas de presupuestación. Los precios: Clases, requisitos que han de reunir, costes directos e indirectos, cálculo y actualización. Las mediciones: Requisitos, alcance y contenido. La formación de los distintos tipos de presupuestos: Cálculo, desglose y contenido de los conceptos que lo integran. Repercusión del importe del presupuesto en la tramitación del proyecto y en la ejecución de la obra. Normativa reguladora.

Tema 20. Las partes que intervienen en la ejecución del contrato público de obra y los medios para su ejecución. Relaciones entre las partes que intervienen en el contrato público de obra. Órganos de la Administración: Funciones, obligaciones y prerrogativas. El contratista y la dirección facultativa: Derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades. Subcontratistas. Los medios para la ejecución de la obra pública: Materiales, maquinaria, instalaciones, medios auxiliares, personal y mano de obra. La cesión del contrato.

Tema 21. El tiempo de ejecución de la obra de contratación pública. La comprobación del replanteo y el inicio. El programa de trabajo. Las anualidades presupuestarias. Los plazos de ejecución: Clases y su significado, modificaciones y prórrogas. Efectos del incumplimiento de los plazos. La suspensión de las obras: Clases y efectos.

Tema 22. El abono de la obra de contratación pública en ejecución. Certificaciones: Carácter, tipos y conceptos integrantes. Mediciones: Requisitos y criterios. Relaciones valoradas: Alcance y criterios de elaboración. Abonos a cuenta por materiales acopiados, instalaciones y equipos. El abono de las unidades de seguridad y salud en el trabajo.

Tema 23. La revisión de precios en las obras de contratación pública. Disposiciones reguladoras. Requisitos para la inclusión de la revisión como cláusula contractual y procedimiento a seguir. Fórmulas polinómicas: Determinación y composición. La revisión de precios en las certificaciones, modificaciones y liquidación del contrato. Adicionales de revisión de precios.

Tema 24. Modificaciones en el contrato de obras. Prerrogativas, prohibiciones, limitaciones y efectos. Clases de variaciones y su consideración. Procedimiento de tramitación. Contenido del proyecto modificado.

Tema 25. La extinción del contrato público de obra. La extinción normal del contrato. La recepción de la obra: Procedimiento, tipos y efectos. El período de garantía y el cumplimiento del contrato: Procedimiento y efectos. La resolución del contrato: Causas, procedimiento y efectos. La responsabilidad del contratista por vicios ocultos.

Tema 26. El abono de la obra ejecutada y la liquidación del contrato público de obra. La medición general: Procedimiento y criterios de elaboración. La certificación final de las obras: Procedimiento y contenido. Liquidación del contrato: Alcance, contenido, procedimiento de tramitación y efectos. Liquidación en caso de resolución del contrato. Liquidación en los casos de contratación conjunta del proyecto y ejecución de obra.

Tema 27. Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas para Andalucía. Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

Tema 28. El Código Técnico de la Edificación (CTE). Concepto y régimen jurídico. Documentos que lo integran.

Tema 29. CTE DB-SI. Documento Básico Seguridad De Utilización Y Accesibilidad (Real Decreto 314/2006). Real Decreto legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, por el que se aprueba la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Orden VIV/561/2010, de 1de febrero.

Tema 30. Documento Básico de Seguridad Estructural (DBSE). Documento Básico de Seguridad Estructural-Acciones en la edificación (DBSE-AE).

Tema 31. CTE DB-HS Documento Básico de Salubridad. Normas de abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas del municipio de Los Barrios (ARCGISA).

Tema 32. CTE DB-SI. Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (Real Decreto 314/2006).

Tema 33. Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los Establecimientos Industriales (RSCIEI) (Real Decreto 2267/2004)

Tema 34. Naturaleza de los terrenos. Terrenos aptos y no aptos para la construcción. Movimiento y asientos del terreno, causas.

Tema 35. El estudio geotécnico. Técnicas utilizadas. Interpretación de resultados. Contenido y obligatoriedad del mismo para las obras de construcción.

Tema 36. Normativa vigente de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Actividades de carácter ocasional y extraordinario en Andalucía.

Tema 37. Ordenanza núm. 3 Zonas Verdes y Arbolado Urbano del Ayuntamiento de Los Barrios.

Tema 38. Decreto 127/2001, de 5 de junio, sobre medidas de seguridad en los parques infantiles. Las normas europeas UNE-EN 1176 y UNE-EN1177 de seguridad para parques infantiles en España.

Tema 39. Movilidad y Seguridad Vial en el entorno urbano: factores determinantes en la seguridad vial de las ciudades, velocidad, visibilidad, distancia de detención, segregación y compatibilidad entre coches, motos, peatones y bicicletas, ubicación de paradas de transporte público y reservas de carga y descarga y personas de movilidad reducida respecto a las zonas de cruce de peatones. Otras técnicas para la mejora de la seguridad vial en la ciudad.

Tema 40. Aplicación de la ITC-09 al Sistema de Alumbrado Público.

Tema 41. Aplicación de la ITC-028 al Mantenimiento de Instalaciones Eléctricas de Edificios Públicos.

Tema 42. El informe de Evaluación de Edificios.

Tema 43. Régimen y contenido del derecho de propiedad del suelo. Bases del régimen del suelo: criterios básicos de utilización y situaciones básicas de suelo. Evaluación y seguimiento del desarrollo urbano y viabilidad técnica y económica de las actuaciones sobre el medio urbano.

Tema 44. Actuaciones de transformación urbanística y actuaciones edificatorias. Estatuto básico de la promoción de las actuaciones urbanísticas.

Tema 45. El régimen de valoraciones. La expropiación forzosa y la responsabilidad patrimonial. La función social de la propiedad y la gestión del suelo. La Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras.

Tema 46. Los instrumentos de ordenación urbanística. Especial referencia a los Planes Generales de Ordenación Urbanística, los Planes Parciales de Ordenación y los Planes Especiales.

Tema 47. La ejecución de los instrumentos de planeamiento. Los proyectos de urbanización. La reparcelación. El sistema de expropiación. El sistema de cooperación. El sistema de compensación.

Tema 48. El Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Los Barrios. El Documento de cumplimiento de la Resolución de la Aprobación Definitiva del PGOU de Los Barrios.

Tema 49. Intervención en la edificación y uso del suelo en Andalucía. Disciplina urbanística: régimen jurídico. Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía, Decreto 60/2010, de 16 de marzo .

Tema 50. Decreto Ley 3/2019, de 24 de septiembre, de Medidas Urgentes para la Adecuación Ambiental y Territorial de las Edificaciones Irregulares.

Tema 51. Obras en edificios existentes. Tipos y descripción. Estudios, análisis, investigaciones previas y trabajos preparatorios. Diagnosis y tratamientos. Contenido específico del proyecto de ejecución. Procesos de ejecución. Evaluación de riesgos y medidas de salud y seguridad en el trabajo. Factores de influencia en la determinación de los precios.

Tema 52. Daños y defectos en los edificios. Las humedades y las fisuras: Tipos, características, causas, efectos, prevención y tratamiento. Patologías de la madera: Tipos, características, causas, efectos, prevención y tratamiento. Otros daños y defectos.

Tema 53. Demoliciones. Apeos provisionales o definitivos. Sistemas de derribo. Sistemas de seguridad.

Tema 54. El uso, conservación y mantenimiento de los edificios. Normativa reguladora. Estudios y previsiones en el proyecto sobre conservación y mantenimiento. Previsiones. La documentación de la obra ejecutada. El libro del edificio. Instrucciones de uso, conservación y mantenimiento.

Tema 55. El control de calidad en las obras de edificación. Normativa de aplicación. Organigrama del control. Programa de control de calidad. Certificaciones de conformidad y distintivos de calidad. Registro y justificación documental de los controles realizados. Las entidades y los laboratorios de control de calidad. Acreditaciones. Valoración y abono del control de calidad en las obras de contratación pública.

Tema 56. Gestión de residuos de construcción y demolición.

Tema 57. Planes de autoprotección. Concepto. Documentos que los componen. La norma básica de autoprotección: Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, y Real Decreto 1468/2008, de 5 de septiembre, por el que se aprueba la norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

Tema 58. Plan local de instalaciones deportivas de Los Barrios.

Tema 59. Plan de movilidad urbano sostenible de Los Barrios.

Tema 60. Plan de Gestión Energética Municipal de Los Barrios.

Tema 61. Normativa básica estatal y normativa andaluza sobre Violencia de género: Concepto, tipología y manifestaciones de violencia de género. Principios rectores y medidas en el ámbito laboral. Normativa básica estatal y normativa andaluza sobre Igualdad efectiva de mujeres y hombres: Principios generales e Integración de la perspectiva de género en las políticas públicas.

Nota: la normativa a aplicar en la respuesta al ejercicio tipo test y a la resolución del supuesto práctico será la que se encuentre vigente al momento de realización de cada prueba.

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