Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 08/10/2021

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Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 4 de octubre de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se aprueba el listado provisional de personas adjudicatarias y el listado provisional de personas no adjudicatarias, correspondientes a la convocatoria de ayudas de Acción Social por discapacidad del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2019.

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Con motivo de la entrada en vigor del Decreto Ley 1/2012, de 19 de junio, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 122, de 22.6.2012), la Convocatoria de Ayudas de Acción Social del personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, quedó en suspenso por así disponerlo el artículo 31 del citado decreto-ley.

Sin embargo, la posterior aprobación de la Ley 3/2012, de 21 de septiembre, de Medidas Fiscales, Administrativas, Laborales y en materia de Hacienda Pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 192, de 1.10.2012) ha exceptuado en su artículo 28 de tal suspensión las ayudas referidas a la atención a personas con discapacidad.

En la Resolución de 14 de mayo de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se aprueba la convocatoria de Ayuda de Acción Social por discapacidad, correspondiente al ejercicio 2019, del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía, en su Décima regula una vez evaluadas las solicitudes admitidas y subsanadas, se aprobarán los siguientes listados:

a) «Listado Provisional de Personas Adjudicatarias». Incluirá a las personas provisionalmente adjudicatarias, reflejando el orden de preferencia que ocupan y el importe provisional a conceder. La inclusión en el citado listado no implicará que la misma vaya a resultar en todo caso beneficiaria de la ayuda.

b) «Listado Provisional de Personas no Adjudicatarias». Incluirá a las personas respecto de las que no se han podido obtener datos de renta de la Agencia Tributaria. A efectos de subsanaciones, sólo se admitirá documentación expedida por AEAT donde consten las rentas obtenidas en el año 2019.

Al mismo, el presente listado comprenderá aquellos solicitantes cuya renta baremable supere la cantidad de 22.264,15 euros, así como aquellos que reuniendo los requisitos necesarios para la obtención de la ayuda puedan verse afectados por el agotamiento del crédito presupuestario.

La Base Séptima de la Convocatoria dispone que las resoluciones mediante las que se aprueben todos los listados a que se refieren las bases de la misma, serán insertadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En virtud de las competencias atribuidas por el art. 11 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, el Director General de Oficina Judicial  y Fiscal

RESUELVE

Primero. Aprobar el «Listado Provisional de Personas Adjudicatarias» y el «Listado Provisional de Personas no Adjudicatarias».

Los listados quedarán expuestos en el «Portal Adriano»

http://portaladriano.justicia.junta-andalucia.es/portal/adriano/personaladmon/accionsocial/

y un enlace en la web del Empleado Público Andaluz

https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/

así como en los tablones de anuncios de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las provincias, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de las Audiencias Provinciales y Decanatos.

Segundo. Conceder trámite de audiencia por plazo de 15 días hábiles, a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución, con objeto de que los interesados puedan presentar documentación y alegar lo que estimen conveniente en defensa de sus derechos o desistir de su solicitud.

Los escritos podrán presentarse en el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del empleado público

https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/

apartado «Tramitación Electrónica» o en en el Anexo VIII, e irán dirigidos a la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal de la Consejería de Turismo, Regeneración, Turismo y Administración Local, Plaza de la Gavidia, núm. 10, C.P. 41071 Sevilla, en las oficinas de asistencia en materia de registro de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo establecido en el articulo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 4 de octubre de 2021.- El Director General, Carlos Rodríguez Sierra.

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