Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 13/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se somete a información pública el Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002, de 9 de enero.

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Mediante acuerdo de 23 de septiembre de 2021, se inició por parte de la persona titular de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, la tramitación del proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002, de 9 de enero.

La entrada en vigor del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y hasta tanto se apruebe la ley de Función Pública de Andalucía y su desarrollo reglamentario, hace necesario modificar determinados aspectos en materia de función pública, que permiten agilizar los procedimientos de selección de personal funcionario de carrera e interino y los concursos de méritos del personal funcionario.

La Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, establece en el artículo 26 que el concurso es el sistema normal de provisión de puestos de trabajo y en él se tendrán en cuenta únicamente los méritos previstos en las bases de la correspondiente convocatoria de acuerdo con la reglamentación que en su día se apruebe; y el artículo 55.2 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público establece que las Administraciones Públicas seleccionarán a su personal mediante procedimientos que garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

El desarrollo de la Ley 6/1985 se llevó a cabo por el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002, de 9 de enero.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el artículo 133 de la  Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 10.2.d) del Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública, por un plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el proyecto de Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 2/2002, de 9 de enero.

Segundo. El texto del proyecto de decreto quedará expuesto, durante dicho plazo, para general conocimiento:

a) En formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía. El acceso al citado proyecto y al resto de la documentación que conforma el expediente podrá realizarse a través de la siguiente dirección:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/227631.html

b) En formato papel, en las dependencias administrativas de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior (Servicio de Legislación), sita en la C/ Zaragoza, núm. 8, 41001 Sevilla, de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de decreto deberán dirigirse a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. Dichas alegaciones podrán presentarse preferentemente en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General y ello sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de octubre de 2021.- El Secretario General Técnico, Eugenio Pedro Benítez Montero.

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