Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 198 de 14/10/2021

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 28 de septiembre de 2021, del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, de bases para la provisión de un puesto de Intendente Mayor del Cuerpo de la Policía Local, por el procedimiento de libre designación. (PP. 2835/2021).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00199277.

Por Decreto de esta Alcaldía núm. 2021/4736, de fecha 3 de septiembre de 2021, se han aprobado las bases que han de regir el proceso selectivo para cubrir un puesto de Intendente Mayor de la Policía, que a continuación se detallan:

Primera. Objeto.

Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Intendente Mayor del Cuerpo de Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Escala Técnica, categoría Intendente Mayor, Grupo A, Subgrupo A1, mediante el procedimiento de libre designación previsto en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en el artículo 12 de la Ley 13/2001, de Coordinación de Policías Locales de Andalucía.

Segunda. Características del puesto de trabajo.

Las características del puesto de trabajo del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María que se convoca son las que siguen:

Denominación: Intendente Mayor del Cuerpo de la Policía Local.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Escala: Técnica.

Categoría: Intendente Mayor.

(CE) Complemento Específico: 799,76 €/mes.

(AD) Adscripción: Funcionario.

(M) Modalidad: Singularizado.

(GR) Grupo Retributivo: A1.

(CD) Complemento Destino: 28.

(AC) Acceso: Libre designación. Art. 12 Ley 13/2001, de 11.12. Coordinación Policías Locales Andalucía.

(RN) Reservado Nacionales: Sí.

(PD) Plena disponibilidad: Sí.

Incompatibilidad: Sí.

(MD) Mayor dedicación: Dedicación Intensiva.

(TP) CE Tóxico/Penoso/Peligroso: Sí.

(T) CE por turnicidad: No.

(N) CE por nocturnidad: No.

(F) CE por festividad: No.

Titulación: Licenciado, Grado Universitario o equivalente.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

De conformidad con lo establecido en el art. 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, los aspirantes deben ostentar la condición de funcionarios de la máxima categoría de la plantilla del Cuerpo de Policía del municipio, o bien entre funcionarios de otros cuerpos de Policía Local u otros Cuerpos de Seguridad, con acreditada experiencia en funciones de mando y con igual o superior rango y categoría que la del funcionario que ocupa el puesto de superior categoría del Cuerpo de Policía de El Puerto de Santa María (Intendente). Asimismo, deberán estar en situación de servicio activo.

En lo relativo a la estructura de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, se estará a lo dispuesto en el art. 18 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de los Policías Locales de Andalucía; art. 17 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía, y art. 18 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, del Régimen del Personal de la Guardia Civil. En consecuencia y en base al Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, los aspi­rantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos: estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Licenciado, Grado Universitario o equivalente, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de ho­mologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Dis­posiciones de Derecho de la Unión Europea.

Cuarta. Solicitudes.

Publicada la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como el extracto en el Boletín Oficial del Estado, se concederá un plazo de 15 días hábiles para la presentación de solicitudes, contados a partir del siguiente a la publicación en el BOE, y deberán presentarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, en base a lo dispuesto en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015 en relación con el apartado 3 del artículo 14 de dicha ley, y reuniendo la capacidad técnica para realizar las gestiones.

Los aspirantes presentarán junto a la solicitud genérica la siguiente documentación:

- Títulos, certificaciones, diplomas, etc, que consideren justificativos para la valoración de los méritos que aleguen.

- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

- Acreditación de la condición de funcionario de Cuerpos de la Policía Local o de otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, con indicación de rango y categoría, así como de encontrarse en situación de servicio activo.

- Currículum vitae, fechado y firmado, en el que se harán constar los datos y méritos que se relacionen con el conte­nido del puesto solicitado, valorándose especialmente la experiencia en el Cuerpo de la Policía Local o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, los años de servicio, cursos relacionados con el puesto, etc.

- Certificación Oficial actualizada del Secretario de la Corporación o Administración Pública en que presta sus servicios, de la situación administrativa y servicios prestados.

- Certificación Oficial de la superación de proceso selectivo para el acceso a la plaza que ocupa actualmente.

- Titulación académica requerida.

- Proyecto de organización eficiente de la Jefatura de la Policía Local en un municipio de similares características a El Puerto de Santa María, con una población aproximada de 90.000 habitantes, que en épocas vacacionales aumenta considerablemente, numerosos núcleos de población, amplio litoral y una plantilla aproximada de 115 plazas de funcionarios (1 Intendente Mayor, 1 Intendente, 1 Inspector, 4 Subinspectores, 10 Oficiales y 81 Policías) a las que ha de añadírsele 22 plazas de segunda actividad (1 Subinspector, 3 Oficiales y 17 Policías). Los servicios administrativos cuentan con un total de 12 efectivos, entre ellos, una Asesora Jurídica y un Técnico de Gestión. El proyecto deberá presentarse impreso por una sola cara (máximo de 20 páginas) y en soporte digital. Tipo de letra: Times New Roman (Títulos tamaño 14 negritas y resto del texto, tamaño 12 normal).

Quinta. Selección, nombramiento y toma de posesión.

El nombramiento se efectuará por el Sr. Alcalde-Presidente, de conformidad con los principios de igualdad, objetividad, mérito y capacidad, pudiéndose realizar, si se estima conveniente, una entrevista personal con los aspirantes.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), «el órgano competente para el nombramiento, podrá recabar la intervención de especialistas que permitan apreciar la idoneidad de los candidatos.».

El nombramiento se efectuará en el plazo máximo de dos meses contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios y en la web municipal.

La resolución de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte del candidato propuesto de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, y la competencia para proceder al mismo. La toma de posesión se hará en el plazo de tres días hábiles a partir del nombramiento.

Sexta. Remoción del puesto de trabajo.

El aspirante nombrado podrá ser removido libremente de dichas funciones, siendo de aplicación lo establecido en la legislación vigente al respecto, especialmente en el artículo 84 del TREBEP.

Séptima. Protección de Datos.

La participación en el presente proceso implica la prestación del consentimiento por parte de las personas aspirantes para que los datos de carácter personal por ellos facilitados se puedan incorporar para su tratamiento en un fichero automatizado, pudiendo ser comunicado a terceros con la única finalidad del desarrollo de este proceso de selección. El Ayuntamiento de El Puerto de Santa Maria como responsable del fichero de datos personales, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal y, en particular el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Octava. Normativa aplicable.

Esta convocatoria se regirá por las presentes bases y, en su defecto supletoriamente, será de aplicación la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales; el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local; artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Andalucía; Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre) y R.D. 364/1995, de 10 marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Novena. Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma podrá interponerse por los interesados, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según cual sea posterior en el tiempo; o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación; todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente podrá interponer recurso extraordinario de revisión, cuando concurra alguna de las causas establecidas en el artículo 125 de la Ley 39/2015, ante el mismo órgano que dictó el acto, aun cuando éste sea firme en vía administrativa.

El Puerto de Santa María, 28 de septiembre de 2021.- El Alcalde, Germán Beardo Caro.

Descargar PDF