Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 05/01/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de octubre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Quince de Sevilla, dimanante de autos núm. 1305/2018. (PP. 2957/2020).

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NIG: 4109142120180052743.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1305/2018. Negociado: 6.

De: Don Francisco Barral Domínguez.

Contra: Don José Valentín Galera Toledo y doña Soraya Muela Castro.

E D I C T O

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 173/2019

Juez que la dicta: Don Eduardo José Gieb Alarcón.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Diez de octubre de dos mil diecinueve.

Parte demandante: Don Francisco Barral Domínguez.

Parte demandada: Don José Valentín Galera Toledo y doña Soraya Muela Castro.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FALLO

Que, estimando la demanda de don Francisco Barral Domínguez, debo condenar a doña Soraya Muela Castro y don José Valentín Galera Toledo al abono de 573,75 euros, intereses legales y costas del procedimiento, si bien este no las genera.

Contra esta resolución no cabe recurso (artículo 455.1 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

El Magistrado Juez.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Soraya Muela Castro, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, a veintiocho de octubre de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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