Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 20/10/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 7 de octubre de 2021, de la Secretaría General de Interior y Espectáculos Públicos, por la que se publican formularios normalizados de solicitud en materia de espectáculos taurinos y festejos taurinos populares.

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El Reglamento Taurino de Andalucía, aprobado por el Decreto 68/2006, de 21 de marzo, dispone en su artículo 15, que la celebración de cualquier espectáculo taurino requerirá la previa autorización de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía de la provincia donde se vaya a desarrollar, en los términos previstos en dicho reglamento. La autorización podrá referirse a un espectáculo aislado o a una serie de ellos que pretendan anunciarse simultáneamente para su celebración en fechas determinadas.

Asimismo, el artículo 16 del Reglamento Taurino de Andalucía, establece que las solicitudes de autorización a que hace referencia el artículo 15, se presentarán por las empresas taurinas en el modelo normalizado por la Consejería competente en materia de espectáculos taurinos con una antelación mínima de diez días a la fecha prevista para la celebración del espectáculo y en ellas se hará constar y se adjuntará información y documentación diversa. Por Resolución de 4 de abril de 2006, de la Dirección General de Espectáculos y Juego, se normalizaron impresos administrativos en materia de espectáculos taurinos, entre los que figuraba un formulario de solicitud de autorización para la celebración de espectáculos taurinos (formulario 001180).

Las modificaciones normativas acaecidas desde la entrada en vigor del Decreto 68/2006, de 21 de marzo, y de la Resolución de 4 de abril de 2006, han ocasionado que el citado formulario haya devenido obsoleto, sin perjuicio de la necesidad de incluir mejoras para facilitar su uso y hacerlo más accesible, lo que ha implicado su actualización normalizada.

Por otra parte, el Reglamento de Festejos Taurinos Populares de Andalucía, aprobado por el Decreto 62/2003, de 11 de marzo, dispone en su artículo 6 que la celebración de cualquier festejo taurino popular requerirá la previa autorización del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía de la provincia en la que pretenda celebrarse. El procedimiento de autorización se iniciará mediante solicitud de la persona organizadora del festejo taurino popular, con una antelación mínima de 15 días a la fecha prevista para su celebración, debiendo aportarse al efecto diversa documentación, que no coincide plenamente con la establecida en el Reglamento Taurino de Andalucía para la solicitud de autorización de espectáculos taurinos, lo que ha demandado la elaboración y normalización de un formulario de solicitud específico para la autorización de festejos taurinos populares, hasta ahora inexistente.

El artículo 2 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, prevé el uso de formularios normalizados para facilitar a la ciudadanía el cumplimiento de sus obligaciones, ya se trate de modelos de uso obligatorio o no obligatorio.

Serán objeto de normalización e inscripción los formularios a utilizar por las personas y las entidades interesadas en sus relaciones con la Administración de la Junta de Andalucía, entendidos como documentos diseñados para que la persona usuaria introduzca datos estructurados, para ser almacenados y procesados posteriormente. Asimismo, también serán objeto de normalización e inscripción, en su caso, los modelos específicos que se establezcan para el cumplimiento de obligaciones.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «Cuando la Administración en un procedimiento concreto establezca expresamente modelos específicos de presentación de solicitudes, éstos serán de uso obligatorio por los interesados».

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio deberán ser publicados en el BOJA, independientemente de que la norma de la que trae causa sea autonómica o estatal.

Por consiguiente, en virtud de las competencias que ostenta la Secretaría General de Interior y Espectáculos Públicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2.d) del Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, en relación con el artículo 16 del Reglamento Taurino de Andalucía y el artículo 6 del Reglamento de Festejos Taurinos Populares de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Publicar el formulario actualizado, normalizado e inscrito por el órgano responsable del mantenimiento del Registro de Procedimientos y Servicios, número 001180/1D «Solicitud autorización para la celebración de espectáculos taurinos» (Código de Procedimiento: 11479), a los efectos previstos en el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, que se incluye como anexo de la presente resolución.

Segundo. Publicar el formulario normalizado e inscrito por el órgano responsable del mantenimiento del Registro de Procedimientos y Servicios, número 003459D «Formulario de solicitud de autorización para la celebración de festejos taurinos populares» (Código de Procedimiento: 1281), a los efectos previstos en el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, que se incluye como anexo de la presente resolución.

Tercero. La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, siendo desde ese momento los formularios de uso obligatorio por las personas interesadas.

Sevilla, 7 de octubre de 2021.- El Secretario General, Miguel Briones Artacho.

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