Decreto 267/2021, de 21 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.
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El Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, estableció sustanciales modificaciones en las competencias de éstas, de tal manera que la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades pasó a tener atribuidas, entre otras, las competencias en materia de actividades industriales y mineras que, hasta entonces, correspondían a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, manteniendo esta última las competencias en materia de energía.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 del Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, dicha Consejería gestiona sus competencias, en el ámbito provincial, a través de los servicios periféricos correspondientes que, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional sexta del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, se adscriben a las Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.
En una primera fase, mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de 18 de octubre de 2021, se procedió a la adecuación, en la relación de puestos de trabajo, de la adscripción de las unidades administrativas y los puestos de trabajo de los servicios periféricos, afectados por las modificaciones competenciales en materia de energía y en materia de industria y de minas, a los órganos administrativos correspondientes con los programas presupuestarios establecidos en la plantilla presupuestaria.
Por lo tanto, en esta segunda fase, mediante la presente modificación de la relación de puestos de trabajo, se completa su adecuación, creando y modificando aquellos puestos que resultan necesarios para la gestión de las competencias atribuidas en materia de industria y de minas en las Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se han efectuado los trámites oportunos ante la representación de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 162/2006, de 12 de septiembre, por el que se regulan la memoria económica y el informe en las actuaciones con incidencia económico-financiera, la Dirección General de Presupuestos ha emitido informe favorable a esta modificación.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo supone la ampliación de la plantilla presupuestaria, en los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de diciembre de 2021,
D I S P O N G O
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, queda modificada en los términos indicados en el anexo.
Artículo 2. Ampliación de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.
La plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a las Delegaciones Territoriales de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades se amplía en 12 puestos de trabajo dotados, en los términos indicados en el anexo.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de diciembre de 2021
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
ELÍAS BENDODO BENASAYAG | |
Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior |
BOJA nº 246 de 24/12/2021