Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 246 de 24/12/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de enero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Jerez de la Frontera, dimanante de autos núm. 18/2020. (PP. 3628/2021).

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NIG: 1102042120200000048.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 18/2020. Negociado: B.

Sobre: Acción declarativa de dominio.

De: Don José Antonio Santos Grosso y doña María del Rosario García García.

Procurador: Sr. Alberto Arrimadas García.

Letrado: Sr. Fernando Valencia Benítez.

Contra: Herederos de don Vicente Duarte Rodríguez, herederos de doña Josefa Toscano Álvarez, María Dolores López Ramírez, María del Carmen Lahera Toscano, y Ángeles Lahera Toscano.

Procuradoras: Sras. María Isabel Medina Fernández y María Reyes Fatuarte de la Torre.

Letrada: Sra. María Mercedes Fernández Gómez-Abascal Y Rafael Moreno Cabrera.

E D I C T O

En el presente Procedimiento Ordinario 18/2020 seguido a instancia de José Antonio Santos Grosso y María del Rosario García García frente a herederos de don Vicente Duarte Rodriguez y herederos de doña Josefa Toscano Álvarez, se ha dictado sentencia de fecha 9.12.20 que ha sido rectificada por auto de 11.1.21, cuyo tenor literal es el siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

- Estimo la excepción de falta de legitimación pasiva de la demandada doña Ángeles Lahera Toscano, teniendo por allanadas a la presente demanda a doña María del Carmen Lahera Toscano, doña María Dolores López Ramírez y doña María Isabel Medina Fernández.

- Estimo la demanda presentada por el Procurador don Alberto Arrimadas García, en nombre y representación de don José Antonio Santos Grosso y de doña María del Rosario García García, dirigida contra los desconocidos herederos de doña Josefa Toscano Álvarez y de don Vicente Duarte Rodríguez, por lo que procede:

a) Declarar que los propietarios del 100% del pleno dominio de la vivienda sita en Jerez de la Frontera en calle San Vicente, núm. 1, inscrita al folio 104, libro 252, tomo 1.313, finca registral núm. 24.350 del Registro de la Propiedad núm. 1 de Jerez de la Frontera es de los actores don José Antonio Santos Grosso y doña María del Rosario García García.

b) Ordenar la cancelación de la actual inscripción registral que aparece a favor de doña Josefa Toscano Álvarez y don Manuel Vicente Duarte Rodríguez, de la finca núm. 24.350 del Registro de la Propiedad núm. 1 de Jerez de la Frontera; y a su vez se ordene inscribir los referidos derechos de propiedad a favor de los actores.

c) Condenar a los demandados doña María del Carmen Lahera Toscano, doña María Dolores López Ramírez y doña María Isabel Medina Fernández, don Israel Lahera López y don Diego Lahera Toscano y a los demás herederos desconocidos, de doña Josefa Toscano Álvarez y don Vicente Duarte Rodríguez, a estar y pasar por dicha declaración.

- No ha lugar a hacer pronunciamiento en materia de costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sección Octava de la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.

Así por esta mi Sentencia, en primera instancia juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicacion. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr/a. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando Audiencia Pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, doy fe, en Jerez de la Frontera, a fecha anterior.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

Único. El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial autoriza a los Jueces y Tribunales a aclarar en cualquier momento los errores materiales o suplir omisiones en las Sentencias y Autos que se dicten. En el presente caso es obvio que en el fallo de la sentencia, por un error manifiesto, se ha incluido como demandada a doña María Isabel Medina Fernández que es la Procuradora de las demandadas doña María del Carmen Lahera Toscano y doña María Dolores López Ramírez. Siendo así procede subsanar dicho error excluyendo del apartado c) del fallo de la sentencia el nombre de la referida Procuradora.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda aclarar la Sentencia dictada en los presentes autos, solicitada por el Procurador don Alberto Arrimadas García, en nombre y representación de don José Antonio Santos Grosso y María del Rosario García García, en los términos que se han hecho constar en la fundamentación jurídica de la presente resolución.

Lo acuerda y firma S.S.ª; doy fe.

El/la Magistrado/Juez; El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y encontrándose dichos demandados, herederos de don Vicente Duarte Rodríguez y herederos de doña Josefa Toscano Álvarez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.

En Jerez de la Frontera, a veintiuno de enero de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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