Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 28/12/2021

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 28 de noviembre de 2021, del Ayuntamiento de Aznalcázar, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público ordinaria para el año 2021.  (PP. 3572/2021).

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Doña Manuela Cabello González, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Aznalcázar (Sevilla),

Hace saber: Que esta Alcaldía-Presidencia, por Resolución 2021-0884 de fecha de 28 de noviembre de 2021, ha acordado aprobar la Oferta de Empleo Público ordinaria correspondiente a las plazas que a continuación se detallan para el año 2021: 

Personal funcionario

Escala de Administración Especial/Subescala de Servicios Especiales:

GRUPO SUBGRUPO Núm.VACANTES DENOMINACIÓN SISTEMA
DE
ACCESO
C C2 1 Policía Local Oposición Libre

Lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldesa-Presidenta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Aznalcázar, 28 de noviembre de 2021.- La Alcaldesa-Presidenta, Manuela Cabello González.

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