Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 16/02/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 8 de febrero de 2021, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Educación y Deporte, por la que se acuerda ampliar el plazo de presentación de solicitudes al curso de formación específica y ampliación para la habilitación como personas asesoras y evaluadoras del procedimiento de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

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La Resolución de 16 de diciembre de 2020, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Educación y Deporte, por la que se convoca curso de formación específica y ampliación para la habilitación como personas asesoras y evaluadoras de unidades de competencia de determinadas cualificaciones profesionales, para el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 250, de 30 de diciembre de 2020, establece en el apartado 4 de la base sexta que el plazo para presentar las solicitudes de inscripción será el comprendido entre el 20 de enero y el 16 de febrero de 2021, ambos inclusive, que suponen 20 días hábiles.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite en su artículo 32, apartado 1, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.

Conforme al artículo 45, apartado 1, letra b, de la misma ley, este acto administrativo será objeto de publicación, surtiendo esta los efectos de la notificación.

Con el fin de poder contar con un número suficiente de personas asesoras y evaluadoras, que garantice la posibilidad de realizar las convocatorias del procedimiento de acreditación de competencias profesionales para determinadas cualificaciones profesionales, se considera necesario ampliar la difusión de la convocatoria y dar oportunidad a un mayor número de personas de solicitar la participación en el curso de habilitación objeto de la misma.

En virtud de las competencias atribuidas por el artículo 10 del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y por el artículo 11 del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, las personas titulares de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo y de la Dirección General de Formación Profesional

RESUELVEN

Primero. Ampliar en diez días hábiles el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 4 de la base sexta de la Resolución de 16 de diciembre de 2020, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Educación y Deporte, por la que se convoca curso de formación específica y ampliación para la habilitación como personas asesoras y evaluadoras de unidades de competencia de determinadas cualificaciones profesionales, para el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

Segundo. Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de febrero de 2021.- El Director General de Formación Profesional para el Empleo, Joaquín Pérez Blanes; la Directora General de Formación Profesional, María Victoria Oliver Vargas.

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