Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 02/03/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 22 de febrero de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y de la bandera del Municipio de Pinos Genil (Granada).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00187184.

El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Pinos Genil ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo y bandera municipal de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.

Con fecha 29 de diciembre de 2020, el Pleno del Ayuntamiento de Pinos Genil acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, la aprobación definitiva del escudo y la bandera municipal con las siguientes descripciones:

Escudo: «Escudo diseñado en campo sin cuartelar, definido en gris, en el que se plasman en una sola imagen los cinco elementos elegidos como representativos de este municipio: en punta, en sinople, el campo fértil del término cruzado de tres ondas horizontales en azur que representan al río Genil, con una granada en plata en el centro; sobre él el puente que comunica las dos márgenes del río, con el ojo en arco de medio punto y la parte externa en ángulo, sobre el que se apoya la silueta de la iglesia y el pino en sable.

Timbre: Timbrado con la Corona Real cerrada, o española, con cinco de los florones vistos en gules que parten del aro hasta la cruz que la remata, éstos en oro.»

Bandera: «Bandera de endrizar, con una proporción de tres módulos de larga por dos de ancha; dividida en tres franjas horizontales, la superior (I) y la inferior (III) en sinople y la central (II) en onda en azur. En el centro la banda central (III) carga sobre una ondulación el escudo municipal perfilado todo él en plata para aislarlo y resaltarlo de forma limpia y ajustado el eje geométrico de este al centro del vexilo, con una altura de dos tercios del ancho de la bandera.»

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 21 de enero de 2021, se solicitó por esa Entidad Local la inscripción de su escudo y bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y en el artículo 14.1.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo y la bandera del Municipio de Pinos Genil (Granada), con las descripciones indicadas y con las imágenes que obran en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del Municipio de Pinos Genil (Granada) en el mencionado Registro, para incluir dichos símbolos municipales.

Tercero. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de febrero de 2021.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

Descargar PDF