La Junta
Consejo de Gobierno
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00187264.
NIG: 4100442C20160002037.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 482/2016. Negociado: 3M.
Sobre: Contratos en general.
De: BMW Bank GMBH sucursal en España.
Procurador: Sr. Rafael Illanes Sáinz de Rozas.
Letrado: Sr. Francisco Javier Cossío Pérez de Mendoza.
Contra: Jaime Alba Pérez.
EDICTO
Vistos por don Serafín Mora Lara, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm Tres de Alcalá de Guadaíra, los presentes autos de Ordinario 482/16, seguidos ante este Juzgado a instancia de BMW Bank GMBH sucursal en España, representada por el Procurador don Rafael Illanes Sáinz de Rozas, frente a don Jaime Alba Pérez, en situación procesal de rebeldía, y don Ricardo Alonso Gordillo, representado por la Procuradora Sra. Muñoz Pérez.
FALLO
Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por el Procurador don Rafael Illanes Sáinz de Rozas, en nombre y representación de BMW Bank GMBH sucursal en España, contra don Jaime Alba Pérez y don Ricardo Alonso Gordillo, y en consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de dieciocho mil trescientos cincuenta euros con veinticuatro céntimos de euros, más los intereses a que se refiere el fundamento de derecho cuarto.
Alcalá de Guadaíra, a nueve de febrero de dos mil veintiuno.- El Letrado de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
Descargar PDF
Disposición anterior
Disposición siguiente