Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 17/03/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Extracto de la Orden de 5 de marzo de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas previstas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020, que faena en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz en la modalidad de cerco, en relación con la parada adicional y voluntaria correspondiente al periodo del 1 al 28 de febrero de 2021.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00188341.

BDNS (Identif): 552305 y 552306.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva las ayudas destinadas a la paralización temporal adicional y voluntaria para el mes de febrero de 2021 de la flota de cerco con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, reguladas en la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía, que faena en el Caladero Nacional, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014 2020, en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican:

Línea de ayuda Cuantía máxima Anualidad Partida presupuestaria
Paralización temporal de actividades pesqueras (artículo 33.1.c) d
el Reglamento Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Flota con puerto base en Andalucía de la modalidad de cerco que faena en el caladero nacional Golfo de Cádiz.
Armadores: 100.000 euros 2021 1300120000/G/71P/77300/00/G2311145G6/2016000830
Tripulantes: 100.000 euros 2021 1300120000/G/71P/78300/00/G2311145G6/2016000831

El periodo computable para acceder a las ayudas por la parada temporal adicional y voluntaria de la flota de cerco en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz es de 28 días, por un período mínimo de 5 días consecutivos. En el caso que dentro de los periodos mínimos de 5 días consecutivos hubiera días de descanso obligatorio, serán contabilizados como periodo computable.

El periodo subvencionable será, igualmente, de 28 días.

Segundo. Beneficiarios.

Serán beneficiarios de esta línea de ayudas:

a) Las personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores), así como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, encargadas de la explotación de buques pesqueros afectados por la parada temporal que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

b) Los tripulantes que hayan trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.

Tercero. Objeto.

El objeto es la convocatoria de ayudas a la medida destinada a la paralización temporal adicional y voluntaria de la actividad de la flota pesquera con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional del Mediterráneo en la modalidad de cerco en el periodo comprendido entre el 1 y el 28 de febrero de 2021, contenida en el artículo 33.c) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puerto base en Andalucía que faena en el Caladero Nacional, en las modalidades de arrastre de fondo, cerco y palangre de superficie, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).

Quinto. Cuantía.

La dotación de la parada temporal se expone en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota de cerco en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las personas solicitantes en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/14618/datos-basicos.html

Sevilla, 5 de marzo de 2021.- Ana María Corredera Quintana, Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA núm. 106, de 5.6.2019).

Descargar PDF