Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 13/01/2021

4. Administración de justicia

Tribunales de Instancia Mercantil

Edicto de 14 de septiembre de 2020, del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Tercera, dimanante de autos núm. 34/2019. (PP. 3023/2020).

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NIG: 4109142120190001316.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 34/2019. Negociado: 2.

De: Caixa Capital Micro SCR, S.A.U.

Procurador: Sr. Javier Segura Zariquiey.

Contra: Mohammed Dary y Resbioagro, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 34/2019, seguido a instancia de Caixa Capital Micro SCR, S.A.U., frente a Mohammed Dary y Resbioagro, S.L., se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 308/20

En Sevilla, a catorce de septiembre de dos mil veinte.

Vistos por mí, Miguel Ángel Navarro Robles, Magistrado-Juez del Tribunal de Instancia Mercantil, Sección 3.ª de esta Ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos de juicio declarativo sobre responsabilidad de administrador seguidos con el número y entre las partes supra indicadas.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la representación de la entidad actora Caixa Capital Micro SCR, S.A.U., frente a don Mohammed Dary, en su condición de administradores de la entidad Resbioagro, S.L., en calidad de administrador de la anterior, ambos en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la responsabilidad solidaria de dichos demandados a la satisfacción de la deuda social de dicha entidad actuada en las presentes actuaciones y, en su consecuencia, les condeno a estar y pasar por dicha declaración, y a que abone solidariamente a aquella entidad actora la cantidad de 13.070,05.-euros, más los intereses legales, y, todo ello, con expresa imposición de las costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado del Banco Santander núm. 45380-0000-04-0034-19, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código ‘02’, de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita. Igualmente se abonarán previamente las tasas señaladas en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Y encontrándose dicho demandado, Mohammed Dary y Resbioagro, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a catorce de septiembre de dos mil veinte.- El Letrado de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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