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BDNS (Identif.): 555707
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la BDNS
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2021, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones dirigidas al fomento del deporte en edad escolar y para personas con discapacidad, en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (modalidad FCD).
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan en la presente orden, los clubes deportivos y las secciones deportivas andaluzas que presenten una solicitud en los plazos indicados y cumplan con los requisitos establecidos en las correspondientes bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
Promover la organización de las escuelas deportivas y/o la participación en competiciones deportivas oficiales federadas dirigidas a la edad escolar y a personas con discapacidad, en los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía. Se tendrá en cuenta el principio de igualdad establecido en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria está regulada por la Orden de 16 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas al fomento del deporte en edad escolar y para personas con discapacidad, en la actividad desarrollada por los clubes deportivos y secciones deportivas de Andalucía (modalidad FCD) (BOJA núm. 99, de 24 de mayo de 2018).
Quinto. Importe.
El importe máximo del crédito presupuestario para la convocatoria del ejercicio 2021 asciende a 452.000,00 euros. El porcentaje máximo por beneficiario será del 100% del presupuesto de la actividad subvencionada. Se procederá al prorrateo del importe global máximo destinado en la convocatoria en función a la proporción que le corresponde a cada solicitante según la valoración por puntos obtenida, entre los beneficiarios de la subvención. Si queda una cantidad sobrante tras el reparto, se realizarán sucesivas redistribuciones de la misma forma descrita hasta la distribución total del crédito.
La distribución de la cuantía máxima estipulada en el apartado anterior entre las distintas provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como ámbitos de concurrencia competitiva de las ayudas que se convocan, es la siguiente:
Almería: 36.319,00 €.
Cádiz: 38.351,00 €.
Córdoba: 81.192,00 €.
Granada: 89.932,00 €.
Huelva: 68.589,00 €.
Jaén: 31.755,00 €.
Málaga: 49.180,00 €.
Sevilla: 56.682,00 €.
Total: 452.000,00 €.
La imputación presupuestaria se efectúa, en su totalidad, con cargo a créditos del ejercicio 2021.
Sexto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las solicitudes podrán presentarse en los lugares y registros establecidos en el artículo 11 de la Orden de 16 de mayo de 2018, en relación con el apartado 10 del Cuadro Resumen de citada orden.
Séptimo. Exigencia del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
Exigencia, en su caso, de declaración responsable de que todo el personal al que corresponde la realización de esas tareas cuenta con el Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales, según se contempla en la orden de convocatoria de la subvención.
Octavo. Otros datos.
El acceso a las solicitudes para su presentación, la normativa de aplicación y demás datos necesarios que afectan a la presente convocatoria pueden consultarse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía en la dirección
https://juntadeandalucia.es/organismos/educacionydeporte/servicios/procedimientos/detalle/13755/datos-basicos.html
Sevilla, 30 de marzo de 2021
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ | |
Consejero de Educación y Deporte |