Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00190108.
Mediante Decretos de Alcaldía de 4 de febrero de 2021, de 18 de febrero de 2020 y de 19 de julio de 2019, se aprobaron, respectivamente, las ofertas de empleo de los años 2021, 2020 y 2019, esta última, posteriormente modificada por Decreto de 31 de enero 2020. Las referidas ofertas y su modificación, se publicaron según lo dispuesto en el artículo 70.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Por tanto, este Alcalde-Presidente, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, resuelve:
Primero. Las siguientes plazas y aprobar las bases que se transcriben y que han de regir los procedimientos a seguir en dicha provisión.
Segundo. Ordenar la remisión de la presente resolución al BOP y al BOJA para su correspondiente publicación, en cumplimiento del Real Decreto Legislativo 896/1991, de 7 de junio, tras la cual se anunciará la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA PARA PROVISIÓN DE LAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE RINCÓN DE LA VICTORIA (MÁLAGA), INCORPORADAS A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO CORRESPONDIENTES A LOS AÑOS 2019, 2020 Y 2021
PREÁMBULO
Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria para provisión de las plazas vacantes en la plantilla de este Ayuntamiento de Rincón de la Victoria, aprobada por acuerdo de Pleno de 12 de diciembre de 2019, e incorporadas a la modificación de la Oferta de Empleo Público de 2019 (BOP núm. 151, de 7 de agosto de 2019, modificado por BOP núm. 27, de 10 de febrero de 2020), y en la Oferta de Empleo Público de 2020 (BOP núm. 52, de 17 de marzo de 2020).
La realización de las pruebas selectivas se ajustará a los sistemas de oposición en turno libre o promoción interna de acuerdo con lo regulado en los anexos específicos que se acompañan a las presentes bases, con garantía en todo caso de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/85, de 2 de abril, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido sobre disposiciones legales vigentes de Régimen Local, R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y, supletoriamente, en el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Así como la Ley 42/1994, de 31 de diciembre, sobre medidas administrativas y de orden social, y la Ley 70/1978, sobre reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
Las vacantes ofertadas están dotadas económicamente con las retribuciones que el Excmo. Ayuntamiento de Rincón de la Victoria tiene acordadas presupuestariamente para cada nivel y grupo.
Primera. Objeto de la convocatoria.
PERSONAL FUNCIONARIO - TURNO LIBRE
DENOMINACIÓN DEL PUESTO | ESCALA | SUBESCALA | GRUPO DE TITULACIÓN | NÚM. VACANTES | OEP | ANEXO |
POLICÍA LOCAL | ADMINISTRACIÓN ESPECIAL | SERVICIOS ESPECIALES | C1 | 2 | 2019 | A |
POLICÍA LOCAL | ADMINISTRACIÓN ESPECIAL | SERVICIOS ESPECIALES | C1 | 2 | 2020 | A |
INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL | ADMINISTRACIÓN ESPECIAL | TÉCNICA | A2 | 1 | 2020 | B |
ARQUITECTO TÉCNICO | ADMINISTRACIÓN ESPECIAL | TÉCNICA | A2 | 1 | 2021 | E |
TÉCNICO MEDIO. ÁREA RÉGIMEN INTERIOR. RECURSOS HUMANOS | ADMINISTRACIÓN GENERAL | TÉCNICA | A2 | 1 | 2021 | F |
TECNICO MEDIO. ÁREA ECONÓMICA. SUBVENCIONES Y FONDOS EUROPEOS | ADMINISTRACIÓN GENERAL | TÉCNICA | A2 | 1 | 2021 | G |
PERSONAL FUNCIONARIO – PROMOCIÓN INTERNA
DENOMINACIÓN DEL PUESTO | ESCALA | SUBESCALA | GRUPO DE TITULACIÓN | NÚM. VACANTES | OEP | ANEXO |
OFICIAL DE OFICIOS | ADMINISTRACIÓN ESPECIAL | SERVICIOS ESPECIALES | C2 | 1 | 2020 | C |
OFICIAL DE POLICÍA | ADMINISTRACIÓN ESPECIAL | SERVICIOS ESPECIALES | C1 | 2 | 2021 | D |
Segunda. Requisitos.
Requisitos los candidatos a las plazas de Ingeniero Técnico Industrial, Arquitecto Técnico, Técnico Medio de Régimen Interior y Recursos Humanos, Técnico Medio de Subvenciones y Fondos Europeos y Oficial de Oficios:
Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación, así como los contenidos en las correspondientes normas específicas:
a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre. Tener cumplidos los dieciséis años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
b) Estar en posesión del título exigido según se especifica en el Anexo, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes. En caso de aportar título equivalente al exigido, dicha equivalencia deberá ser demostrada por el aspirante mediante certificación expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia en el plazo de presentación de solicitudes.
c) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones del cargo.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Los demás que, en su caso, se especifiquen en el anexo en virtud de la especialidad de las plazas o del sistema selectivo.
f) Estar en posesión de carnet de conducir de la clase B, o estar en condiciones de obtenerlo. Este requisito específico de participación se establece en atención a que el municipio de Rincón de la Victoria está compuesto por distintos núcleos de población, a los que es necesario desplazarse.
Requisitos los candidatos a las plazas de Policía Local:
Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad española.
b) Tener dieciocho años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
d) Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
f) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
h) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.
Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales, salvo el de estatura, que lo será en la prueba de examen médico.
Requisitos los candidatos a las plazas de Oficial de Policía Local:
a) Haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionarios de carrera en los Cuerpos de la Policía Local, en la categoría inmediata anterior a la que se aspira, computándose a estos efectos el tiempo en que haya permanecido en la situación de segunda actividad por causa de embarazo.
b) No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad, salvo que sea por causa de embarazo.
c) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
d) Carecer de anotaciones por faltas graves o muy graves en su expediente personal, en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.
Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales.
Tercera. Solicitudes.
3.1. En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.
3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el modelo normalizado que se encuentra en la página web www.rincondelavictoria.es, declarando que cumple con los requisitos exigidos en la convocatoria y adjuntando el resguardo acreditativo de haber satisfecho la tasa por derechos de examen.
3.3. A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que se establezcan en cada anexo, cantidad que podrá ser abonada mediante ingreso o transferencia bancaria al siguiente número de IBAN ES18 3058 0731 60 2732812541 de la entidad Cajamar, consignando el nombre del aspirante y el código indicado en cada anexo.
3.4. Con la solicitud se presentará la documentación justificativa de los méritos alegados, a valorar en la fase de concurso para las plazas de Oficial de Policía Local.
3.5. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada. Asimismo, indicar que las solicitudes que no hubiesen abonado las tasas por derecho de examen, en el plazo de presentación de solicitudes, quedarán automáticamente excluidas, no pudiendo subsanarse en el plazo referido anteriormente.
Cuarta. Tribunal Calificador.
4.1. El Tribunal calificador estará constituido por un Presidente, cuatro Vocales y un Secretario.
Presidente: A designar por la persona titular de la Alcaldía.
Vocales: Cuatro, a designar por la persona titular de la Alcaldía.
Secretario: El titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.
4.2. No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a titulo individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
4.3. Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.
4.4. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.
4.5. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.
4.6. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.
4.7. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
4.8. A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.
Quinta. Admisión de aspirante.
5.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcadía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.
5.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.
Sexta. Desarrollo del proceso selectivo.
La fecha, hora y lugar en que dará comienzo el primer ejercicio será anunciado con una antelación mínima de 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos de la Corporación y en la página web (www.rincondelavictoria.es). Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de las respectivas pruebas se harán en el Tablón de Edictos de la Corporación, así como en la página web del Ayuntamiento (www.rincondelavictoria.es), con una antelación mínima de 12 horas a su celebración.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Desde la total conclusión de cada prueba/ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y un máximo de 45 días hábiles, siendo el plazo máximo de realización de todos los ejercicios/pruebas de seis meses desde la fecha del primero. Las listas de las puntuaciones de cada una de las pruebas se publicarán en el Tablón de Edictos y en la página web www.rincondelavictoria.es. Los aspirantes podrán presentar reclamación/revisión ante el Tribunal por las notas publicadas en cada una de las pruebas, en el plazo que determine cada Tribunal. Asimismo, sin menoscabo de la mencionada reclamación, los aspirantes podrán interponer los recursos que estimen oportunos en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El desarrollo del proceso selectivo consistirá en la realización de los ejercicios/pruebas que se especifican en cada anexo, siendo éstos de carácter obligatorio y eliminatorio, en el caso de no aprobar cada uno de los ejercicios o pruebas. El Tribunal determinará con anterioridad a la celebración de las pruebas/ejercicios prácticos si los aspirantes pueden utilizar material bibliográfico y de qué tipo.
En el ejercicio/prueba tipo test, solamente una de las cuatro respuestas alternativas será correcta. Asimismo, deberán contestar 10 preguntas adicionales como reservas, las cuáles sustituirán, siguiendo el mismo orden en el que están planteadas, a las preguntas que, en su caso, sean anuladas con posterioridad al inicio del ejercicio por el Tribunal.
Séptima. Calificaciones definitivas, presentación de documentos y propuesta de nombramiento o contratación.
Una vez terminadas las fases correspondientes al procedimiento de selección, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, en la que constará las calificaciones otorgadas, así como las pruebas que la contienen y el resultado final, con la suma y desglose de la puntuación obtenida en cada fase, en su caso, del proceso selectivo, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas.
La relación definitiva de aprobados será elevada por el Tribunal al órgano competente con propuesta como funcionario de carrera o de contratación del aspirante que hubiera alcanzado mayor puntuación, no pudiendo ser mayor el número de candidatos propuestos que el de las plazas convocadas.
En caso de empate en la puntuación final, se resolverá a favor del aspirante que hubiera obtenido mayor puntuación en la segunda prueba de la fase de oposición. En el caso de que ningún aspirante hubiera superado la totalidad de los ejercicios, el Tribunal declarará desierto el procedimiento selectivo.
Los aspirantes a las plazas de Ingeniero Técnico Industrial, Arquitecto Técnico, Técnico Medio del Área de Régimen Interior y Recursos Humanos y Técnico Medio del Área Económica aprobados que no hayan obtenido plaza en propiedad formarán parte de una bolsa de empleo, que regirá el orden de llamamientos para el nombramiento de funcionario interino, cuando surja la necesidad por razón de sustituciones, creación de nuevo servicio, acumulación de tareas, cubrir plaza vacante, programas o planes subvencionados y cualquier otro tipo de necesidad de carácter temporal, de conformidad con la legislación vigente. La duración de la bolsa será de 3 años desde la toma de posesión del funcionario seleccionado. La creación de éstas bolsas de empleo anulará cualquier otra ya creada o publicada con anterioridad, en las referidas categorías.
Octava. Presentación de documentos y nombramiento.
8.1. En el plazo de 20 días hábiles, a contar desde la publicación de la relación de aprobados en el Tablón de Edictos, los aspirantes propuestos deberán presentar la documentación que se relaciona en el Registro General de Entrada:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia compulsada de la titulación académica exigida a cada plaza, o del resguardo del pago de derechos del mismo. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicha base habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.
c) Para las plazas de Ingeniero Técnico Industrial, Arquitecto Técnico, Técnico Medio de Régimen Interior y Recursos Humanos, Técnico Medio de Subvenciones y Fondos Europeos y Oficial de Oficios certificado médico oficial, acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el normal ejercicio de la función.
d) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto 201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.
e) Además, para las plazas de Policía Local:
- Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
- Declaración de compromiso de conducir vehículos policiales.
- Fotocopia compulsada de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
f) Declaración jurada de no encontrarse incurso en causa de incompatibilidad específica conforme a la normativa vigente.
8.2. Quienes tuviesen la condición de personal funcionario estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de la que procedan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
8.3. Quien dentro del plazo fijado no presentasen la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados o en el anexo correspondiente de cada convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario (en prácticas o de carrera), quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en su solicitud, procediéndose a llamar al siguiente aprobado por orden de puntuación.
Cumplidos los requisitos precedentes, el Alcalde-Presidente efectuará el nombramiento de los aspirantes propuestos, quienes deberán tomar posesión en plazo de un mes a contar desde la fecha de la notificación del nombramiento o contratación. Quien no tome posesión en el plazo indicado sin causa justificada, decaerá en todo derecho que pudiera haber adquirido.
Novena. Recursos.
Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Décima. Norma final. En todo lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la normativa indicada en el preámbulo, citado anteriormente.
ANEXO A
Oferta de Empleo: 2019 y 2020.
Denominación de la plaza: Policía Local.
Régimen de la plaza: Funcionario.
Número de plazas: Cuatro.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Grupo: C1.
Sistema de selección: Oposición.
Turno: Libre.
Nivel de titulación: Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
Tasas: Según Ordenanza municipal reguladora de la tasa por derechos de examen. (56 euros).
Código: POL.
1. Proceso selectivo.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:
Primera fase: Oposición.
En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y racionalidad de la selección.
A) Primera prueba: Conocimientos.
Consistirá en la contestación, por escrito de un cuestionario de preguntas tipo test, con respuestas alternativas propuestas por el Tribunal para cada materia de las que figuren en el temario de la convocatoria que se determina en el Anexo A.III a esta convocatoria, así como en la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. En el cuestionario tipo test, por cada respuesta incorrecta se descontará un cuarto del valor de esa pregunta. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en la prueba tipo test y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final, será la suma de ambos dividida por 2. Para su realización se dispondrá de 3 horas, como mínimo, fijando el tribunal la duración máxima.
B) Segunda prueba: Aptitud física.
Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, detalladas en el Anexo A.I de la presente convocatoria, y en el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.
Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas.
Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.
Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con aplazamiento aunque éstas superen las pruebas físicas.
Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo.
C) Tercera prueba: Psicotécnica.
La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran.
1. Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
2. Valoración de actitudes y personalidad.
Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes. Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.
Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos. De este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros.
D) Cuarta prueba: Examen médico.
Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme a las prescripciones contenidas en la Orden de 22 de diciembre de 2003, ya citada, que figura en el Anexo A.II de la presente convocatoria.
Se calificará de apto o no apto
Las pruebas de la primera fase, tendrán carácter eliminatorio.
Segunda fase: Curso de ingreso.
Superar con aprovechamiento el curso de ingreso en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Escuelas Concertadas o Escuelas Municipales de Policía Local.
Estarán exentos de realizar el curso de ingreso quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de la fase de oposición.
2. Relación de aprobados de la fase de oposición.
Una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.
Los aspirantes que hubieran superado la primera fase, deberán presentar en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados la documentación relacionada en al base octava.
3. Periodo de práctica y formación.
3.1. El Alcalde, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos en la convocatoria, nombrará funcionarios en prácticas para la realización del curso de ingreso, a los aspirantes propuestos por el Tribunal, con los deberes y derechos inherentes a los mismos.
3.2. Para obtener el nombramiento como funcionario de carrera, será necesario superar con aprovechamiento el curso de ingreso para los Cuerpos de Policía Local en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Escuela Concertada o Escuela Municipal de Policía Local.
3.3. La no incorporación al curso de ingreso o el abandono del mismo, sólo podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias, debidamente justificadas y apreciadas por el titular de la Alcaldía, debiendo el interesado incorporarse al primer curso que se celebre, una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso.
3.4. La no incorporación o el abandono de estos cursos, por causa que se considere injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.
3.5. Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente, que de no superar, producirá la pérdida de los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.
4. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión.
4.1. Finalizado el curso selectivo de ingreso, la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o, en su caso, las Escuela Municipal de Policía Local o Escuela Concertada, enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso de ingreso, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas de la oposición y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al titular de la Alcaldía, para su nombramiento con funcionario de carrera de las plazas convocadas
4.2. Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes aprobados superior al número de plazas convocadas, los funcionarios en prácticas serán nombrados funcionarios de carrera, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas.
4.3. El escalafonamiento como funcionario se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en la fase de oposición y curso de ingreso.
ANEXO A.I
PRUEBAS DE APTITUD FÍSICA
Las pruebas de aptitud física tendrá la calificación de «apto» o no apto. Para obtener la calificación de será necesario no rebasar las marcas establecidas como máximas para las pruebas A.1, A.5 y A.6, y alcanzar o superar los mínimos de las pruebas A.2, A.3 y A.4.
Los ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionados y cada uno es eliminatorio para realizar el siguiente.
Se establecen diferentes marcas para cada sexo y grupos de edad: de 18 a 24 años, de 25 a 29 años y de 30 a 34 años. El opositor estará incluido en el grupo de edad correspondiente, teniendo en cuenta la edad de los aspirantes el día de la celebración de las pruebas, salvo que superase los 34 años, en cuyo caso estará incluido en el grupo de 30 a 34 años.
Las pruebas se realizarán de forma individual, salvo las de resistencia general y natación que podrán hacerse de forma colectiva si así lo considera el Tribunal.
En las pruebas de resistencia general y natación se dispone de una sola posibilidad de ejecución; en el resto se permitirá una segunda realización cuando en la primera no se haya obtenido la calificación de «apto».
A.I.1. Prueba de velocidad: Carrera de 50 metros lisos.
Se realizará en una pista de atletismo o cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin utilizar tacos de salida.
Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 en adelante | |
Hombres | 8 segundos | 8 segundos y 50 centésimas | 9 segundos |
Mujeres | 9 segundos | 9 segundos y 50 centésimas | 10 segundos |
A.I.2. Prueba de potencia de tren superior: los hombres realizarán flexiones de brazos en suspensión pura, y las mujeres lanzamiento de balón medicinal de 3 kilogramos.
A.I.2.1. Flexiones de brazos en suspensión pura.
Se realizará en gimnasio o campo de deportes.
Se iniciará desde la posición de suspensión pura, agarrando la barra con las palmas de las manos desnudas, al frente, y con los brazos totalmente extendidos.
La flexión completa se realizará de manera que la barbilla asome por encima de la barra. Antes de iniciar otra nueva flexión será necesario extender totalmente los brazos. No se permite el balanceo del cuerpo o la ayuda con movimientos de las piernas.
Se contarán solamente las flexiones completas y realizadas correctamente.
El número de flexiones mínimo exigible para cada grupo de edad es:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 en adelante | |
Hombres | 8 | 6 | 4 |
A.I.2.2. Lanzamiento de balón medicinal.
Se realizará en campo de deporte o en cualquier otro lugar que permita la medida exacta de la caída del balón.
Se marcará una línea en el suelo, que será paralela a la zona de lanzamiento. La aspirante se colocará frente a ésta sin pisarla, con los pies separados, paralelos entre sí y a la misma altura.
El balón se sostendrá con ambas manos, por encima y detrás de la cabeza, y se lanzará desde esta posición para que caiga dentro del sector de lanzamiento previsto.
No se levantarán en su totalidad los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de lanzamiento.
Las marcas mínimas exigidas (en metros) para la superación de la prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 en adelante | |
Mujeres | 5,50 | 5,25 | 5,00 |
A.I.3. Prueba de flexibilidad: Test de flexibilidad profunda.
Se realizará en gimnasio o campo de deportes.
El aspirante se colocará de pie sobre el aparato apropiado, sin calzado y con los pies colocados en los lugares correspondientes.
Entre los bordes exteriores de los pies habrá una separación de 75 centímetros.
En el centro de una línea que una los bordes posteriores de los talones de los pies, se colocará el cero de una regla de 50 centímetros, y un cursor o testigo que se desplace sobre la regla perpendicularmente a la línea anterior y en sentido opuesto a la dirección de los pies.
Se flexionará el cuerpo llevando los brazos hacia atrás y entre las piernas, hasta tocar y empujar el cursor o testigo de la regla, sin impulso.
Se tocará y empujará el testigo (sin apoyarse en él) con los dedos de ambas manos al mismo tiempo, manteniéndose la posición máxima alcanzada, hasta que se lea el resultado.
Para la ejecución el aspirante puede mover los brazos, flexionar el tronco y las rodillas, pero no puede separar del suelo ninguna parte de los pies antes de soltar el testigo.
Hay que mantener el equilibrio y abandonar el aparato por su frente y caminando.
Las marcas mínimas exigidas (en centímetros) para la superación de la prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 en adelante | |
Hombres y Mujeres | 26 | 23 | 20 |
A.I.4. Prueba de potencia de tren inferior: Salto vertical.
Se realizará en gimnasio o campo de deportes, con suelo horizontal y junto a una pared vertical y lisa, con la superficie adecuada para efectuar la medición de las marcas.
El aspirante se colocará de lado junto a una pared vertical, y con el brazo más cercano a la misma totalmente extendido hacia arriba. Desde esta posición inicial el aspirante marcará la altura que alcanza.
Separado 20 centímetros de la pared vertical, saltará tanto como pueda y marcará nuevamente con los dedos el nivel alcanzado.
Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto.
Las marcas mínimas (en centímetros) exigidas para la superación de la prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 en adelante | |
Hombres | 48 | 44 | 40 |
Mujeres | 35 | 33 | 31 |
A.I.5. Prueba de resistencia general: Carrera de 1.000 metros lisos.
Se realizará en pista de atletismo o en cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. La salida se realizará en pie.
Será eliminado el corredor que abandone la pista durante la carrera.
Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 en adelante | |
Hombres | 4 minutos | 4 minutos y 10 segundos | 4 minutos y 20 segundos |
Mujeres | 4 minutos y 30 segundos | 4 minutos y 40 segundos | 4 minutos y 50 segundos |
A.I.6. Prueba de natación: 25 metros estilo libre.
Se realizará en una piscina que permita efectuar el recorrido sin hacer virajes.
El aspirante podrá colocarse para la salida, bien sobre la plataforma de salida, bien en el borde de la piscina, o bien en el interior del vaso, debiendo permanecer en este último caso en contacto con el borde de la salida.
Una vez que se dé la señal de salida, los aspirantes, bien en zambullida o por impulsión sobre la pared, según la situación de partida adoptada, iniciarán la prueba empleando cualquier estilo para su progresión.
Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:
Grupos de edad | |||
18 a 24 | 25 a 29 | 30 en adelante | |
Hombres | 26 segundos | 29 segundos | 32 segundos |
Mujeres | 30 segundos | 33 segundos | 36 segundos |
ANEXO A.II
CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS
1. Talla.
Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
2. Obesidad-Delgadez.
Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
Índice de Masa Corporal (IMC) no inferior a 18’5 ni superior a 29’9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.
3. Ojo y visión.
3.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
3.2. Desprendimiento de retina.
3.3. Patología retiniana degenerativa.
3.4. Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
3.5. Discromatopsias.
3.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza visual.
4. Oído y audición.
4.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Así mismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios.
4.2. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.
5. Aparato digestivo.
5.1. Cirrosis hepática.
5.2. Hernias abdominales o inguinales.
5.3. Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
5.4. Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa).
5.5. Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los facultativos médicos dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
6. Aparato cardio-vascular.
6.1. Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica.
6.2. Insuficiencia venosa periférica.
6.3. Cualquier otra patología o lesión cardio-vascular que, a juicio de los facultativos médicos, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.
7. Aparato respiratorio.
7.1. Asma bronquial.
7.2. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
7.3. Neumotórax espontáneo recidivante.
7.4. Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
8. Aparato locomotor.
Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de los facultativos médicos, con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.
9. Piel.
9.1. Cicatrices que produzcan limitación funcional.
9.2. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
10. Sistema nervioso.
10.1. Epilepsia.
10.2. Migraña.
10.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
11. Trastornos psiquiátricos.
11.1. Depresión.
11.2. Trastornos de la personalidad.
11.3. Psicosis.
11.4. Alcoholismo, drogodependencias a psicofármacos o a sustancias ilegales.
11.5. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten el desarrollo de la función policial.
12. Aparato endocrino.
12.1. Diabetes.
12.2. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
13. Sistema inmunitarios y enfermedades infecciosas.
13.1. Enfermedades transmisibles en actividad.
13.2. Enfermedades inmunológicas sistémicas.
13.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de los facultativos médicos, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
14. Patologías diversas.
Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los facultativos médicos, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función policial.
Para los diagnósticos establecidos en este anexo se tendrán en cuenta los criterios de las Sociedades Médicas de las especialidades correspondientes.
Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.
ANEXO A.III
TEMARIO
1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado Español. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes constitucionales; clasificación y diferenciación.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.
3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social y económica. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de los mismos. El Defensor del Pueblo.
5. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. Funciones del Gobierno.
6. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional.
7. Organización territorial de Estado. Las comunidades autónomas. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones: Parlamento. Presidente y Consejo de Gobierno. Mención al Tribunal Superior de Justicia.
8. Relación de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
9. El Derecho Administrativo. Fuentes y jerarquía de las normas.
10. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
11. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
12. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales.
13. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La comisión de gobierno. Otros órganos municipales.
14. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación.
15. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.
16. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
17. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.
18. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y normas de desarrollo. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.
19. La actividad de la Policía Local como policía administrativa I. Consumo. Abastos. Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos.
20. La actividad de la Policía Local como policía administrativa II. Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental.
21. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.
22. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfección del delito.
23. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
24. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.
25. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
26. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.
27. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
28. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de “Habeas Corpus”.
29. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
30. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.
31. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
32. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
33. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
34. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.
35. Vida en sociedad. Proceso de socialización. Formación de grupos sociales y masas. Procesos de exclusión e inclusión social. La delincuencia: tipologías y modelos explicativos. La Policía como servicio a la ciudadanía. Colaboración con otros servicios municipales.
36. Comunicación: elementos, redes, flujos, obstáculos. Comunicación con superiores y subordinados. Equipos de trabajo y atención a la ciudadanía.
37. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural.
38. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.
39. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de la prevención y la represión.
40. Deontología policial. Normas que la establecen.
ANEXO B
Oferta de Empleo: 2020.
Denominación de la plaza: Ingeniero Técnico Industrial.
Régimen de la plaza: Funcionario.
Número de plazas: Una.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Grupo: A2.
Sistema de selección: Oposición.
Turno: Libre.
Nivel de titulación: Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
Tasas: Según Ordenanza municipal reguladora de la tasa por derechos de examen. (32 euros) Código: ING.
Fase de oposición: Constará de las pruebas obligatorias y eliminatorias siguientes:
Primera prueba: Ejercicio tipo test. Consistirá en contestar por escrito un test multirespuesta de 100 preguntas, relacionado con el temario que se adjunta. Puntuación máxima 10 Puntos. Cada respuesta acertada tendrá una puntuación de 0,1 punto. Por cada respuesta incorrecta se descontará 0,025 puntos, siendo necesarios 5 puntos para superarlo y pasar a la segunda prueba. El tiempo máximo de realización será de dos horas.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución de dos ejercicios/supuestos prácticos relacionados con el temario específico y las funciones a desempeñar, debiendo obtener un cinco en cada uno de ellos para superar la prueba. La nota final de esta segunda prueba será la media aritmética de los dos ejercicios/supuestos prácticos. El Tribunal presentará cuatro ejercicios/supuestos, entre los que tendrán que elegir dos los aspirantes para su resolución. El tiempo máximo de realización será de tres horas.
El Tribunal, mediante llamamiento público, podrá requerir la presencia de los aspirantes para que realicen aclaraciones a la segunda prueba.
La nota final será el resultado de aplicar la media aritmética de las dos pruebas.
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución. Estructura y contenido esencial. La reforma constitucional. La Corona. Las funciones del Rey. El refrendo. División y distribución de poderes en la Constitución de 1978.
2. La Ley. Concepto y caracteres. Las leyes estatales. Leyes ordinarias y orgánicas. Normas del gobierno con fuerza de ley. Los Tratados internacionales como norma de derecho interno.
3. Legislación autonómica. Límites a la legislación territorial. Sistemas de relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
4. La Unión Europea. Instituciones y organismos: composición, funcionamiento y competencias. Fuentes del derecho comunitario.
5. La autonomía local. Garantía constitucional. Sistema de distribución de competencias en el ámbito local. La legislación autonómica y estatal sobre régimen local. Democracia y participación en la vida pública local. La democracia representativa: la participación electoral. La democracia directa y sus técnicas.
6. El Régimen local: significado y evolución histórica. La Administración local en la Constitución. La Carta Europea de la Autonomía Local. Elementos del municipio: el término municipal. La población. El empadronamiento. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.
7. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. El municipio. Organización municipal. Competencias. Potestad normativa de los entes locales: reglamentos, ordenanzas y bandos. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
8. El procedimiento administrativo común y el régimen jurídico del sector público. La relación jurídica administrativa. El sector público. El interesado: concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado: derechos subjetivos e intereses legítimos El acto administrativo concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Motivación de los actos. Notificación. Validez de los actos administrativos. La efectividad de los actos
9. Los registros y los archivos administrativos. Requisitos de la presentación de documentos. Términos y plazos. Inicio, ordenación e instrucción de los procedimientos. Terminación. La obligación de resolver. Distintas formas de finalizar un procedimiento. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo.
10. La revisión de actos y los recursos administrativos. Clases de recursos administrativos. Reglas generales para la tramitación de los recursos administrativos. Las reclamaciones económico-administrativas. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.
11. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.
12. El presupuesto. Concepto, naturaleza y clases. El principio de estabilidad presupuestaria en la Constitución.
13. La ley de haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales
14. El personal al servicio de la entidad local. Sus clases. Derechos y deberes del personal al servicio de las entidades locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las entidades locales. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos locales. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
15. La ley de contratos del sector público. Del contrato de obras: Actuaciones preparatorias. Ejecución del contrato. Modificación de los contratos. Cumplimiento del contrato. Resolución del contrato. Del contrato de servicios: Disposiciones generales. Ejecución de los contratos de servicios. Resolución de los contratos. De la subsanación de errores, indemnizaciones y responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos de obras.
16. Los bienes de las entidades locales. La ley de bienes de las entidades locales de Andalucía. Régimen jurídico de los bienes de las entidades locales.
17. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos.
18. La administración electrónica y servicios al ciudadano. La información administrativa. La administración electrónica y procedimiento administrativo. Derechos del ciudadano en sus relaciones por medios electrónicos con las administraciones. Canales de relación entre ciudadano y administración. Soportes de la Administración electrónica: La firma electrónica. El certificado digital.
19. Normativa sobre Igualdad y de Género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Violencia de Género. Publicidad institucional e imagen pública no sexista.
TEMARIO ESPECÍFICO
20. Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
21. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico SUA Seguridad de utilización y accesibilidad.
22. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio.
23. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
24. Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Guía técnica de aplicación.
25. Ordenanza sobre condiciones de protección contra incendios del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga (BOP Málaga nº 95 de 20-5-2016).
26. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
27. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
28. Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
29. Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
30. Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
31. Alumbrado público. Aspectos luminotécnico, energético y eléctrico. Magnitudes. Elementos y materiales. Criterios de diseño y cálculo. Gestión y mantenimiento.
32. Requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología LED de alumbrado exterior.
33. Iluminación de interiores. Fuentes luminosas. Sistemas de alumbrado. Diseño y cálculo. Eficiencia energética. Aprovechamiento de la luz natural en edificios. Iluminación en oficinas y centros docentes.
34. Redes urbanas de electricidad en Media y Baja Tensión. Elementos y materiales. Diseño, trazado y cálculo. Gestión y mantenimiento. Normativa.
35. Redes urbanas de abastecimiento de agua potable. Captación, conducción, tratamientos. Regulación y almacenamiento. Distribución. Tipos de redes. Materiales. Reglamento del suministro domiciliario de agua. Gestión y mantenimiento.
36. Redes urbanas de alcantarillado. Sistemas. Materiales. Diseño y cálculo. Mantenimiento y conservación. Vertidos.
37. Depuración del agua residual. Sistemas de depuración. Estaciones depuradoras. Legislación sobre tratamiento de las aguas urbanas.
38. Sistemas de calefacción en edificios. Criterios de selección del sistema, equipos y componentes. Medidas de ahorro y eficiencia energética. Empresas mantenedoras. Renovación de equipos.
39. Sistemas de ventilación de edificios: renovación de aire interior. Componentes de la instalación. Problemáticas más comunes y soluciones en el diseño y ejecución de edificios. Dimensionado. Elementos.
40. Instalaciones de aire acondicionado. Clasificación. Criterios. Cálculo y dimensionado. Determinación de cargas. Medidas correctivas.
41. Ordenanza Municipal de Vía Pública de Rincón de la Victoria y ordenanzas fiscales de Rincón de la Victoria relacionadas.
42. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
43. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
44. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
45. El riesgo eléctrico. Formación de los trabajadores. Accidentes eléctricos. Tipos de contactos y medidas preventivas. Las cinco reglas de oro de la seguridad.
46. Redes urbanas de distribución de gas. Diseño, ejecución y mantenimiento. Normativa.
47. Redes urbanas de telecomunicaciones. Diseño, ejecución y mantenimiento. Normativa.
48. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
49. Piscinas de uso colectivo. Normativa. Aspectos técnicos, higiénicos y sanitarios. Diseño, construcción y mantenimiento. Accesibilidad.
50. Real Decreto 836/2003 de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria “MIE-AEM-2” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.
51. Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción Técnica Complementaria “MIE-AEM-4” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
52. Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre.
53. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico HR Protección frente al ruido.
54. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico HS Salubridad.
55. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico HE Ahorro de Energía.
56. Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
57. Facturación eléctrica. Métodos de control y mejora de la facturación eléctrica en los Ayuntamientos. Evolución y situación de la estructura de tarifas de electricidad. Normativa actual. Peajes de acceso. Tarifas de último recurso. Complementos tarifarios.
58. Planificación, gestión y control de consumos energéticos municipales.
59. Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo. Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
60. Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se traspone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.
61. Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
62. Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, actualizada mediante el Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
63. El control de calidad. La definición en el proyecto. Pliegos de condiciones y normas técnicas. Laboratorio de control de obras. La calidad en la recepción. Normas en uso.
64. Instalación de reductores de velocidad y bandas transversales de alerta. Normativa.
65. Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
66. Proyecto de obras de urbanización e infraestructuras. Documentos del proyecto. Supervisión. Dirección.
67. Texto Refundido PGOU Rincón de la Victoria (I): Regulación de usos y medios de protección. Normas de Urbanización.
68. Texto Refundido PGOU Rincón de la Victoria (II): Ordenanzas de la regulación de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.
69. Ordenanza municipal reguladora de las condiciones urbanísticas de instalaciones de equipos de radio comunicación. Ordenanza municipal reguladora del informe de evaluación de los edificios (I.E.E.). Ordenanza sobre normas mínimas de habitabilidad del Suelo No urbanizable. Ordenanza municipal de autocaravanas.
70. Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas y la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de Costas.
71. Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas. Evolución y objetivos de la Legislación de costas.
72. Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Reglamento del Dominio Público Hidráulico.
73. La legislación de Carreteras. La Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Reglamento General de Carreteras. Los Planes de carreteras del Estado. Las carreteras en el PITVI. Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.
74. Fuentes de energía renovable: la energía solar. Tecnologías y aplicaciones. La energía geotérmica. Tecnologías y aplicaciones. La biomasa, el aprovechamiento energético de los residuos y biocombustibles. Tecnología y aplicaciones.
ANEXO C
Oferta de Empleo: 2020.
Denominación de la plaza: Oficial de Oficios.
Régimen de la plaza: Funcionario.
Número de plazas: Una.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Grupo: C2.
Sistema de selección: Oposición.
Turno: Promoción interna.
Nivel de titulación: Hallarse en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
Tasas: Según Ordenanza municipal reguladora de la tasa por derechos de examen. (12 euros) Código: OFI.
Fase de oposición: Constará de las pruebas obligatorias y eliminatorias siguientes:
Prueba: Consistirá en la resolución de un ejercicio/supuesto práctico relacionado con el temario y con las funciones a desempeñar, debiendo obtener un cinco para superar la prueba. El Tribunal presentará dos ejercicios/supuestos, entre los que tendrán que elegir uno los aspirantes para su resolución. El tiempo máximo de realización será de noventa minutos.
El Tribunal, mediante llamamiento público, podrá requerir la presencia de los aspirantes para que realicen aclaraciones a la prueba.
TEMARIO
1. La Constitución Española: concepto, características y contenido. Derechos y libertades de los ciudadanos.
2. El Municipio: organización y competencias. La Provincia: organización y competencias.
3. El personal al servicio de las Entidades Locales: concepto y clases. Derechos, deberes e incompatibilidades.
4. El Régimen Local español: principios constitucionales y regulación jurídica.
5. El Municipio: concepto y elementos. El término municipal. La población: especial referencia al empadronamiento.
6. El personal al servicio de las Entidades Locales: Funcionarios, Personal Laboral, Personal Eventual y Personal Directivo Profesional.
7. Régimen jurídico del personal de las Entidades Locales: Derechos y deberes. Régimen disciplinario. Situaciones administrativas. Incompatibilidades.
8. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo.
9. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres: principios generales. Igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral. El principio de igualdad en el empleo público.
10. Correspondencia. Tipos de envíos. Nociones básicas sobre certificados de correos y notificaciones. Acuses de recibo. Telegramas. Reembolsos. Giros. Paquetería. Recepción, distribución y entrega de paquetería y documentación dentro de un edificio público. Manejo de máquinas fotocopiadoras y otras máquinas empleadas en la oficina (fax, encuadernadora, grapadoras, destructoras de papel, guillotina, taladradoras…).
11. La atención, acogida e información del ciudadano. Recepción y telefonía. Vigilancia y control de las instalaciones y de las personas que acceden a las dependencias de las instalaciones municipales.
12. Conceptos generales sobre albañilería. Materiales de construcción. Herramientas, usos y mantenimiento. Principales reparaciones de albañilería.
13. Nociones básicas de electricidad: Medidas contra contactos indirectos. Canalizaciones. Protección de las instalaciones. Cuadro de distribución.
14. Jardinería: conceptos generales. Útiles y herramientas manuales. Partes básicas de las plantas. Procesos básicos de las plantas. Conocimientos básicos de tipos de injertos, acodos y esquejes
15. Limpieza: Útiles, productos y herramientas manuales para la limpieza
16. Pintura: Útiles y herramientas manuales
17. Carpintería. Conceptos generales. Útiles y herramientas básicas de carpintería. Técnicas básicas de carpintería. Tipos de madera. Trabajos de mantenimiento más frecuentes
18. Fontanería, conceptos generales, instalaciones de agua potable en los edificios. Instalaciones de salubridad en los edificios. Herramientas y útiles. Mantenimiento. Averías y reparaciones.
19. Instalaciones de calefacción y climatización. Conceptos generales. Tipos de instalaciones. Mantenimiento. Averías. Reparaciones.
20. Carga, descarga y transporte de materiales. Empaquetado y almacenamiento de objetos. Manipulación manual de cargas. Prevención de riesgos en el almacén. Planes de Autoprotección. Riesgos contemplados en el Plan de Autoprotección. Plan de Actuación ante Emergencias
ANEXO D
Oferta de Empleo: 2021.
Denominación de la plaza: Oficial de Policía Local.
Régimen de la plaza: Funcionario.
Número de plazas: Dos.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Grupo: C1.
Sistema de selección: Concurso-oposición.
Turno: Promoción interna.
Nivel de titulación: Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente.
Tasas: Según Ordenanza municipal reguladora de la tasa por derechos de examen. (14 euros) Código: OFIPOL.
I. Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:
Primera fase: Concurso.
Esta fase consiste en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos alegados y justificados por los aspirantes, en el que se tendrá en cuenta el historial profesional, los cursos de formación realizados, los títulos y diplomas conseguidos, los trabajos publicados y la antigüedad, siendo esta fase previa a la de oposición y, en ningún caso, la valoración de los méritos podrá ser superior al 45% de la puntuación máxima prevista en la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición, estableciéndose finalmente el orden de prelación de los participantes en el concurso según la puntuación que corresponda en aplicación del baremo establecido.
El baremo a que se hace referencia en el apartado anterior, es el previsto en el anexo a la Orden 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y que se detalla a continuación:
Baremos para el concurso de méritos.
1. Titulaciones académicas:
1.1. Doctor: 2,00 puntos.
1.2. Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1,50 puntos.
1.3. Diplomado universitario, Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado superior en criminología o Experto universitario en criminología o equivalente: 1,00 punto.
1.4. Bachiller, Técnico superior en formación profesional, acceso a la universidad o equivalente: 0,50 puntos.
No se valorará la titulación requerida para el acceso a la categoría a la que se aspira, salvo que se posea más de una. Tampoco se tendrán en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones necesarias o las que se hubieran empleado como vía de acceso para la obtención de una titulación superior ya valorada.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica.
Sólo se valorarán los títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos
Puntuación máxima del apartado 1: 4,00 puntos.
2. Antigüedad:
2.1. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
2.2. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado a la que se aspira: 0,10 puntos.
2.3. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos.
2.4. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Puntuación máxima del apartado 2.: 4,00 puntos.
3. Formación y docencia:
3.1. Formación:
Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan la condición de concertados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del Acuerdo de Formación Continúa de las Administraciones Públicas, serán valorados, cada uno, como a continuación se establece:
3.1.1. Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
3.1.2. Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
3.1.3. Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
3.1.4. Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
3.1.5. Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
Los cursos en los que solamente se haya obtenido «asistencia» se valorarán con la tercera parte.
No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las titulaciones del apartado V.A.1 de la presente Orden, ni la superación de asignaturas de los mismos.
3.2. Docencia, ponencias y publicaciones.
La impartición de cursos de formación, comprendidos en el apartado 3.1., dirigidos al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de:
Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.
Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho número, si se han impartido en cursos distintos.
Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación, o dirección de curso, sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.
Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20 puntos, en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un máximo de: 1,00 punto.
Puntuación máxima del apartado 3: 4,00 puntos.
4. Otros méritos:
4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía, según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
a) Medalla de Oro: 3 puntos.
b) Medalla de Plata: 2 puntos.
c) Cruz con distintivo verde: 1 punto.
d) Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos.
4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.
4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno (máximo 4 felicitaciones), cada una: 0,25 puntos.
Puntuación máxima del apartado 4: 4,00 puntos.
En el supuesto de que los aspirantes, obtuvieran igual puntuación total, el orden de prelación de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida, sucesivamente, en los siguientes apartados:
1.º Antigüedad.
2.º Formación.
3.º Titulaciones académicas.
4.º Otros méritos
En caso de persistir el empate se decidirá por sorteo público.
Segunda fase: Oposición.
La fase de oposición consistirá en una única prueba de conocimientos, compuesta de dos partes; la primera, que consistirá en la contestación, por escrito de preguntas con respuestas alternativas (tipo test) propuestos por el Tribunal; y la segunda, que consistirá en la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final, será la suma dividida por 2. Para su realización se dispondrá de 3 horas.
Tercera fase: Curso de capacitación.
Superar con aprovechamiento el curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Escuelas Concertadas o Escuelas Municipales de Policía Local.
Estarán exentos de realizar el curso de capacitación quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación de las fases del concurso-oposición.
II. Relación de aprobados de la fase de oposición o concurso-oposición
Una vez terminadas las fases correspondientes a la oposición o al concurso-oposición, según corresponda, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, con la suma y desglose de las calificaciones correspondientes a ambas fases, en su caso, del proceso selectivo, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.
III. Presentación de documentos
Los aspirantes que hubieran aprobado la fase de concurso-oposición, presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:
a) Copia compulsada de la titulación académica requerida. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicho punto habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia, o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.
b) Certificación del Ayuntamiento correspondiente que acredite la antigüedad y carencia de faltas graves o muy graves en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos obtenidos, no podrán ser nombrados alumnos para la realización del curso de capacitación, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
IV. Periodo de práctica y formación
1. El Alcalde, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos en la base 2 de la convocatoria, nombrará funcionarios en prácticas para la realización del curso de ingreso, a los aspirantes propuestos por el Tribunal, con los deberes y derechos inherentes a los mismos.
2. Para obtener el nombramiento como funcionario de carrera, será necesario superar con aprovechamiento el curso de ingreso para los Cuerpos de Policía Local en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, Escuela Concertada o Escuela Municipal de Policía Local.
3. La no incorporación al curso de ingreso o el abandono del mismo, sólo podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias, debidamente justificadas y apreciadas por el titular de la Alcaldía, debiendo el interesado incorporarse al primer curso que se celebre, una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso.
4. La no incorporación o el abandono de estos cursos, por causa que se considere injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.
5. Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por la Escuela, repetirá el curso siguiente, que de no superar, producirá la pérdida de los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.
V. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión
1. Finalizado el curso selectivo de ingreso o capacitación, la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía o, en su caso, las Escuela Municipal de Policía Local o Escuela Concertada, enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas (oposición o concurso-oposición) y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al titular de la Alcaldía, para su nombramiento con funcionario de carrera de las plazas convocadas
2. Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes aprobados superior al número de plazas convocadas, los funcionarios (en prácticas en caso de acceso a la escala básica) serán nombrados funcionarios de carrera en la categoría a la que aspiran, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas.
3. El escalafonamiento como funcionario se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en la fase de oposición o concurso-oposición y curso de ingreso.
VI. Temario
1. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
3. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
4. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
5. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La comisión de gobierno. Otros órganos municipales.
6. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación.
7. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.
8. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones administrativas.
9. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.
10. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y normas de desarrollo.
11. La actividad de la Policía Local como Policía administrativa. Consumo. Abastos. Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos. Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental.
12. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.
13. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
14. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfección del delito.
15. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
16. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.
17. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas.
18. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
19. Delitos contra la salud pública. Tráfico de drogas.
20. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.
21. Las penas. Concepto, clases: privativas de libertad, privativas de derecho y multa. Clasificación por su gravedad: graves, menos graves y leves.
22. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
23. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de “Habeas Corpus”.
24. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
25. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.
26. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores.
27. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
28. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
29. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local.
30. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Doctrina constitucional. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
31. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.
32. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural.
33. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.
34. El mando: concepto, estilos, cualidades, rasgos, reglas y características del mando; relación con subordinados; técnicas de dirección y reuniones.
35. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. Sentido ético de la prevención y la represión. Deontología policial. Normas que la establecen.
ANEXO E
Oferta de Empleo: 2020.
Denominación de la plaza: Arquitecto Técnico.
Régimen de la plaza: Funcionario.
Número de plazas: Una.
Escala: Administración Especial.
Subescala: Técnica.
Grupo: A2.
Sistema de selección: Oposición.
Turno: Libre.
Nivel de titulación: Estar en posesión del título de Arquitecto Técnico o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
Tasas: Según Ordenanza municipal reguladora de la tasa por derechos de examen. (32 euros) Código: ARQTEC.
Fase de Oposición: Constará de las pruebas obligatorias y eliminatorias siguientes:
Primera prueba: Ejercicio tipo test. Consistirá en contestar por escrito un test multi-respuesta de 100 preguntas, relacionado con el temario que se adjunta. Puntuación máxima 10 Puntos. Cada respuesta acertada tendrá una puntuación de 0,1 punto. Por cada respuesta incorrecta se descontará 0,025 puntos, siendo necesarios 5 puntos para superarlo y pasar a la segunda prueba. El tiempo máximo de realización será de dos horas.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución de dos ejercicios/supuestos prácticos relacionados con el temario específico y las funciones a desempeñar, debiendo obtener un cinco en cada uno de ellos para superar la prueba. La nota final de esta segunda prueba será la media aritmética de los dos ejercicios/supuestos prácticos. El Tribunal presentará cuatro ejercicios/supuestos, entre los que tendrán que elegir dos los aspirantes para su resolución. El tiempo máximo de realización será de tres horas.
El Tribunal, mediante llamamiento público, podrá requerir la presencia de los aspirantes para que realicen aclaraciones a la segunda prueba.
La nota final será el resultado de aplicar la media aritmética de las dos pruebas.
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución. Estructura y contenido esencial. La reforma constitucional. La Corona. Las funciones del Rey. El refrendo. División y distribución de poderes en la Constitución de 1978.
2. La Ley. Concepto y caracteres. Las leyes estatales. Leyes ordinarias y orgánicas. Normas del gobierno con fuerza de ley. Los Tratados internacionales como norma de derecho interno.
3. Legislación autonómica. Límites a la legislación territorial. Sistemas de relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
4. La Unión Europea. Instituciones y organismos: composición, funcionamiento y competencias. Fuentes del derecho comunitario.
5. La autonomía local. Garantía constitucional. Sistema de distribución de competencias en el ámbito local. La legislación autonómica y estatal sobre régimen local. Democracia y participación en la vida pública local. La democracia representativa: la participación electoral. La democracia directa y sus técnicas.
6. El Régimen local: significado y evolución histórica. La Administración local en la Constitución. La Carta Europea de la Autonomía Local. Elementos del municipio: el término municipal. La población. El empadronamiento. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.
7. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. El municipio. Organización municipal. Competencias. Potestad normativa de los entes locales: reglamentos, ordenanzas y bandos. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
8. El procedimiento administrativo común y el régimen jurídico del sector público. La relación jurídica administrativa. El sector público. El interesado: concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado: derechos subjetivos e intereses legítimos El acto administrativo concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Motivación de los actos. Notificación. Validez de los actos administrativos. La efectividad de los actos.
9. Los registros y los archivos administrativos. Requisitos de la presentación de documentos. Términos y plazos. Inicio, ordenación e instrucción de los procedimientos. Terminación. La obligación de resolver. Distintas formas de finalizar un procedimiento. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo.
10. La revisión de actos y los recursos administrativos. Clases de recursos administrativos. Reglas generales para la tramitación de los recursos administrativos. Las reclamaciones económico-administrativas. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.
11. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.
12. El presupuesto. Concepto, naturaleza y clases. El principio de estabilidad presupuestaria en la Constitución.
13. La ley de haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
14. El personal al servicio de la entidad local. Sus clases. Derechos y deberes del personal al servicio de las entidades locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las entidades locales. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos locales. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
15. La ley de contratos del sector público. Del contrato de obras: Actuaciones preparatorias. Ejecución del contrato. Modificación de los contratos. Cumplimiento del contrato. Resolución del contrato. Del contrato de servicios: Disposiciones generales. Ejecución de los contratos de servicios. Resolución de los contratos. De la subsanación de errores, indemnizaciones y responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos de obras.
16. Los bienes de las entidades locales. La ley de bienes de las entidades locales de Andalucía. Régimen jurídico de los bienes de las entidades locales.
17. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos.
18. La administración electrónica y servicios al ciudadano. La información administrativa. La administración electrónica y procedimiento administrativo. Derechos del ciudadano en sus relaciones por medios electrónicos con las administraciones. Canales de relación entre ciudadano y administración. Soportes de la Administración electrónica: La firma electrónica. El certificado digital.
19. Normativa sobre Igualdad y de Género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Violencia de Género. Publicidad institucional e imagen pública no sexista.
TEMARIO ESPECÍFICO
20. Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
21. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico SUA Seguridad de utilización y accesibilidad.
22. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico SI Seguridad en caso de incendio.
23. Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
24. Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. Guía técnica de aplicación.
25. Ordenanza sobre condiciones de protección contra incendios del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga (BOP Málaga nº 95 de 20-5-2016).
26. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.
27. Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
28. Sistemas de calefacción en edificios. Criterios de selección del sistema, equipos y componentes. Medidas de ahorro y eficiencia energética. Empresas mantenedoras. Renovación de equipos.
29. Sistemas de ventilación de edificios: renovación de aire interior. Componentes de la instalación. Problemáticas más comunes y soluciones en el diseño y ejecución de edificios. Dimensionado. Elementos.
30. Instalaciones de aire acondicionado. Clasificación. Criterios. Cálculo y dimensionado. Determinación de cargas. Medidas correctivas.
31. Ordenanza Municipal de Vía Pública de Rincón de la Victoria y ordenanzas fiscales de Rincón de la Victoria relacionadas.
32. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
33. Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
34. Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
35. El riesgo eléctrico. Formación de los trabajadores. Accidentes eléctricos. Tipos de contactos y medidas preventivas. Las cinco reglas de oro de la seguridad.
36. Redes urbanas de distribución de gas. Diseño, ejecución y mantenimiento. Normativa.
37. Redes urbanas de telecomunicaciones. Diseño, ejecución y mantenimiento. Normativa.
38. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
39. Piscinas de uso colectivo. Normativa. Aspectos técnicos, higiénicos y sanitarios. Diseño, construcción y mantenimiento. Accesibilidad.
40. Real Decreto 836/2003 de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria «MIE-AEM-2» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones.
41. Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción Técnica Complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas.
42. Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «Ascensores» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre.
43. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico HR Protección frente al ruido.
44. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico HS Salubridad.
45. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Documento Básico HE Ahorro de Energía.
46. Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
47. Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias.
48. Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, actualizada mediante el Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
49. El control de calidad. La definición en el proyecto. Pliegos de condiciones y normas técnicas. Laboratorio de control de obras. La calidad en la recepción. Normas en uso.
50. Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
51. Proyecto de obras de urbanización e infraestructuras. Documentos del proyecto. Supervisión. Dirección.
52. Texto Refundido PGOU Rincón de la Victoria (I): Regulación de usos y medios de protección. Normas de Urbanización.
53. Texto Refundido PGOU Rincón de la Victoria (II): Ordenanzas de la regulación de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.
54. Ordenanza municipal reguladora de las condiciones urbanísticas de instalaciones de equipos de radio comunicación. Ordenanza municipal reguladora del informe de evaluación de los edificios (I.E.E.). Ordenanza sobre normas mínimas de habitabilidad del Suelo urbanizable. Ordenanza municipal de autocaravanas.
55. Las pinturas en las fachadas e interiores de edificios. Tipologías, preparación de soportes y aplicación.
56. Patologías en los edificios. Las humedades, grietas y fisuras. Tipos, causas y reparación.
57. Las estructuras de madera. Normativa. Durabilidad. Materiales. Ejecución y control. Patologías. Mantenimiento.
58. Replanteo de obra. Útiles e instrumentos. Alineaciones y rasantes. Métodos y trazados. El acta de replanteo.
59. Tipología de cubiertas. Diseño y mantenimiento.
60. La cerrajería y el ambiente marino. Tipos de acero y protecciones.
61. El Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA). Las Administraciones que intervienen. La subvención de la mano de obra y materiales. Financiación y causas de reintegro.
62. Cementerios. Normativa. Construcción, ampliación y reforma. Instalaciones, equipamiento y servicios.
63. Obras de reurbanización, reforma y mantenimiento en espacios urbanizados.
64. Señalización horizontal y vertical en vías urbanas. Elementos para la regulación de la velocidad. Normativa Estatal, autonómica y provincial. Diseño. Mantenimiento.
65. Parques infantiles. Diseño, certificación y mantenimiento.
66. Vandalismo en espacios públicos. Reparaciones y limpiezas.
67. El Hormigón. Generalidades. Tipos y clases. Fabricación y puesta en obra. Control de ejecución. Control de calidad. Instrucción Española del Hormigón Estructural (EHE-08).
68. Revestimientos y pavimentos en edificación. Tipos. Ejecución y control. Manteniniento.
69. Aislamientos e impermeabilizaciones en los edificios. Tipos. Ejecución y control.
70. Mantenimiento de las instalaciones en los edificios: electricidad, climatización, fontanería, evacuación de aguas pluviales y fecales, contraincendios, gas y telecomunicaciones.
71. Las estructuras de acero. Normativa. Tipos de aceros. Materiales. Ejecución en obra. Ejecución en taller. Control de la conformidad de los materiales y de la ejecución. Mantenimiento.
ANEXO F
Oferta de Empleo: 2021.
Denominación de la plaza: Técnico medio. Área Régimen Interior. Recursos Humanos.
Régimen de la plaza: Funcionario.
Número de plazas: Una.
Escala: Administración General.
Subescala: Técnica.
Grupo: A2.
Sistema de selección: Oposición.
Turno: Libre.
Nivel de titulación: Título universitario de Grado o los actualmente vigentes de Diplomado Universitario, o equivalentes.
Tasas: Según Ordenanza municipal reguladora de la tasa por derechos de examen. (32 euros) Código: TMRI
Fase de oposición: Constará de las pruebas obligatorias y eliminatorias siguientes:
Primera prueba: Ejercicio tipo test. Consistirá en contestar por escrito un test multi-respuesta de 100 preguntas, relacionado con el temario que se adjunta. Puntuación máxima 10 Puntos. Cada respuesta acertada tendrá una puntuación de 0,1 punto. Por cada respuesta incorrecta se descontará 0,025 puntos, siendo necesarios 5 puntos para superarlo y pasar a la segunda prueba. El tiempo máximo de realización será de dos horas.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución de dos ejercicios/supuestos prácticos relacionados con el temario específico y las funciones a desempeñar, debiendo obtener un cinco en cada uno de ellos para superar la prueba. La nota final de esta segunda prueba será la media aritmética de los dos ejercicios/supuestos prácticos. El Tribunal presentará cuatro ejercicios/supuestos, entre los que tendrán que elegir dos los aspirantes para su resolución. El tiempo máximo de realización será de tres horas.
El Tribunal, mediante llamamiento público, podrá requerir la presencia de los aspirantes para que realicen aclaraciones a la segunda prueba.
La nota final será el resultado de aplicar la media aritmética de las dos pruebas.
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución. Estructura y contenido esencial. La reforma constitucional. La Corona. Las funciones del Rey. El refrendo. División y distribución de poderes en la Constitución de 1978.
2. La Ley. Concepto y caracteres. Las leyes estatales. Leyes ordinarias y orgánicas. Normas del gobierno con fuerza de ley. Los Tratados internacionales como norma de derecho interno.
3. Legislación autonómica. Límites a la legislación territorial. Sistemas de relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
4. La Unión Europea. Instituciones y organismos: composición, funcionamiento y competencias. Fuentes del derecho comunitario.
5. La autonomía local. Garantía constitucional. Sistema de distribución de competencias en el ámbito local. La legislación autonómica y estatal sobre régimen local. Democracia y participación en la vida pública local. La democracia representativa: la participación electoral. La democracia directa y sus técnicas.
6. El Régimen local: significado y evolución histórica. La Administración local en la Constitución. La Carta Europea de la Autonomía Local. Elementos del municipio: el término municipal. La población. El empadronamiento. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.
7. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. El municipio. Organización municipal. Competencias. Potestad normativa de los entes locales: reglamentos, ordenanzas y bandos. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
8. El procedimiento administrativo común y el régimen jurídico del sector público. La relación jurídica administrativa. El sector público. El interesado: concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado: derechos subjetivos e intereses legítimos El acto administrativo concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Motivación de los actos. Notificación. Validez de los actos administrativos. La efectividad de los actos
9. Los registros y los archivos administrativos. Requisitos de la presentación de documentos. Términos y plazos. Inicio, ordenación e instrucción de los procedimientos. Terminación. La obligación de resolver. Distintas formas de finalizar un procedimiento. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo.
10. La revisión de actos y los recursos administrativos. Clases de recursos administrativos. Reglas generales para la tramitación de los recursos administrativos. Las reclamaciones económico-administrativas. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.
11. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.
12. El presupuesto. Concepto, naturaleza y clases. El principio de estabilidad presupuestaria en la Constitución.
13. La ley de haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
14. El personal al servicio de la entidad local. Sus clases. Derechos y deberes del personal al servicio de las entidades locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las entidades locales. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos locales. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
15. La ley de contratos del sector público. Del contrato de obras: Actuaciones preparatorias. Ejecución del contrato. Modificación de los contratos. Cumplimiento del contrato. Resolución del contrato. Del contrato de servicios: Disposiciones generales. Ejecución de los contratos de servicios. Resolución de los contratos. De la subsanación de errores, indemnizaciones y responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos de obras.
16. Los bienes de las entidades locales. La ley de bienes de las entidades locales de Andalucía. Régimen jurídico de los bienes de las entidades locales.
17. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos.
18. La administración electrónica y servicios al ciudadano. La información administrativa. La administración electrónica y procedimiento administrativo. Derechos del ciudadano en sus relaciones por medios electrónicos con las administraciones. Canales de relación entre ciudadano y administración. Soportes de la Administración electrónica: La firma electrónica. El certificado digital.
19. Normativa sobre Igualdad y de Género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Violencia de Género. Publicidad institucional e imagen pública no sexista.
TEMARIO ESPECÍFICO
20. Provisión de puestos de trabajo de los empleados públicos. Formas de provisión. Regulación básica y normativa estatal. Movilidad de los empleados públicos. Provisión de puestos y movilidad del personal laboral. La Relación de Puestos de Trabajo.
21. El Derecho del Trabajo. Su constitucionalización. Las fuentes del Derecho del Trabajo. Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
22. La extinción de la relación laboral: causas. El despido disciplinario: forma y efectos. El despido improcedente. La extinción del contrato por causas objetivas. El despido colectivo, en especial su aplicación en la administración pública: aspectos sustantivos y formales.
23. Derecho a la negociación colectiva de los empleados públicos. Órganos de representación del personal funcionario y laboral. Materias objeto de negociación. Mesas de negociación. Pactos y Acuerdos: contenido y límites.
24. Régimen jurídico sindical. La representatividad sindical. La acción sindical. Órganos de representación de los empleados públicos. Clasificación, competencias y garantías. Proceso electoral.
25. Los conflictos de trabajo. Clases. Procedimiento de solución. La huelga y el cierre patronal.
26. El contrato de trabajo (I). Concepto, naturaleza jurídica, consentimiento, objeto y causa. Los sujetos del contrato de trabajo: El trabajador y el empresario. Derechos y deberes del contrato de trabajo. Nacimiento del contrato de trabajo. El período de prueba. La forma en la contratación, efectos. La prueba del contrato de trabajo.
27. El contrato de trabajo (II). Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo.
28. El contrato de trabajo (III). Modalidades de contrato de trabajo y sus características.
29. El salario. Concepto. Naturaleza jurídica. Clases. Liquidación y pago: lugar, tiempo, forma y documentación del salario. Estructura salarial. El salario mínimo interprofesional.
30. La garantía salarial. El carácter privilegiado del crédito salarial.
31. Inembargabilidad del salario. El Fondo de Garantía Salarial: Naturaleza, funciones y tramitación de ayudas.
32. La nómina. Concepto, elementos retributivos. Percepciones sujetas y no sujetas a cotización. Deducciones.
33. Aportación del trabajador a las cuotas de Seguridad Social. Retención del IRPF. Cálculo y aplicación. Otras deducciones.
34. La jornada de trabajo. Límites generales y especiales del tiempo máximo de trabajo. Horas extraordinarias: concepto, clases y régimen jurídico; retribución o compensación. Descanso semanal y fiestas laborales.
35. Calendario laboral. Vacaciones: su régimen jurídico. Licencias y permisos. Excedencias.
36. Garantías por cambio de empresario: subcontratación, cesión ilegal de trabajadores y sucesión de empresa, en especial su aplicación a las administraciones públicas.
37. Seguridad Social en España: Real Decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. La estructura del sistema de la Seguridad Social. Su organización en regímenes.
38. Regímenes especiales de la Seguridad Social. Requisitos generales exigidos. Trabajadores por cuenta propia o autónomo. Minería del carbón. Trabajadores del mar. Integración del régimen especial agrario y de empleados de hogar en el régimen general.
39. La Seguridad Social del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
40. La constitución de la relación jurídica de aseguramiento. Inscripción de empresas. Normas, afiliación, altas y bajas de trabajadores en el régimen general de la Seguridad Social.
41. La cotización. La cuota: Concepto y naturaleza jurídica. Sujetos obligados y sujetos responsables. La responsabilidad solidaria y subsidiaria en el pago de cuotas: supuestos. Nacimiento y duración de la obligación de cotizar. El convenio especial en Seguridad Social. Prescripción. Prelación de créditos y devolución de ingresos indebidos.
42. Régimen general: bases de cotización. Concepto y exclusiones. Determinación de las bases de cotización. Cotización en las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, permanencia en alta sin percibo de retribución, desempleo, pluriempleo, pluriactividad, contrato a tiempo parcial, jornada reducida por guarda legal y huelga parcial.
43. Tipo único de cotización. Cotización por desempleo. Fondo de Garantía Salarial y formación profesional. Reducción de la cuota por contingencias excluidas. Cotización al régimen de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Cotización adicional por horas extraordinarias.
44. Cotización y recaudación. Bonificaciones y reducciones de cuotas a la Seguridad Social. Recaudación en período voluntario: plazos, lugar y forma de liquidación de las cuotas. Aplazamientos y fraccionamiento de pago. Falta de cotización en plazo reglamentario: reclamación de deudas y recargos.
45. Acción protectora del sistema público de la Seguridad Social. Contenido y clasificación de las prestaciones. Incompatibilidades. El concepto de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Responsabilidad en orden a las prestaciones. Prescripción, caducidad y reintegro de prestaciones indebidas.
46. La protección por incapacidad temporal: Concepto, beneficiarios y cuantía. Nacimiento, duración y extinción. La protección por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. La prestación económica por el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
47. La protección por incapacidad permanente: Grados. Nacimiento, duración y extinción. Cuantía. Lesiones permanentes no invalidantes. La calificación y revisión de la incapacidad permanente. La pensión de invalidez en su modalidad no contributiva.
48. La protección por jubilación: modalidades contributiva y no contributiva. Hecho causante. Cuantía de la prestación. Incompatibilidad con el trabajo, suspensión y extinción. Jubilaciones anticipadas y prejubilación. La jubilación parcial. La jubilación flexible.
49. La protección por muerte y supervivencia. Requisitos para las prestaciones por viudedad, orfandad y en favor de familiares. La cuantía de las prestaciones. Compatibilidad y extinción. Normas específicas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La protección a la familia: Clases, requisitos y cuantía de las prestaciones. Beneficiarios. La Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
50. Entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social. Antecedentes históricos. El Instituto Nacional de la Seguridad Social: Organización y funciones.
51. La Tesorería General de la Seguridad Social: Organización y funciones.
52. La colaboración en la gestión. Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Constitución, organización y funcionamiento.
53. La protección por desempleo. Concepto y clases. Campo de aplicación. Acción protectora. Especial consideración a la situación legal de desempleo y formas de acreditación. Compatibilidad de la prestación por desempleo con el trabajo.
54. La prestación por desempleo en su nivel contributivo: Beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Duración, cuantía, reanudación y extinción del derecho.
55. La prestación por desempleo en su nivel asistencial: el subsidio por desempleo. Beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Duración y cuantía del subsidio. Reanudación del derecho.
56. Financiación y gestión de las prestaciones. Tramitación y pago de las prestaciones por desempleo: Normas generales y específicas. La opción de pago único.
57. La protección por desempleo. Obligaciones de empresarios y trabajadores. Responsabilidad de empresarios y trabajadores: Procedimiento para la exigencia de responsabilidad empresarial y reintegro de prestaciones indebidas.
58. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Trabajo y salud. Evaluación y factores de riesgo. La información y formación de los trabajadores. Participación de los empleados públicos.
59. La prevención de riesgos. Evaluación de riesgos.
60. Planificación de la actividad preventiva. Organización de los recursos. Entidades especializadas. Funciones y cualificación del personal. Vigilancia de la salud.
ANEXO G
Oferta de Empleo: 2021.
Denominación de la plaza: Técnico medio. Área Económica. Subvenciones y Fondos Europeos.
Régimen de la plaza: Funcionario.
Número de plazas: Una.
Escala: Administración General.
Subescala: Técnica.
Grupo: A2.
Sistema de selección: Oposición.
Turno: Libre.
Nivel de titulación: Título universitario de Grado o los actualmente vigentes de Diplomado Universitario, o equivalentes.
Tasas: Según Ordenanza municipal reguladora de la tasa por derechos de examen. (32 euros) Código: TMAE.
Fase de oposición: Constará de las pruebas obligatorias y eliminatorias siguientes:
Primera prueba: Ejercicio tipo test. Consistirá en contestar por escrito un test multi-respuesta de 100 preguntas, relacionado con el temario que se adjunta. Puntuación máxima 10 Puntos. Cada respuesta acertada tendrá una puntuación de 0,1 punto. Por cada respuesta incorrecta se descontará 0,025 puntos, siendo necesarios 5 puntos para superarlo y pasar a la segunda prueba. El tiempo máximo de realización será de dos horas.
Segunda prueba: Consistirá en la resolución de dos ejercicios/supuestos prácticos relacionados con el temario específico y las funciones a desempeñar, debiendo obtener un cinco en cada uno de ellos para superar la prueba. La nota final de esta segunda prueba será la media aritmética de los dos ejercicios/supuestos prácticos. El Tribunal presentará cuatro ejercicios/supuestos, entre los que tendrán que elegir dos los aspirantes para su resolución. El tiempo máximo de realización será de tres horas.
El Tribunal, mediante llamamiento público, podrá requerir la presencia de los aspirantes para que realicen aclaraciones a la segunda prueba.
La nota final será el resultado de aplicar la media aritmética de las dos pruebas.
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución. Estructura y contenido esencial. La reforma constitucional. La Corona. Las funciones del Rey. El refrendo. División y distribución de poderes en la Constitución de 1978.
2. La Ley. Concepto y caracteres. Las leyes estatales. Leyes ordinarias y orgánicas. Normas del gobierno con fuerza de ley. Los Tratados internacionales como norma de derecho interno.
3. Legislación autonómica. Límites a la legislación territorial. Sistemas de relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.
4. La Unión Europea. Instituciones y organismos: composición, funcionamiento y competencias. Fuentes del derecho comunitario.
5. La autonomía local. Garantía constitucional. Sistema de distribución de competencias en el ámbito local. La legislación autonómica y estatal sobre régimen local. Democracia y participación en la vida pública local. La democracia representativa: la participación electoral. La democracia directa y sus técnicas.
6. El Régimen local: significado y evolución histórica. La Administración local en la Constitución. La Carta Europea de la Autonomía Local. Elementos del municipio: el término municipal. La población. El empadronamiento. Funcionamiento de los órganos colegiados locales.
7. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. El municipio. Organización municipal. Competencias. Potestad normativa de los entes locales: reglamentos, ordenanzas y bandos. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
8. El procedimiento administrativo común y el régimen jurídico del sector público. La relación jurídica administrativa. El sector público. El interesado: concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado: derechos subjetivos e intereses legítimos El acto administrativo concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Motivación de los actos. Notificación. Validez de los actos administrativos. La efectividad de los actos
9. Los registros y los archivos administrativos. Requisitos de la presentación de documentos. Términos y plazos. Inicio, ordenación e instrucción de los procedimientos. Terminación. La obligación de resolver. Distintas formas de finalizar un procedimiento. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo.
10. La revisión de actos y los recursos administrativos. Clases de recursos administrativos. Reglas generales para la tramitación de los recursos administrativos. Las reclamaciones económico-administrativas. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.
11. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.
12. El presupuesto. Concepto, naturaleza y clases. El principio de estabilidad presupuestaria en la Constitución.
13. La ley de haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.
14. El personal al servicio de la entidad local. Sus clases. Derechos y deberes del personal al servicio de las entidades locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las entidades locales. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos locales. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
15. La ley de contratos del sector público. Del contrato de obras: Actuaciones preparatorias. Ejecución del contrato. Modificación de los contratos. Cumplimiento del contrato. Resolución del contrato. Del contrato de servicios: Disposiciones generales. Ejecución de los contratos de servicios. Resolución de los contratos. De la subsanación de errores, indemnizaciones y responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos de obras.
16. Los bienes de las entidades locales. La ley de bienes de las entidades locales de Andalucía. Régimen jurídico de los bienes de las entidades locales.
17. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos.
18. La administración electrónica y servicios al ciudadano. La información administrativa. La administración electrónica y procedimiento administrativo. Derechos del ciudadano en sus relaciones por medios electrónicos con las administraciones. Canales de relación entre ciudadano y administración. Soportes de la Administración electrónica: La firma electrónica. El certificado digital.
19. Normativa sobre Igualdad y de Género. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Violencia de Género. Publicidad institucional e imagen pública no sexista.
TEMARIO ESPECÍFICO
20. Las subvenciones públicas: concepto, elementos y requisitos. Procedimiento de concesión, gestión y justificación de subvenciones. Infracciones y sanciones en materia de subvenciones: el reintegro de subvenciones. El control de las subvenciones.
21. El Plan Estratégico de Subvenciones.
22. El Estatuto Básico del Empleado Público y su aplicación en las Entidades Locales: líneas generales y efectos de su regulación.
23. Tipología de contratos de trabajo: clases y características. Las modalidades contractuales en la Administración.
24. La ley de empleo. Estructura y contenido. Prestaciones por desempleo.
25. El modelo teórico del desarrollo local. Objetivos, programas e instrumentos del desarrollo local.
26. La planificación estratégica en el marco del desarrollo local. Desarrollo integral y dinamización global del territorio. Herramientas de análisis y diagnóstico.
27. Desarrollo local y fomento de la cultura emprendedora. El significado socioeconómico de emprender. Aspectos previos a tener en cuenta por parte de emprendedor.
28. Investigación social: técnicas aplicadas al desarrollo local.
29. Desarrollo Local y territorio. Concepto de desarrollo endógeno. Competitividad y economías externas. Organización y sistemas de producción local. Aprendizaje y entornos innovadores. Desarrollo, cultura y sociedad. Dimensión territorial y urbana del desarrollo. El desarrollo endógeno, estrategia para la acción. Factores y herramientas.
30. El desarrollo local y su evolución hacia el desarrollo territorial.
31. El análisis del mercado de trabajo y estructura socioeconómica de Rincón de la Victoria.
32. La economía social y el Desarrollo Local.
33. El papel de las Corporaciones Locales en materia de promoción económica y fomento del empleo.
34. Subvenciones del Fondo Social Europeo a entidades locales en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.
35. Subvenciones del Fondo Social Europeo a entidades locales en el marco del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación.
36. Estrategia española de activación para el empleo.
37. La Agenda 2030.
38. El Plan Nacional de Recuperación Resiliencia y Transformación.
39. Construcción de la Unión Europea. Su ordenamiento jurídico.
40. La Unión Europea: Instituciones y Agencias.
41. Ciudadanía de la Unión Europea. Derechos Individuales y Colectivos.
42. El Mercado Interior en la Unión Europea. Su desarrollo digital.
43. Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
44. Política regional, política social y política de empleo en la Unión Europea.
45. La Estrategia Europea 2020.
46. Fondos Next Generation EU.
47. Desarrollo rural en la Unión Europea. Desarrollo rural en Andalucía.
48. Fondos Europeos de Desarrollo Rural en Andalucía 2014-2020.
49. El Fondo Social Europeo. Programa Operativo de Andalucía 2014-2020. El Fondo Social Europeo +.
50. EL Fondo Europeo de Desarrollo Regional para Andalucía 2014-2020.
51. El emprendimiento como pilar educativo en la Unión Europea. Emprendimiento juvenil.
52. Inversión para el empleo en la Unión Europea. Crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Las Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible.
53. El lobby en la Unión Europea.
54. Las redes europeas.
55. La Administración Local y Europa.
56. Los Centros de información europea.
57. La movilidad laboral en Europa. El Programa Erasmus+.
58. La elaboración, gestión y evaluación de un proyecto comunitario de calidad.
59. Políticas activas de empleo. Plan anual de política de empleo.
60. Formación profesional dual y Formación profesional para el empleo.
61. Integración laboral y discapacidad e integración socio-laboral de colectivos con vulnerabilidad social.
62. La Iniciativa para la Activación, Impulso y Recuperación del Empleo, Iniciativa AIRE y el Programa de Fomento del Empleo Industrial y Medidas de Inserción Laboral en Andalucía.
63. Las agencias de colocación.
64. Los Programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo en Andalucía.
65. Programa de Itinerarios de Inserción: Programas de Orientación Profesional. Unidades de Orientación.
66. Igualdad y empleo.
Rincón de la Victoria, 12 de abril de 2021.- El Alcalde-Presidente, José Francisco Salado Escaño.
Descargar PDF