Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 11/05/2021

3. Otras disposiciones

Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades

Resolución de 29 de abril de 2021, de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, por la que se declara la Zona de Interés Artesanal de Montilla (Córdoba).

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Examinada la solicitud para la declaración de la Zona de Interés Artesanal de Montilla presentada al amparo de la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación, se han apreciado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero. El 27 de agosto de 2020 la Asociación Cultural de Artesanos de Montilla Solano Salido presenta por el registro electrónico de la Junta de Andalucía solicitud para la declaración de la Zona de Interés Artesanal de Montilla.

Segundo. El 10 de febrero de 2021, se recibió en la Dirección General de Comercio por la aplicación BandeJA la citada solicitud, acompañada de la documentación presentada por la Asociación, para la tramitación del expediente, junto con el informe motivado de la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Córdoba.

Tercero. Con fecha 25 de febrero de 2021, la Dirección General de Comercio solicita a la citada Delegación Territorial que se subsanen deficiencias observadas en el expediente, recibiendo la documentación requerida mediante la aplicación BandeJA el día el 9 de marzo de 2021.

Cuarto. Conforme a lo establecido en el artículo 12.1 de la Orden de 8 de septiembre de 2011 fue oída la Comisión de Artesanía de Andalucía en su sesión celebrada el día 22 de marzo de 2021, respecto a la creación de la Zona de Interés Artesanal de Montilla.

Quinto. El día 13 de abril de 2021, antes de la finalización del plazo del trámite de audiencia, la Asociación Cultural de Artesanos de Montilla Solano Salido remite, a la Dirección General de Comercio, escrito prestando su conformidad a la creación de la Zona de Interés Artesanal de Montilla.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades es competente para conocer y resolver el presente procedimiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 58.1.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades; Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía; y en la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.

Segundo. Por Orden de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, de 16 de febrero de 2021, se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería y en determinados órganos de sus agencias administrativas.

En la citada orden se acuerda en el punto Segundo 4.j) delegar en la persona titular de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de interés Artesanal prevista en el artículo 15.2 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, y en el artículo 12.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal y se aprueba el distintivo para su identificación.

Tercero. El procedimiento para la declaración de Zona de Interés Artesanal viene recogido en la Orden de 8 de septiembre de 2011, por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.

Vista la solicitud de la Asociación Cultural de Artesanos de Montilla Solano Salido, cumpliéndose todos los requisitos exigidos en artículo 4 de la mencionada Orden de 8 de septiembre de 2011, tras el análisis del informe emitido por la Delegación Territorial de Córdoba, oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, de acuerdo con los preceptos legales citados, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, demás normativa de general y pertinente aplicación, y una vez finalizados los trámites reglamentarios,

RESUELVO

Primero. Declarar la Zona de Interés Artesanal de Montilla, con todos los derechos inherentes a tal declaración, de conformidad con la Orden de 8 de septiembre de 2011.

La declaración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, tendrá carácter indefinido, pudiendo dejarse sin efecto por variación sustancial de las circunstancias que dieron lugar a la declaración, a petición de quienes instaron la misma o por otras causas que se puedan establecer reglamentariamente. En este sentido, la Orden de 8 de septiembre de 2011, establece en su artículo 13 que las entidades afectadas deberán comunicar las variaciones en cuanto al número de locales o talleres, o titulares de los mismos, el cambio de titularidad, en su caso, o cualesquiera otras circunstancias tenidas en cuenta para la declaración de Zona de Interés Artesanal, en el plazo de tres meses desde la fecha en que se hubiesen producido.

Segundo. Autorizar únicamente a los talleres que se detallan en el anexo al uso del distintivo, que podrán exhibir en el exterior de los mismos, de conformidad con el artículo 12.6 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.

Las características del distintivo estarán sujetas a lo establecido en el artículo 18 de la Orden de 8 de septiembre de 2011 y conforme a las medidas y contenido del modelo que se incluye como Anexo V de la misma.

Tercero. Ordenar la inscripción en la hoja abierta en el Registro de Artesanos de Andalucía de los sujetos artesanos afectados, de conformidad con el artículo 6.2 de la Orden de 8 de septiembre de 2011.

Cuarto. Conforme a lo establecido en los puntos anteriores la relación actualizada de los talleres incluidos en la Zona de Interés Artesanal de Montilla es la que se detalla en el anexo a esta resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o bien ser impugnada directamente ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de abril de 2021.- El Consejero de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, P.D. (Orden de 16.2.2021, BOJA núm. 36, de 23.2.2021), el Secretario General, Pablo Cortés Achedad.

ANEXO

Declaración de Zonas de Interés Artesanal de Montilla (Córdoba)

Número de talleres 11
Ámbito territorial Término municipal Municipio
Talleres
TONELERÍA JUAN PINO S.L.
Ctra. Córdoba- Málaga Km.47,5
14550 Montilla

TONELERÍA JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ
Ctra. Córdoba- Málaga Km.42,1
14550 Montilla

ANTONIO ROMERO ARROYO (Taller Artesanos Toneleros)
Ctra. Córdoba- Málaga Km. 48
14550 Montilla

TONELERÍA DEL SUR, RAFAEL CABELLO S.L.
Avda. Marqués de la Vega Armijo, 110
14550 Montilla

TALLER JOSÉ BELLIDO JIMÉNEZ
(Canelonsa) C/ Feria, 13 B
14550 Montilla

TALLER DE CARPINTERÍA CARPINFE S.L.
Ctra. Nueva Carteya, Km. 0.800
14550 Montilla

TALLER DE FORJA Y HERRERÍA MIGUEL BELLIDO MÁRQUEZ
C/ Cuesta Barraruela, 48
14550 Montilla

TALLER DE FORJA Y HERRERÍA ANTONIO URBANO MADRID
C/ Batalla de Garellano, n.º 28
14550 Montilla

TALLER JOAQUÍN BERRAL GARRIDO
(Guarnicionería Joaquín Berral) Avda. Antonio y Miguel Navarro, 12
14550 Montilla

TALLER RICARDO RUIZ ORTIZ (Erreuzeta)
Avda. de Europa, 17 - A
14550 Montilla

TALLER JOSÉ ANTONIO HERRADOR LUQUE
(Marroquinería Caprimar) Avda. Italia, n.º 20
14550 Montilla
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