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La Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, establece en su artículo 139.2 la constitución de una Comisión de Impacto de Género, dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda, cuyo objetivo es garantizar que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía sea sometido a evaluación previa en materia de igualdad por razón de género. También dispone otros cometidos como impulsar la preparación de anteproyectos con perspectiva de género en las diversas Consejerías y la realización de auditorías de género.
El apartado 2 de dicho artículo fue modificado por el artículo 37 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, estableciendo que «se constituirá una Comisión dependiente de la Consejería de Economía y Hacienda con participación del Instituto Andaluz de la Mujer, que emitirá el informe de evaluación sobre el anteproyecto. Dicha Comisión impulsará y fomentará la preparación de anteproyectos con perspectiva de género en las diversas Consejerías y la realización de auditorías de género en las Consejerías, empresas y organismos de la Junta de Andalucía.»
Por otra parte, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, contempla en su artículo 8 el enfoque de género en el presupuesto, con objeto de que este sea un elemento activo en la consecución del objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres. A tal fin, regula la Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos, en los mismos términos que la Ley 18/2003, de 29 de diciembre.
En desarrollo de las citadas leyes se aprobó el Decreto 20/2010, de 2 de febrero, por el que se regula la Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo establece como órgano colegiado asesor específico y de participación administrativa, cuya finalidad es impulsar que el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía sea un elemento activo en la consecución de forma efectiva del objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres, adscribiéndola a la Consejería competente en materia de Hacienda.
El artículo 3 y 6 regula su composición, incluyendo entre sus miembros a dos personas en representación de cada una de las Consejerías que deberán tener, al menos, rango de Jefatura de Servicio, y serán nombradas por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda a propuesta de las personas titulares de las respectivas Consejerías. Asimismo, dispone la norma que en caso de vacante, ausencia o enfermedad, las personas que desempeñen las vocalías serán sustituidas por sus suplentes, debiendo ser del mismo sexo que las personas a las que sustituyan.
En virtud de lo expuesto y de conformidad con la normativa citada, así como en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y por el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Proponer como vocalías de la Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en representación del Instituto Andaluz de la Mujer, adscrito a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, al Jefe de Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria, don Pablo Carrero Pérez-Ángulo, y a la Jefa del Gabinete de Estudios y Programas, doña M.ª José López Sotelo, que podrán ser sustituidas, respectivamente, por el Jefe de Servicio de Formación y Empleo, don Manuel Serrano Pérez, y por la Jefa del Servicio de Coordinación, doña Rocío del Río Lameyer.
Sevilla, 6 de mayo de 2021
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ | |
Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación |