Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 90 de 13/05/2021

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Anuncio de 19 de abril de 2021, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por el que se publica la resolución de la Delegación del Gobierno en Sevilla de la Junta de Andalucía, por la que se concede a favor de la mercantil Urso Solar, S.L., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción que se cita, ubicada en los términos municipales de Utrera y Alcalá de Guadaíra (Sevilla), y a efectos de la solicitud de autorización ambiental unificada. (PP. 1443/2021).

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Nuestra referencia: DE/LMCC/JGC.

Expediente: 275.563.

R.E.G.: 4.110.

Visto el escrito de solicitud formulado por Urso Solar, S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 11 de abril de 2019, la sociedad mercantil Urso Solar, S.L. (B-90351586), solicita Autorización Administrativa Previa y de Construcción, para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología Fotovoltaica denominada «HSF Don Rodrigo II» de 50.000 kW de potencia instalada, y ubicada en los términos municipales de Utrera y Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), así como lo dispuesto en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 2/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (en adelante, Decreto 356/2010), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en:

- BOP de la provincia de Sevilla número 301, de 31 de diciembre de 2019.

- BOJA número 239, de fecha 13 de diciembre de 2019.

Sin que se produjeran alegaciones durante el periodo de exposición pública.

Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnico, y de síntesis del Estudio de Impacto Ambiental, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos se pronunciaran al efecto y emitieran el informe y, en su caso, condicionado técnico que correspondiera:

- E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.

- Red Eléctrica de España, S.A.

- Diputación de Sevilla.

- Enagas, S.A.

- Gas Natural Andalucía (Nedgia Andalucía, S.A.).

- Ayuntamiento de Utrera.

- Aguas del Huesna, S.L.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Compañía Logística de Hidrocarburos, CLH, S.A.

- D.T. Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Sevilla. Carreteras.

- Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Sevilla (Servicio de Minas).

- Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos.

- Ministerio de Fomento (Demarcación de Carreteras Andalucía Occidental).

- D.T. Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de Sevilla. Urbanismo.

- Seo-Birdlife.

- Ecologistas en Acción.

Dándose la circunstancia de que existe conformidad de la beneficiaria con las alegaciones e informes que en los plazos reglamentarios han sido aportados durante el procedimiento de tramitación, y que obran en el expediente de referencia.

Tercero. Con fecha de 5 de octubre de 2020, la Delegación Territorial en Sevilla de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en aplicación de los dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de Autorización Ambiental Unificada (Expte AAU/SE/445/2019/N), en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales.

Cuarto. Con fecha de 30 de septiembre de 2020, la compañía Red Eléctrica de España, S.A., emite informe favorable de cumplimentación de los procedimientos de acceso y conexión para la instalación eléctrica de referencia, en la subestación Don Rodrigo 400 kV.

Quinto. Con fecha de 11 de diciembre de 2019, la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y de ahorro y de eficiencia energética en Andalucía, emite un informe que acredita la compatibilidad urbanística para la instalación referenciada en las condiciones establecidas en la misma.

A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación del Gobierno en virtud de lo dispuesto en:

- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas.

- Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior (dependencia orgánica), el Órgano al que corresponde dichas competencias.

- Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

- Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

- Instrucción 1/2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.

- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.

- Decreto 50/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan los procedimientos administrativos referidos a las instalaciones de energía solar fotovoltaica emplazadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

- Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

- Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, modificada por Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Instrucción Técnica Componentes (ITC-FV-04).

Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en relación con su anexo primero, así como el artículo 30 del Decreto 356/2010, la actuación objeto de la presente resolución está sometida al requisito de informe vinculante sobre Autorización Ambiental unificada, el cual se resolvió favorablemente con fecha de 5 de octubre de 2020, Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente, en el siguiente enlace:

http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/

Cuarto. Se ha cumplido el trámite reglamentario establecido en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Fomento de las Energías Renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en el que se hace referencia al cumplimiento de los preceptos impuestos por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y modificados por el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva de Andalucía.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas,

RESUELVE

Primero. Conceder a favor de la sociedad mercantil Urso Solar, S.L. (B-90351586), autorización administrativa previa y de construcción para la instalación de generación de energía eléctrica denominada «HSF Don Roedrigo II», con una potencia instalada de 50.000 kW, y ubicada en los términos municipales de Utrera y Alcalá de Guadaíra (Sevilla), cuyas características principales son las siguientes:

Peticionario: Urso Solar, S.L. (B-90351586).

Domicilio: C/ Juan Olivert, 9, C.P. 41300 La Rinconada, Sevilla.

Denominación de la instalación: HSF Don Rodrigo II.

Términos municipales afectados: Utrera y Alcalá de Guadaíra, Sevilla.

Emplazamiento de la ISF: Polígono 10 parcelas 82, 83, 84 y 85, del término municipal de Utrera, paraje denominado Cuca de Noche.

Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología Fotovoltaica (b.1.1 R.D. Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos).

Características técnicas principales de la instalación solar FV:

- Instalación de 137.010 módulos fotovoltaicos, de los cuales 135.280 módulos son de 365 Wp y 1.730 módulos son de 360 Wp, en condiciones STC.

- Estructuras soporte de los paneles con seguidor instaladas con el eje de giro en dirección norte-sur con movimiento de giro en dirección este-oeste.

- Cableado de distribución de la energía eléctrica y protecciones eléctricas correspondientes.

- Se instalarán en la planta 17 estaciones de potencia. Dichas estaciones se componen de un conjunto inversor/transformador de instalación exterior (outdoor). Para adaptarnos a las necesidades de la planta utilizaremos inversores de dos potencias distintas, 8 inversores de 2.365 kW y 9 de 3.550 kW (tendrán la potencia activa limitada a la potencia activa necesaria para la evacuación 40,83 MW, y uno de los inversores se encontrará tarado de manera que la potencia instalada de la planta se fija en 50 MW, quedando recogido en la placa de características del propio equipo). La potencia del transformador asociado a cada tipo de inversor dependerá del inversor seleccionado y será de 2.400 kVA para las estaciones de potencia que emplean inversores de 2.365 kW y de 3.550 kVA para las estaciones de potencias con inversores de 3.550 kW.

- La instalación de media tensión la componen cada uno de los conjuntos inversor/transformador y cinco circuitos de alimentación en media tensión soterrada en 30 kV, que enlaza los conjuntos con el centro de seccionamiento.

- Centro de seccionamiento de tensión nominal de 30 kV en el que se instalarán las celdas de MT y el equipamiento correspondiente a servicios auxiliares y medida, incluyendo el transformador de SS.AA., y un grupo electrógeno.

- Línea subterránea 30 kV de evacuación de planta fotovoltaica «Don Rodrigo II», desde el centro de seccionamiento interno en la planta fotovoltaica hasta la subestación colectora Marchamorón (no objeto de este proyecto), con una longitud aproximada de 1.497,50 metros y cuyo trazado discurre por los términos municipales de Utrera y Alcalá de Guadaíra en las siguientes parcelas.

- Parcelas afectadas línea de evacuación: polígono 10 parcelas 82, 83, 84, 85, 9008 y 9019 de Utrera, y polígono 22 parcela 5 de Alcalá de Guadaíra.

Potencia instalada (módulos FV) de generación: 50,00 MW (art. 3 R.D. 413/2014).

Potencia instalada (inversores) de generación: 50 MW.

Potencia Máxima de Evacuación: 40,83 MW.

Tensión de evacuación: 30 kV.

Punto de conexión: SE Don Rodrigo 400 kV (Red Eléctrica de España, S.A.).

Proyectos técnicos: Visado núm. 451/69 COGITI-Sevilla de fecha 31 de enero de 2019.

Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, Óscar Reyes Blanco, colegiado núm. 12188 del COGITI Sevilla.

Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

- Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.

- El plazo de puesta en marcha será de tres (3) años contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que el peticionario hubiese obtenido, previa solicitud por razones justificadas, prórroga del mismo, podrá entenderse la caducidad del mismo.

- El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.

- Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, modificada por Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Instrucción Técnica Componentes (ITC-FV-04) de la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas.

- La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.

- El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por los órganos competentes en materias medio ambiental, urbanística y de ordenación del territorio.

Tercero. Habiéndose presentado en esta Delegación del Gobierno, Proyecto de Desmantelamiento y Restitución de la presente instalación, se acredita el cumplimiento del art. 52.6 de la Ley 7/2002 y se establece el importe de la garantía a constituir por parte del titular, en una cuantía igual al importe de los gastos de restitución de los terrenos a su estado original, ochocientos noventa y nueve mil ochocientos dieciseis euros, con setenta y cuatro céntimos (899.816,74 €) que deberá constituirse ante los Excmos. Ayuntamientos de Utrera (869.816,74 €) y Alcalá de Guadaíra (30.000,00 €), en las cuantías indicadas, con carácter previo a la puesta en servicio de la instalación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y Financiación Europea, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 19 de abril de 2021.- El Delegado del Gobierno, Ricardo A. Sánchez Antúnez.

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