Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 02/06/2022

1. Disposiciones generales

Universidades

Extracto de la Resolución de 25 de mayo de 2022, de la Universidad de Huelva, del Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso Global, por la que se aprueba una convocatoria de plazas para la movilidad de estudiantes de Máster de la Universidad de Huelva para estudios en Universidades de Estados miembros de la UE y terceros países asociados y no asociados al programa con acuerdos interinstitucionales.

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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

BDNS: 629786.

Primero. Convocatoria.

Programa Erasmus +, convocatoria de plazas para la movilidad de estudiantes de Máster de la Universidad de Huelva, para estudios en Universidades de Estados miembros de la Unión Europea y terceros países asociados y no asociados al programa con acuerdos interinstitucionales.

Segundo. Bases reguladoras.

Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas y ayudas concedidas para la movilidad internacional de la Universidad de Huelva, aprobado en Comisión de relaciones Internacionales de la Universidad de Huelva de 12 de febrero de 2021 y en Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2021.

Tercero. Financiación.

Las ayudas se harán efectivas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 80016000 321-A 481.99 procedentes del SEPIE y a la 80010602 321-A 481.99, solo para los países indicados, procedente de la Junta de Andalucía, si procede.

Las ayudas no tienen por objeto cubrir la totalidad de los gastos de los estudiantes en el extranjero, sino compensar la diferencia de vivir fuera de su ámbito familiar y social.

Estas ayudas son compatibles con otras ayudas o formas de financiación que pueda obtener o recibir el estudiante beneficiario. No obstante, no serán compatibles con otras ayudas convocadas por el Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Huelva que se otorguen mediante el sistema de concurrencia competitiva y supongan una plaza para un mismo periodo de estudios. Si serían compatibles con ayudas para un periodo de movilidad Erasmus + de prácticas, siempre que entre los dos periodos de estancia no se superen los 12 meses.

La adjudicación de una plaza de movilidad no conlleva la dotación económica con carácter automático, sino que la posible ayuda y el importe de la misma estarán supeditados a la financiación que la UHU reciba para este fin de organismos externos.

El importe de las ayudas se determinará a medida que los organismos financiadores comuniquen a la Universidad de Huelva las cantidades destinadas a estos fines. En ese momento, los adjudicatarios serán informados de este extremo, así como de la forma en que la UHU hará efectivo el pago de las ayudas. Este importe estará condicionado al cumplimiento de los requisitos adicionales que pudieran imponer estos organismos.

La dotación económica, en todo caso, será la correspondiente al tiempo de estancia real del estudiante en la Universidad de destino, y siempre como máximo, la que corresponda al número de meses que se establecen para cada plaza en el Anexo I, con la limitación que determinen los organismos financiadores. Sólo en caso de ampliación de estancia debidamente autorizada, y siempre que sea viable presupuestariamente, podrá ampliarse también la dotación económica de la ayuda. En todo caso, esta decisión corresponde exclusivamente al Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso Global de la UHU.

El beneficiario que de por finalizada su estancia antes de cumplir el periodo previsto, perderá el derecho a percibir la cuantía total de la ayuda. En tal caso, el beneficiario tendrá derecho a la percepción de la parte de la ayuda proporcional al periodo efectivamente disfrutado en la Universidad de destino, siempre que haya permanecido un mínimo de 2 meses, quedando, en su caso, obligado al reembolso de la parte de la ayuda indebidamente percibida por minoración de estancia o incumplimiento de los requisitos adicionales que hubieran impuesto los organismos financiadores.

El beneficiario deberá enviar a drinter01@sc.uhu.es el Certificado de Llegada debidamente firmado y sellado por la Universidad de destino, donde se refleje la fecha exacta de su incorporación a esa Universidad. El cumplimiento de este trámite será necesario para comenzar a cobrar el importe de la ayuda en caso de que le corresponda, por lo que un retraso en el envío del mismo supondrá un retraso en el abono de la misma.

Igualmente, el beneficiario deberá presentar los documentos exigidos a la vuelta de la movilidad.

El estudiante, en caso en caso de tener en su posesión las copias originales del Certificado de Estancia y el Certificado de Estudios realizados, emitidos por la Universidad de destino, deberá presentarlas en el Servicio de Relaciones Internacionales de la UHU. Es obligatorio entregar el Certificado de Estancia en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de finalización de la estancia.

Cuarto. Personas beneficiarias.

Estar matriculada en la Universidad de Huelva, durante el curso académico 2021/2022, en el último curso de grado o en una de las titulaciones de máster de carácter oficial para las que exista oferta.

Estar matriculada en la Universidad de Huelva, antes de la fecha de inicio de su movilidad, en la titulación para la que se le ha concedido la plaza en el curso 2022/23.

No haber disfrutado con anterioridad de una movilidad Erasmus +, LLP Erasmus o Erasmus Mundus para su ciclo de estudios (máster) superior a 7 meses siempre que entre la/s anterior/es movilidad/es ya disfrutadas y la solicitada se superen 12 meses (360 días).

Ser ciudadano de un Estado Miembro de la Comunidad Europea o de cualquier otro Estado que participe en las acciones correspondientes al Programa Erasmus +, o bien ser nacional de terceros países (países no participantes en el programa) en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el periodo de realización de la movilidad. En este caso, el solicitante es responsable de gestionar los visados o permisos correspondientes a su desplazamiento a la institución de destino, se aconseja comenzar esta tramitación, al menos, con 3 meses de antelación a la fecha de salida prevista. Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben acreditar ante el Servicio de Relaciones Internacionales estar en posesión de la documentación requerida y de las autorizaciones necesarias (copia del NIE con validez hasta el final de su estancia).

La persona solicitante deberá tener acreditado el nivel de idioma requerido por las Universidades de destino de los destinos solicitados que se especifica en el catálogo de plazas (Anexo I) de la presente convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día después de la publicación de la presente convocatoria en el BOJA. Además, se publicará en el tablón electrónico oficial de la Universidad de Huelva y en la página web del Servicio de Relaciones Internacionales y se prolongará hasta el 15 de junio de 2022 inclusive.

Huelva, 27 de mayo de 2022.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

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