Orden de 26 de mayo de 2022, por la que se aprueba y publica el formulario-anexo relativo a la solicitud para autorización como agente de control en base al Real Decreto 387/2021, de 1 de junio.
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Con fecha 25 de junio de 2021 se publicó el Real Decreto 387/2021, de 1 de junio, por el que se regula el régimen de certificación fitosanitaria oficial para la exportación de vegetales y productos vegetales y se modifica el Real Decreto 58/2005, de 21 de enero, por el que se adoptan medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.
El citado Real Decreto establece que los agentes de control que quieran ser oficialmente autorizados para la emisión de atestaciones de cumplimiento de requisitos fitosanitarios o que reflejen el estado fitosanitario de productos a exportar, fuera de campañas fitosanitarias, tendrán que presentar su solicitud a la Comunidad Autónoma en cuyo ámbito territorial deseen trabajar.
Para ello es necesaria la publicación del formulario-Anexo I relativo a la solicitud para autorización como agente de control en base al Real Decreto 387/2021, de 1 de junio..
El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, determina en el artículo 6.3.f) que, entre otros, es un criterio de reducción de cargas y simplificación documental: La normalización documental, fundamentalmente de los formularios de solicitud, declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones y documentos de análogo carácter, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los datos mínimos necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando sea posible, su precumplimentación. Y el artículo 12.9 dispone que todos los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Esta Consejería es competente para aprobar el citado formulario, conforme al Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, así como al Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
Por lo expuesto, y en uso de las competencias que me vienen atribuidas por la legislación vigente,
RESUELVO
Primero. Aprobación del formulario
1. Aprobar y dar publicidad al modelo normalizado de formulario-anexo (Código de Procedimiento 24916) que se adjunta a la presente orden:
• Solicitud autorización agente de control.
2. Asimismo, el citado formulario publicado en la presente orden se podrá obtener en el Catálogo de Procedimientos y Servicios del Portal de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24916.html
Segundo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de mayo de 2022
CARMEN CRESPO DÍAZ | |
Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible |
BOJA nº 104 de 02/06/2022