Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 06/06/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Corrección de errores de la Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Transportes Rober, S.A,  concesionaria del transporte público urbano de Granada, mediante el establecimiento de servicios mínimos (BOJA núm. 103, de 1.6.2022).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00262582.

Advertido error material en la Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la empresa Transportes Rober, S.A, concesionaria del transporte público urbano de Granada, mediante el establecimiento de servicios mínimos.

Donde dice:

- Día 10, 15 y 17 de junio de 2022:

• El 30% del número total de autobuses que prestan servicio habitualmente cada día durante las horas punta, es decir de 7:00 a 9:00 horas y de 19:30 a 21:30 horas, con la dotación correspondiente.

• 1 trabajador/a en administración.

• 1 trabajador/a en talleres.

• 1 encargado/a.

En todos los casos, cuando la aplicación de estos porcentajes resultaran inferior a la unidad, se mantendrá esta en todo caso, y, si resultasen excesos de números enteros, se redondearán a la unidad superior.

Corresponde a la empresa y a la Administración responsable, oído el comité de huelga, la facultad de establecer los días en que deben realizarse los servicios mínimos y el personal designado para ello.

Debe decir:

- Día 10, 15 y 17 de junio de 2022:

• El 30% del número total de autobuses que prestan servicio habitualmente cada día durante las horas punta, es decir de 7:00 a 9:00 horas y de 19:30 a 21:30 horas, con la dotación correspondiente.

• El resto del día, un autobús por cada línea existente con el horario de comienzo y finalización de las jornadas habituales y la dotación correspondiente.

• 1 trabajador/a en administración.

• 1 trabajador/a en talleres.

• 1 encargado/a.

En todos los casos, cuando la aplicación de estos porcentajes resultaran inferior a la unidad, se mantendrá esta en todo caso, y, si resultasen excesos de números enteros, se redondearán a la unidad superior.

Corresponde a la empresa y a la Administración responsable, oído el comité de huelga, la facultad de establecer los días en que deben realizarse los servicios mínimos y el personal designado para ello.

Descargar PDF