Resolución de 1 de julio de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se modifica y amplía la delegación de competencias de la Rectora realizada por Resolución de 31 de julio de 2019.
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Con fecha 31 de julio de 2019, la Rectora magnífica de la Universidad de Granada resolvió, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, delegar las competencias que, de entre las que le atribuyen los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011), precisaban de dicha delegación al objeto de lograr una mayor agilidad y eficacia en la resolución de las cuestiones de gestión relativas al ejercicio de dichas competencias.
Con posterioridad a la publicación de dicha resolución, en la Universidad de Granada se han generado diversas circunstancias de las que deriva la necesidad de su modificación puntual en diferentes aspectos.
En concreto, se ha aprobado por el Consejo de Gobierno de esta Universidad, con fecha 29 de junio de 2021, el Reglamento por el que se establece el régimen jurídico y se regula el procedimiento para la concesión de Licencias y Permisos del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada, en vigor a partir de 1 de enero de 2022. Al amparo de lo dispuesto en el artículo 10 del referido Reglamento, por el que se establece que el órgano competente para resolver la solicitud de permisos o licencias de duración de un día hasta tres meses es la Rectora o persona en quien delegue, y en aras de facilitar la gestión de los permisos de hasta un mes de duración, esta Rectora
HA RESUELTO
Primero. Revocar la competencia delegada en los Decanos de Facultad y Directores de Escuela mediante la Resolución de 31 de julio de 2019, conforme a la letra h) del apartado tercero, para conceder los permisos de duración inferior a un mes al personal docente e investigador perteneciente a su Facultad o Escuela, previo informe del Departamento afectado, en los términos previstos en el artículo 136, letra a), de los Estatutos de la Universidad de Granada.
Segundo. Delegar la competencia para conceder los permisos de duración inferior a un mes al personal docente e investigador en los términos previstos en el artículo 136, letra a), de los Estatutos de la Universidad de Granada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento por el que se establece el Régimen Jurídico y se regula el procedimiento para la concesión de Licencias y Permisos del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada, en los Directores de Departamento, respecto del personal docente e investigador adscrito a su departamento y con docencia asignada; y en los Investigadores Principales o Responsables de contratos o proyectos de investigación, cuando los interesados no tengan docencia asignada.
En consecuencia, quedará suprimida la letra h) del apartado tercero de la referida Resolución de 31 de julio de 2019; se añadirán dos nuevos párrafos en el apartado cuarto; y se entenderá numerado del 1 al 3, quedando redactado este apartado cuarto del modo siguiente:
«Cuarto. Delegar la competencia atribuida en el artículo 10 del Reglamento por el que se establece el Régimen Jurídico y se regula el procedimiento para la concesión de Licencias y Permisos del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada:
1. En los Directores/as de Departamento, la competencia para conceder los permisos de duración inferior a un mes al personal docente e investigador perteneciente a su Departamento.
2. En los Directores de Instituto Universitario de Investigación, la competencia para conceder los permisos al personal docente e investigador de esta Universidad de duración inferior a un mes, en los supuestos de personal investigador en formación, que se adscriba de forma temporal mientras esté vigente su periodo formativo, y del personal investigador contratado con cargo a programas, contratos o proyectos desarrollados por el Instituto, siempre que no tenga docencia asignada.
3. En Investigadores Principales o Responsables de contratos o proyectos de investigación, la competencia para conceder permisos de duración inferior a un mes al personal investigador contratado con cargo al contrato o proyecto del que sean responsables, y al personal investigador pre-doctoral, siempre que no tengan docencia asignada.»
Tercero. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Granada, 1 de julio de 2022.- La Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.
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