Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 09/08/2022

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Orden de 3 de agosto de 2022, por la que se rectifica el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada para su adecuación a la sentencia núm. 852/2022 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Granada.

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Mediante Decreto 244/1999, de 27 de diciembre, el Consejo de Gobierno aprobó el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada y creó su Comisión de Seguimiento, cuyo contenido fue publicado íntegramente en el BOJA núm. 37, de 28 de marzo de 2000.

El título tercero de la Normativa de dicho Plan regula, en su capítulo quinto, las zonas sometidas a restricción de usos y transformaciones por poseer valores productivos en la aglomeración urbana de Granada, señalando como tales los suelos representados en el plano de zonas sometidas a restricción de Usos y Transformaciones.

Interpuesto recurso de apelación número 5766/2019, dimanante del procedimiento número 79/2018 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Cinco de Granada, contra el Ayuntamiento de Granada, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Granada, dictó, con fecha 24 de marzo de 2022, Sentencia núm, 852/2022 de carácter firme y ejecutoria, anulando el acto administrativo impugnado por no ser ajustado a Derecho, anulándose igualmente la clasificación como de «especial protección» de los suelos comprendidos en el ámbito del PE-04 Canto Grande, del Plan General de Ordenación Urbanística de Granada, suelos que quedarán con la clasificación de suelo no urbanizable común.

El fundamento jurídico cuarto de dicha Sentencia concluye que debe eliminarse la clasificación de «especial protección» por no ser merecedores esos suelos, conforme establece el artículo 46.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, «… de algún régimen especial de protección o garante del mantenimiento de sus características, otorgado por el propio Plan General de Ordenación Urbanística, por razón de los valores e intereses en ellos concurrentes de carácter territorial, natural, ambiental, paisajístico o histórico» y, por tanto, debiendo quedar los suelos litigiosos con la clasificación de suelo no urbanizable común.

La presente orden pretende adecuar el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada a dicha Sentencia, mediante su rectificación excluyendo de las Zonas protegidas por su valor productivo los suelos comprendidos en el PE-04 Canto Grande.

En consecuencia, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 4.4.b) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, en relación con el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y de conformidad con el artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, a propuesta de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

DISPONGO

Primero. Proceder a la adecuación del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Granada a la sentencia núm. 852/2022 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, mediante la exclusión de las Zonas protegidas por sus valores productivos, en concreto, de las Zonas de excepcional valor productivo, de los suelos comprendidos en el PE-04 Canto Grande, y, en este sentido, rectificar el plano «Ord-3. Zonas sometidas a restricción de Usos y Transformaciones» y, en coherencia con este, los planos «Ord-1. Modelo Territorial» y «Ord-4. Zonas sometidas a vinculación de usos», que se adjuntan como anexo.

Segundo. Esta orden se comunicará al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y al Ayuntamiento de Granada y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de agosto de 2022

MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda

ANEXOS

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