Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 09/08/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Integración Social, Juventud, Familias e Igualdad

Orden de 2 de agosto de 2022, por la que se aprueba la redistribución de crédito asignado a entidades privadas para programas de acción social, establecido en la Orden de 18 de abril de 2022, por lo que se efectúa la convocatoria para el año 2022, de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

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Mediante Orden de la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de 18 de abril de 2022 (BOJA núm. 76, de 22 de abril de 2022), se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería, para el ejercicio 2022, para las Líneas de subvenciones que en la misma se detallan, entre ellas la Línea 11. Subvenciones a entidades privadas para programas de acción social.

Para la Línea 11, se destina el importe que a continuación se especifica, y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Línea 11. Subvenciones a entidades privadas para programas de acción social. 1600010000 G/31G/48500/00 01
1600180000 G/31G/48500/00 S0689
3.000.000,00
30.000,00
Total: 3.030.000,00

En el dispositivo Decimotercero de la referida Orden se distribuye el crédito disponible en atención a los ámbitos territoriales y funcionales de actuación correspondiente a la Línea 11.

Asimismo, en el punto 1 del dispositivo primero se establece que dicha distribución podrá ser posteriormente modificada por parte del órgano que efectúa la convocatoria, en un acuerdo motivado adoptado con anterioridad al comienzo de la evaluación previa de las solicitudes presentadas, dándole difusión en los mismos medios de publicidad de aquella.

A la vista del número de solicitudes recibidas que reúnen los requisitos para ser beneficiarias, se ha comprobado la existencia de un excedente de crédito en alguno de los ámbitos territoriales o funcionales de actuación, y una carencia en alguno de los restantes.

No habiéndose producido aún el comienzo de la evaluación previa de dichas solicitudes, se está en disposición de redistribuir el crédito inicialmente asignado, con el fin de dar cobertura al mayor número posible de solicitudes presentadas con el excedente de crédito existente respecto a la distribución inicial.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en el dispositivo primero, punto 1 de la Orden de 18 de abril de 2022 y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,

DISPONGO

Primero. Modificar la distribución del crédito disponible por ámbito territorial y funcional de actuación efectuada mediante Orden de 18 de abril de 2022, para la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la Línea 11 en el ejercicio 2022, quedando la distribución del siguiente modo:

Línea 11. Subvenciones a entidades privadas para programas de acción social.

Se destinará una cuantía máxima de 3.000.000,00 de euros, de la partida presupuestaria 1600010000 G/31G/48500/00 01, con la siguiente distribución territorial y funcional, inicial y final, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2022:

Ámbito territorial provincial inicial Comunidad Gitana Personas Migrantes Personas sin hogar
Almería 30.000,00 200.000,00 100.000,00
Cádiz 50.000,00 100.000,00 275.000,00
Córdoba 40.000,00 100.000,00 175.000,00
Granada 65.000,00 100.000,00 275.000,00
Huelva 30.000,00 200.000,00 100.000,00
Jaén 30.000,00 100.000,00 100.000,00
Málaga 65.000,00 100.000,00 300.000,00
Sevilla 65.000,00 100.000,00 300.000,00
TOTAL 375.000,00 1.000.000,00 1.625.000,00

(Cifras en euros)

Importe modificado/ampliado por ámbito territorial provincial Comunidad Gitana Personas Migrantes Personas sin hogar
Almería (modificado) 0 0 - 48.354,28
Cádiz (ampliado) 0 0 25.000,00
Córdoba (no se modifica) 0 0 0
Granada (ampliado y modificado) 12.210,30 0 -104.707,80
Huelva (ampliado) 0 0 25.244,00
Jaén (ampliado y modificado) -12.210,30 0 7.814,00
Málaga(ampliado) 0 0 75.000,08
Sevilla (ampliado) 0 0 20.004,00

(Cifras en euros)

Ámbito territorial provincial final Comunidad Gitana Personas Migrantes Personas sin hogar
Almería 30.000,00 200.000,00 51.645, 72
Cádiz 50.000,00 100.000,00 300.000,00
Córdoba 40.000,00 100.000,00 175.000,00
Granada 77.210,30 100.000,00 170.292,20
Huelva 30.000,00 200.000,00 125.244,00
Jaén 17.789,70 100.000,00 107.814,00
Málaga 65.000,00 100.000,00 375.000,08
Sevilla 65.000,00 100.000,00 320.004,00
TOTAL 375.000,00 1.000.000,00 1.625.000,00

(Cifras en euros)

Segundo. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 2 de agosto de 2022

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Integración Social, Juventud, Familias e Igualdad
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