Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 13/09/2022

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, de modificación de la Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Movilidad, de convocatoria de las pruebas para la obtención y renovación de los certificados de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera para 2022. La modificación afecta a las bases segunda y tercera.

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Mediante Resolución de 27 de julio de 2022, de la Dirección General de Movilidad, se convocan pruebas para la obtención y renovación de los certificados de Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, y se determina la composición del Tribunal Calificador, así como la fecha, horarios y lugar de celebración de las pruebas para 2022 (BOJA núm. 149, de 4.8, páginas 12864/1-6)

Mediante esta resolución se modifican las bases segunda y tercera, quedando como sigue:

Base segunda. Contenido de los exámenes de obtención del certificado:

Los exámenes constarán de dos pruebas:

Una primera, en la que no se permitirá la consulta de textos, que consistirá en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias que les sean aplicables a las personas consejeras de seguridad de la normativa sobre mercancías peligrosas.

Una segunda prueba, que consistirá en la realización de un caso práctico, que versará sobre las tareas y obligaciones a realizar y/o cumplir por la persona consejera, en la que se permitirá la consulta de textos, siempre que no incluyan la resolución a los supuestos.

Dichas pruebas se realizarán conforme al Acuerdo Europeo para el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), en vigor.

El tiempo máximo de que dispondrán las personas aspirantes para la realización de cada una de las pruebas de las que consta el examen será de una hora, sin que pueda abandonarse el aula hasta la finalización de ambos ejercicios.

Cada prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando la persona examinada obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.

No se superará el caso práctico cuando se identifique incorrectamente el número ONU de la materia correspondiente.

Quienes soliciten la obtención de un certificado podrán, igualmente, solicitar la participación en las pruebas para la renovación de un certificado de otra especialidad. Ambas pruebas, obtención y renovación de cada certificado, se realizarán separadas horariamente (base sexta) y se solicitarán de forma individual.

Base tercera. Contenido de las pruebas para la renovación del certificado.

La prueba de control para la renovación de los certificados consistirá en un examen, en el que no se permitirá la consulta de textos, consistente en la respuesta a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias que les sean aplicables a las personas consejeras de seguridad de la normativa sobre mercancías peligrosas.

El tiempo máximo de que dispondrán las personas aspirantes para la realización de la prueba será de una hora.

Quienes soliciten la renovación de un certificado podrán, igualmente, solicitar la participación en las pruebas para la obtención de un certificado de otra especialidad. Ambas pruebas, renovación y obtención de cada certificado, se realizarán separadas horariamente (base sexta) y se solicitarán de forma individual.

Únicamente podrá solicitarse la renovación en relación a un solo certificado y especialidad documentada en el mismo.

Para participar en las pruebas de renovación del certificado será preciso que el certificado a renovar esté en vigor y que la fecha de validez esté comprendida entre el 12 noviembre de 2022 y 12 de noviembre de 2023.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe a las personas interesadas interponer recurso de alzada ante la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Contra las resoluciones del Tribunal únicamente cabrán los recursos administrativos regulados en los referidos textos legales.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 5 de septiembre de 2022.- El Director General, Felipe Arias Palma.

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